Patrimonio

Judicatura pide indagar los bienes de fiscal Jacinto Tibanlombo : Ecuador

El motivo de la investigación es "actuaciones irregulares e ineficiencias” detectadas en el caso.

martes, 17 de janeiro de 2017

En 23 páginas, el fiscal Jacinto Tibanlombo analizó la situación jurídica de los siete procesados y llegó a una conclusión: no existen “elementos suficientes” que involucren a los sospechosos en la red de corrupción en Petroecuador.

Este pronunciamiento desató reacciones el viernes 13 de enero del 2017, pero los detalles de ese dictamen se hicieron públicos el lunes 16 de enero.

Se conoció, por ejemplo, que el fallo fiscal favorecía a la esposa, madre y padrastro de Álex Bravo, exgerente de Petroecuador. Además, al hijo y a la hermana de Carlos Pareja, exministro de Hidrocarburos; así como a un contratista y a una exfuncionaria.

Los reportes de la Unidad de Análisis Financiero señalan que estas personas eran representantes de empresas ‘offshore’ creadas en Panamá. En esas firmas aparentemente se hicieron pagos de sobornos.

En su informe, Tibanlombo advierte que Bravo y Pareja Yannuzzelli involucraron a sus familiares y personas cercanas para que aparecieran como parte de las directivas de las compañías o como beneficiarios de “ciertas transferencias”.

En las páginas 7 y 8 cita el testimonio de la madre y el padrastro de Bravo. Ellos reconocen que sus nombres y apellidos aparecen en las escrituras de “varias empresas” creadas en Panamá, pero dicen que no constan sus firmas. Advierten que sus documentos se han utilizado sin su consentimiento para abrir esas ‘offshore’.

Así sustentó Tibanlombo su pronunciamiento. En su análisis, él sostiene, por ejemplo, que Xenia P., madre de Bravo, no registra haber viajado a Panamá el 18 de febrero del 2013, fecha en que fue constituida RGH Investment.

Tampoco hay reportes de salida del país cuando se disolvió la firma Capaya, en la que fungía como representante.

“Y principalmente no aparece dentro de las transferencias”, sostiene el fiscal.

La misma observación hace del padrastro de Bravo.

Esto no convenció a la Judicatura. El viernes se conoció que este organismo suspendía al investigador por 90 días.

¿La razón? “Actuaciones irregulares” y “graves ineficiencias” detectadas en el caso.

El lunes, Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), anunció que solicitará a la Contraloría un examen especial al patrimonio del fiscal Tibanlombo. “El que nada debe, nada teme”, dijo y aclaró que entre las potestades del CJ están, precisamente, sancionar a fiscales o jueces.

El art. 269 del Código de la Función Judicial (COFJ) indica que el titular de la Judicatura puede suspender, sin pérdida de sueldo, a funcionarios judiciales que incurran en “casos graves y urgentes” por 90 días, como máximo. En ese tiempo se debe resolver si aplica la destitución o no.

En esa norma también aparecen las atribuciones de la Fiscalía. En el art. 282 se dice que a esa entidad le corresponde “dirigir y promover” la investigación penal y “de hallar mérito” acusar a los sospechosos.

Eso hizo Tibanlombo en su dictamen. En la penúltima página, el agente aclara que “no existen elementos suficientes que permitan a la Fiscalía continuar con una acusación”.

A Jalkh se le consultó sobre la injerencia del CJ en las decisiones de la Fiscalía. El funcionario aclaró que “no va a interferir en la actividad de jueces y fiscales, pero tampoco permitirá que interfieran en competencias disciplinarias” que tiene el Consejo de la Judicatura, según lo estable el COFJ y la Constitución vigentes.
En su informe, Tibanlombo advierte haber detectado que el hijo y la hermana de Pareja Yannuzzelli sí recibieron transferencias económicas.

Pero aclara lo siguiente: “si bien es cierto recibieron transferencias de personas procesadas en este caso, no se ha logrado establecer el nexo causal” entre el hijo de Pareja con el delito de cohecho que se investiga en el momento. Lo mismo dice de la hermana.

En medio de estos hechos, el martes 17 de enero se hará la audiencia que fue diferida tras la sanción al fiscal. Un nuevo agente deberá ratificar el dictamen de Tibanlombo o desecharlo y llamar a juicio a los 18 procesados.


(Publicado por El Comercio - Ecuador, 17 enero 2017)
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