Arbitraje

Justicia europea avala los tribunales de arbitraje del acuerdo comercial entre la UE y Canadá

Corte de Luxemburgo despeja las dudas de la región de Valonia, que puso en jaque el tratado con su veto, y sostiene que sus disposiciones se ajustan al derecho comunitario

martes, 30 de abril de 2019

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, ha resuelto este martes que el mecanismo para resolver las diferencias surgidas entre inversores y Estados en el marco del Acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Canadá (CETA) —es decir, el arbitraje— se ajusta al derecho comunitario. La Corte de Luxemburgo cierra así las dudas que habían surgido sobre la legalidad de ese instrumento de arbitraje y que Bélgica había llevado a la justicia después de las resistencias del Parlamento de Valonia para avalarlo.

Tras siete años de negociaciones, el CETA fue firmado el 30 de octubre de 2016 entre la Unión Europea y Canadá, pero no sin el dramatismo propio de Europa, y en particular de la política belga, y de unos tiempos en los que llegaban ya los primeros vientos de las batallas comerciales globales. La firma del tratado quedó en el aire después de que el Parlamento de Valonia se negara a ratificarlo. Eso llevó a unas negociaciones intensas de diez días tras las cuales se acordaron una serie de garantías, la principal, llevar al TJUE ese mecanismo de arbitraje para resolver conflictos entre Estados y empresas.

La sentencia de la justicia europea ha llegado este martes. Y esta considera que la creación de un órgano jurisdiccional para interpretar las disposiciones del acuerdo es "en principio, compatible con el derecho de la Unión", siempre que no se vulnere "la autonomía" de las disposiciones comunitarias, basadas en sus valores fundacionales: "El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de derecho y el respeto a los Derechos Humanos".

El TJUE, además, fija unos límites para esos tribunales. En la sentencia, advierte de que estos tribunales "no pertenecen al sistema jurisdiccional de la Unión". Y ello implica, añade, que no pueden estar facultados para "interpretar o aplicar" disposiciones del derecho comunitario ni para dictar laudos que puedan impedir que las instituciones de la UE actúen de acuerdo con su marco constitucional.

Salvaguardas en el tratado
Tras examinar el acuerdo, no obstante, la justicia europea concluye que el CETA es compatible con el derecho europeo puesto que no atribuye a los tribunales de arbitraje ninguna competencia que les permita interpretar o aplicar el derecho comunitario y, además, contiene las salvaguardas necesarias que privan a esos mecanismos de cualquier competencia que cuestione "las opciones democráticamente elegidas" por una de las partes en cuestiones como la protección del orden y la seguridad pública, la salud, la seguridad alimentaria, el medio ambiente, el bienestar en el trabajo y los derechos de los consumidores. "Por lo tanto", concluye la sentencia, "este acuerdo no vulnera la autonomía del ordenamiento jurídico de la Unión".

El TJUE también examina otros aspectos sobre los que Bélgica pidió que se pronunciara, tales como la igualdad de trato entre todos los actores implicados, la compatibilidad del arbitraje con el derecho a un juez y la independencia de los miembros de esos tribunales. En todos los casos, el TJUE considera que el acuerdo suscrito entre la Unión Europea y Canadá cuenta con las disposiciones necesarias para proteger todos esos temores.

(Publicado por El País - España, 30 de abril 2019)
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