Demanda Marítima

Corte de La Haya sentencia que no hay obligación jurídica de Chile a dialogar con Bolivia sobre el conflicto marítimo

La demanda pide que Chile se siente a negociar una salida soberana al mar, en cumplimiento de los compromisos que asumió durante la historia.

lunes, 1º de outubro de 2018

El Tribunal de La Haya con 12 votos en contra y tres a favor estableció que Chile no contrajo obligación de dialogar sobre el conflicto marítimo con Bolivia. En este marco rechazó el resto de los alegatos presentados por el Estado plurinominal.

"La corte, por doce votos contra tres, concluye que la República de Chile no contrajo la obligación legal de negociar un acceso soberano al océano Pacífico para el Estado Plurinacional de Bolivia (…) y por consiguiente rechaza el resto de los alegatos finales presentados por el Estado Plurinacional de Bolivia", leyó el presidente del tribunal, el somalí Abdulqawi Ahmed Yusuf.

Desecho los argumentos jurídicos presentados por la Defensa de Bolivia, en este sentido rechazó los alegatos presentados.



Antes, dijo que el fallo no debería considerarse un impedimento para que Bolivia y Chile continúen el diálogo bilateral. "En conclusión, la corte manifiesta que no se ha de entender que su fallo impida a las partes la continuación de su diálogo y sus intercambios en un espíritu de buena vecindad para atender las cuestiones relacionadas con la mediterraneidad de Bolivia cuya solución ambas han reconocido constituir una cuestión de interés mutuo. Con la buena voluntad de ambas partes se pueden llevar a cabo unas negociaciones trascendentes", afirmó.

Antes de entregar el dictamen, el magistrado hizo un repaso de las distintos encuentros y negociaciones que buscaron las "fórmulas" para resolver la centenaria controversia que Bolivia argumentó a lo largo del juicio.

"Bolivia invoca ocho fundamentos jurídicos", explicó el magistrado y luego dio paso al análisis que hicieron los jueces para el dictamen. Según la CIJ, ninguno de los fundamentos sustenta la demanda boliviana de que Chile haya contraido en el tiempo la obligación de negociar una acceso soberano al mar para Bolivia.

La cita de 1920 de autoridades diplomáticas de Chile y Bolivia que inclusive alcanzó a la firma de un acta protocolizada, la reunión de 1950 y el memorándum Trucco de 1961, la declaración de Charaña de 1975, la Declaración de Algarve de 2000 y Agenda de 13 puntos de 2006, entre otros, fueron parte de esa revisión.

En ellos, la corte no identificó la obligación, por parte de Chile, de negociar un acceso soberano al mar en una larga argumentación que duró más de una hora.

Para leer el fallo completo presione aquí.

El inicio del proceso

Fue en marzo de 2013 cuando el Presidente boliviano, Evo Morales, anunció que su país interpondría una demanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para exigir a Chile un acceso soberano al Océano Pacífico.

Tan solo un mes después, el 24 de abril de ese año, ese país solicitó en su demanda a la Corte que declarara que "Chile tiene la obligación de negociar con Bolivia para alcanzar un acuerdo que le otorgue un acceso plenamente soberano al Océano Pacífico". Además, planteó que "Chile ha incumplido esa obligación" y que debe cumplirla "de buena fe, formal y prontamente, dentro de un plazo razonable y en forma efectiva".

Postura de Chile

Chile planteó desde un principio que nunca ha estado sujeto a una obligación de negociar un acceso soberano a favor de Bolivia, pues los límites entre ambos países están fijados a perpetuidad por el Tratado de Paz y Amistad de 1904, que se encuentra plenamente vigente.

A su vez, planteó que en virtud de ese tratado, Bolivia goza del "más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico".

Objeción preliminar

Por ello, el país anunció en julio de 2014 que presentaría una objeción preliminar ante la CIJ.

En esta objeción, Chile argumentó -apoyando su defensa en el artículo VI del Pacto de Bogotá, que da jurisdicción a la Corte- que ese tribunal no tenía competencia para revisar asuntos resueltos previamente a la entrada en vigencia de ese pacto (1948).

La CIJ rechazó la objeción en septiembre de 2015, pero, de acuerdo a la defensa de Chile, durante ese proceso "la Corte determinó que este no es un caso para reclamar un pedazo de territorio chileno", como afirmó el agente Claudio Grossman.

Además, la Corte señaló que, incluso si llegara a determinar que ambos países debían negociar, no le correspondería predeterminar el resultado de esa negociación.

Documentos y alegatos

El juicio continuó y ambos países debieron entregar por escrito Memoria y Réplica, correspondiente a Bolivia; y Contramemoria y Dúplica, por parte de Chile.

El país altiplánico basó su argumentación en que Chile se habría comprometido a lo largo de los años y en forma supuestamente obligatoria a negociar un acceso soberano al mar para Bolivia, a través de diversos acuerdos, práctica diplomática y declaraciones unilaterales de representantes nacionales.

Chile enfatizó en que los acercamientos diplomáticos e intentos de diálogo entre ambos países nunca se concretaron en acuerdos ni constituyen tratados internacionales. El tratado vigente, se señaló, que fijó los límites entre ambos países es el de 1904, y Chile no tiene obligación alguna de ceder soberanía a ese país.

En la última etapa, ocurrida en marzo pasado, ambos equipos jurídicos encabezados por los agentes -y con la inédita presencia en la Corte del Presidente Morales, que hoy repetirá en La Haya- hicieron la presentación de alegatos orales ante los jueces que harán entrega de su veredicto sobre el caso.

(Publicado por El Mercurio y La Tercera - Chile y La Razón - Bolivia, 1 octubre 2018)
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