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Denunciaron a tres jueces de la Corte por el fallo sobre el 2x1: Argentina

Acusa a los tres integrantes del máximo tribunal del país de haber incurrido en el delito de prevaricato, esto es el dictado de resoluciones contrarias a la ley.

martes, 9 de maio de 2017

El polémico fallo firmado la semana pasada por tres jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la reducción en la pena de un represor de la dictadura ya motivó al menos tres demandas internacionales y una denuncia penal en los tribunales federales de la Avenida Comodoro Py.

La primera acción fue promovida el sábado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Ayer se le sumaron una del presidente del Colegio Público de Abogados, Jorge Rizzo, y una tercera de la diputada de Cambiemos Anabella Hers.

La denuncia penal en los tribunales de Comodoro Py fue realizada ayer por el también abogado y ex legislador porteño Marcelo Parrilli y apunta directamente a los tres jueces que firmaron la polémica sentencia. Ellos son Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. A los tres los acusa de prevaricato, esto es el dictado de resoluciones contrarias a la ley.

Esta denuncia quedó radicada por sorteo en el juzgado federal a cargo de Daniel Rafecas, quien hoy la remitirá a la fiscalía a cargo de Guillermo Marijuán para que dictamine si se abre una causa o se desestima la denuncia o se piden medidas preliminares de prueba. Esto podría ser pedirle al máximo tribunal una copia certificada de la sentencia, dijeron fuentes judiciales.

En el caso de los planteos ante la CIDH, las acciones no apuntan contra los tres magistrados del polémico fallo sino contra el Estado argentino en sí. Es por la presunta violación del derecho de las víctimas del terrorismo de Estado. Gil Domínguez instó a víctimas de la dictadura, familiares y organizaciones defensoras de los derechos humanos a que hagan presentaciones similares para obligar a la comisión a "a tomar medidas en forma urgente en torno a este caso".

"Pedí una medida cautelar que ordene al Estado argentino que no aplique el 2x1 en casos de delitos de lesa humanidad y que la Comisión convoque a una audiencia de conciliación para poder arribar a una solución amistosa", le dijo ayer Gil Domínguez a Clarín.

Las acciones ante la CIDH serían las que más chances tendrían de prosperar, según evaluaron fuentes judiciales al recordar que el "prevaricato" planteado por Parrilli sería muy difícil de probar. Parrilli tuvo incluso consideraciones políticas en su denuncia, en la que recordó que tanto Rosenkrantz como Rosatti fueron nombrados por el actual gobierno de Mauricio Macri y que su administración permitió la permanencia de Highton en la Corte al no apelar el fallo que le permitió seguir en el tribunal aún cuando supere en diciembre próximo los 75 años de edad.

"Es evidente que al aplicar al cómputo de la pena el criterio establecido en el artículo 7 de la ley 24.390 están reduciendo la pena y violando expresamente la obligación, legalmente contraída por el Estado argentino -y que ellos tienen la obligación de respetar en su cumplimiento-, de perseguir, investigar, juzgar y castigar adecuadamente delitos como el del caso que nos ocupa", dijo en su denuncia Parrilli sobre los tres magistrados de la Corte.

Por tres votos a dos, la mayoría del tribunal (Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda lo hicieron en sentido inverso) dijo que el 2x1 estaba vigente para el represor Luis Muiña por tratarse de delitos de carácter permanente y que por ende, por aplicación del principio de la ley más benigna, debían computárseles como dobles cada día pasado en prisión sin sentencia firme.

Parrilli también quiere que sean citados como testigos senadores de la oposición que objetaron en su momento a los dos candidatos propuestos por Macri para completar las vacantes que habían quedado tras las renuncias de Eugenio Raúl Zaffaroni y Carlos Fayt. Y, además, que Rafecas pida a la Justicia copia del amparo logrado por Highton para seguir en el cargo y de los expedientes administrativos del Ministerio de Justicia sobre la no apelación de ese fallo

Constitucionalistas y Colegio de abogados

El abogado y ex legislador porteño Marcelo Parrilli denunció hoy penalmente a los tres jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que la semana pasada fallaron a favor de acortar la pena de un represor condenado por crímenes de lesa humanidad.

La denuncia quedó radicada por sorteo en el juzgado federal a cargo de Daniel Rafecas y apunta a Horacio Rosatti, Elena Highton y Carlos Rosenkrantz.

Parrilli acusa a los tres integrantes del máximo tribunal del país de haber incurrido en el delito de prevaricato, esto es el dictado de resoluciones contrarias a la ley.

Contra la postura de los otros dos miembros de la Corte (Ricardo Lorenzetti) y Juan Carlos Maqueda, los tres magistrados denunciados confirmaron la semana pasada un fallo de un tribunal oral que extendió los beneficios de la derogada ley del 2x1 a favor del represor Luis Muiña.

El trío de jueces dijo que a Muiña le correspondía el principio de la ley más benigna por cuanto la desaparición forzada de personas es un delito permanente.

Por ello sostuvieron que a Muiña le cabía la aplicación de la ley más favorable a él entre la comisión del delito -marzo de 1976- y la actualidad. Muiña ya había sido liberado el año pasado al cumplir dos tercios de la pena.

La ley del 2x1 tuvo vigencia entre 1994 y 2001 y multiplicaba por dos cada día de encarcelamiento preventivo que pasara un procesado sin condena.

Gobierno presenta un nuevo PL para frenar el 2x1

Elaborado por el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, el texto fue avalado por el Ministerio de Justicia. La letra del proyecto.

En la previa a la marcha convocada a Plaza de Mayo en repudio al fallo de la Corte Suprema de Justicia, que avaló la aplicación del beneficio del 2x1 para condenados por delitos de de lesa humanidad, el Gobierno nacional busca despegarse y ya tiene listo el proyecto que presentará en el Congreso para frenar un pedido masivo de genocidas y represores similar al que hizo Luis Muiña, el represor que había sido condenado en 2011 a 13 años de prisión por secuestro y torturas en el Hospital Posadas y que se vio beneficiado por la decisión del alto tribunal.

Por eso, la tropa oficialista en el Congreso presentará un proyecto que tiene por objetivo delimitar el alcance de la derogada ley 24.390, que estuvo en vigencia entre 1994 y 2001.

El proyecto, avalado por el Ministerio de Justicia que dirige Germán Garavano, será presentado por el presidente provisional del Senado Federico Pinedo y varios senadores de Cambiemos. También lleva la rubrica del jefe de la bancada del FPV-PJ Miguel Pichetto y de otros senadores peronistas, como el entrerriano Pedro Guastavino y el bonaerense Juan Manuel Abal Medina.

La iniciativa consta de tres artículos, uno de forma; y busca, según dijo a Télam el propio Pinedo "impedir que el 2x1 se aplique indiscriminadamente para los delitos cometidos antes del año 94". "Lo que hicimos fue una ley interpretativa del 2x1", remarcó. En efecto, según pudo saber este diario, Pinedo consensuó el proyecto con otros especialistas de Cambiemos en materia judicial, como el diputado Pablo Tonelli, y legisladores de otros partidos. Pero siempre con el aval del Gobierno, que instruyó a sus espadas en el Congreso ni bien advirtió que la medida del alto tribunal podía impactarle en la opinión pública.

La idea de abrir el juego a la oposición es que tenga el mayor consenso posible para enviar "un mensaje fuerte a los jueces desde la política".

Sin mencionar los casos de lesa humanidad, el artículo 1 del proyecto ataca directamente casos como el de Muiña, quien se vio beneficiado por el 2x1 pese a que no estuvo en prisión preventiva durante la vigencia de la ley. "El cómputo de las penas establecido en su oportunidad por el artículo 7° de la ley 24.390 (texto original), será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante su vigencia", establece. De esta manera, la mayoría represores, detenidos luego de la derogación de la ley de obediencia debida y punto final, quedaría excluida de esa posibilidad

En tanto, el artículo 2 busca delimitar aún más el alcance de la derogada ley del 2x1: "La interpretación del artículo anterior deberá considerarse interpretación auténtica del artículo 7° de la ley 24.390 (texto original) y será aplicable a las causas en trámite", dice.

En los fundamentos del proyecto, Pinedo considera que "en nuestro
criterio la llamada ley del 2 x 1 es una norma con una finalidad desviada, en el sentido de que con apariencia de lograr un objetivo se llegaba a otro muy diferente". Y que "con la finalidad de impulsar una mejora en la administración de justicia, se llegaba a una decisión ajena a esa finalidad, como la de liberar a los delincuentes más peligrosos".

Y se pregunta: "Una ley que dispusiera que mientras no hubiera lugar adecuado en una cárcel los jueces procederían a liberar a todos los delincuentes nuevos, ¿generaría un derecho subjetivo de los delincuentes a no ser privados de su libertad? Esa solución interpretativa, ¿estaría de acuerdo con las valoraciones de la sociedad y su realidad sociológica?; ¿estaría de acuerdo con la dimensión de Justicia que busca el estado de derecho?".

El propio Pinedo la contesta: "La respuesta negativa a dichos interrogantes quedó patentizada por la modificación de la ley 24.390 y ello exige la necesidad de dictar una ley interpretativa de la ley 24.390, que fije los alcances del dictado y aplicación debida del mismo".

El senador señala que "la situación anterior se agrava en los casos de delitos contra la humanidad, que por normas de rango constitucional, deben ser penados, sin poder evitarse el cumplimiento de esas penas por institutos como los de la prescripción, la amnistía o el indulto, según lo tienen dicho fallos de la Corte Suprema de Justicia".

"Por eso -concluye Pinedo- es que propiciamos la sanción de este proyecto de ley, como una forma de interpretar la ley y de reglamentar los derechos y garantías de rango constitucional referidos a la aplicación de la ley penal más benigna, de una manera razonable y dentro de la finalidad estricta de la Constitución y las leyes, en línea con otras leyes reglamentarias de derechos constitucionales, tales como la ley 27.156".

(Publicado por El Clarín - Argentina, 9 mayo 2017)

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