TJUE

La Justicia de la UE rebajará al Supremo a tribunal de instancia

Los jueces españoles modifican jurisprudencia con cuestiones prejudiciales

martes, 4 de julho de 2017

El alcance de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre los ordenamientos jurisdiccionales nacionales "puede llegar a transformar a los Tribunales Supremos en tribunales de instancia, puesto que ahora cualquier juez nacional puede, con base en un fallo del TJUE, discutir al Tribunal Supremo (TS) su jurisprudencia, evitarla o incluso revocarla" según afirma el catedrático de Derecho Laboral de la Universidad de Jaén Cristóbal Molina Navarrete.

Esta es la tesis defendida en en su estudio Cuestión prejudicial y fin de los tribunales de última palabra nacionales: experiencias de tutela del contratante débil, que ha obtenido el XXXI Premio La Ley de Artículos Doctrinales.

Para Molina Navarrete la Caja de Pandora de la protección de los consumidores la abrió la celebérrima sentencia del TJUE de 14 de marzo de 2013, el caso Aziz, causa de la sucesión de reformas parciales que generó la Ley 1/2013, de 14 de mayo.

En la misma línea, aunque en la vía social, destaca la sentencia del TJUE del caso Diego Porras, de 14 de septiembre de 2016, mostrando la incompatiilidad de la legislación laboral española con el Derecho de la UE.

"El desinterés y desdoro que el cada vez mayor aluvión de cuestiones de inconstitucionalidad planteadas contra nuestro leonino procedimiento de ejecución hipotecaria había merecido al Tribunal Constitucional (TC) , motivó ese puenteo de la misma, a través del viaje a Luxemburgo, como la ciudad de mayor esplendor comunitario en la dicción del Derecho aplicable a estas situaciones", explica el autor.

Esta situación ha dejado en evidencia "el absoluto irrealismo y la incomprensible tolerancia del TC español y el TJUE, dio alas a los jueces nacionales para que, en aplicación de la Directiva 93/13/CE, lucharán eficazmente contra las prácticas abusivas que se habían impuesto en el mercado crediticio de forma generalizada, primando el principio de tutela útil contra toda cláusula abusiva de los derechos e intereses de los consumidores y al margen de que previera o no ese control la norma legal nacional".

A tal fin, el TJUE recuerda en sus sentencias al juez nacional que la apreciación final para la solución le corresponde a él, interpretando las normas nacionales de conformidad con aquel principio de equilibrio relevante y del principio de efectivida, máxime con la reformulación actual del principio de efectividad de la tutela judicial como genuino derecho fundamental. Pero las reformas legales que motivó la cuestión prejudicial, lejos de contener esta fuente de caudaloso activismo judicial lo intensificó. Por ello, para Martín Molina, el TJUE se ha convertido en un auténtico oráculo, que agita la revuelta del juez inferior contra el de última palabra.

(Publicado por El Economista - España, 4 julio 2017)
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