Multas

Bruselas tacha de desproporcionadas las multas de Hacienda por la declaración de bienes en el extranjero

España tiene dos meses para alegar o lo enviará a la Justicia Europea

jueves, 16 de fevereiro de 2017

La Comisión Europea considera desproporcionadas las multas impuestas por el Ministerio de Hacienda español por los incumplimientos de los contribuyentes en la declaración de activos en el extranjero (Modelo 720) y solicita al Gobierno, a través de un dictamen motivado, que modifique su regulación.

Bruselas considera que España tiene derecho de exigir a sus contribuyentes que notifiquen a las autoridades determinados activos en el extranjero, pero las multas impuestas son desproporcionadas.

Considera la el Ejecutivo comunitario que, como las multas son mucho más altas que las sanciones aplicadas en un contexto puramente nacional, la normativa puede disuadir a las empresas y a los particulares de invertir en el mercado único o desplazarse por él.

Por ello, determina que estas disposiciones son discriminatorias y entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE. La Comisión advierte que de no recibirse una respuesta satisfactoria en el plazo de dos meses, la Comisión puede llevar a España ante la Justicia Comunitaria (TJUE).

Obligación tributaria
Alejandro del Campo, socio director del bufete Consulting DMS, que denunció esta obligación tributaria en febrero 2013 ante la Comisión Europea, explica que "denunciamos por considerar que no todo vale en la lucha contra el fraude. Las sanciones previstas en dicha normativa por cualquier incumplimiento de esa obligación, incluso por su presentación fuera de plazo, son devastadoras, incluso confiscatorias, pues fácilmente pueden superar el 120 por ciento del valor de los bienes y, además, no prescriben, como ocurre con los delitos de genocidio o terrorismo". Por ello, dice que vulneran el Derecho de la UE, y en particular la libre circulación de capitales y de personas y trabajadores.

Dice Del Campo que "pueden literalmente, acabar con grandes defraudadores, pero también con modestos ahorradores despistados, y con muchos extranjeros que han fijado aquí su residencia y mantienen bienes fuera. Afecta a un elevadísimo número de personas residentes en España, pues para estar obligado a declarar es suficiente con tener algún tipo de participación, aunque sea simbólica, en cuentas, valores o inmuebles, si cualquiera de esos grupos de bienes tiene un valor superior a 50.000 euros".

Tras una larga fase de investigación, en diciembre 2014 la Comisión Europea comunicó sus conclusiones, en las que confirmaba que había dos aspectos de la declaración de bienes en el extranjero, que pueden vulnerar el Derecho de la UE, el primero de los cuales era el desproporcionado régimen sancionador. El segundo, se refiere a la imputación como ganancias de patrimonio no justificadas de los activos no declarados en plazo, sin posibilidad de alegar prescripción.

Los argumentos de Hacienda se han basado en la "enorme eficacia" que ha demostrado este régimen en la lucha contra el fraude fiscal, gracias a la cual ahora pagan impuestos en España ciudadanos que antes no los pagaban. Uno de los grandes elementos de información del Plan de Control Tributario 2017 son las declaraciones de los bienes en el extranjero (modelo 720), junto con las informaciones obtenidas en el procedimiento de "amnistía fiscal" (modelo 750).

La primera sanción
Hacienda impuso la primera sanción del 150 por ciento sobre la cuota resultante de la liquidación realizada por la Inspección en 2015, por un capital situado en el extranjero, declarado por el contribuyente fuera de plazo y no regularizado, al creer que eran rentas prescritas.

La sanción se encuentra en la actualidad recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, después de que transcurriera un año, desde la presentación de un recurso económico-administrativo sin que el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) haya dictado resolución alguna.

Con la declaración del modelo 720, el Estado ha recaudado 110.000 millones de euros por el afloramiento de bienes ocultos en el extranjero, lo que supone un incremento de 50.000 millones respecto a 2007 en las bases imponible del Impuesto sobre el Patrimonio. También se han obtenido otros 24.000 millones más desde 2007 gracias al modelo de regularización extraordinaria, según informa la Agencia Tributaria.

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha calificado este proceso de afloramiento como uno de los "más importantes que se han producido en la historia fiscal española", ya que un tercio de los declarantes sobre el Patrimonio tienen bienes situados en el exterior. Los declarantes del 720 han incrementado un 78 por ciento su base imponible declarada por este tributo entre 2007 y 2015.

La Asociación Española de Asesores Fiscales considera, desde su entrada en vigor, desproporcionado el régimen sancionador previsto tanto para quien no declare domo para quien lo haga de forma inexacta o fuera de plazo.

(Publicado por El Economista - España, 16 febrero 2017)
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