Ley

Ejecutivo promulga Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas : Perú

La norma creará el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro

miércoles, 22 de junho de 2016

La Ley N° 30470 de Búsqueda de Personas Desaparecidas en el período de violencia 1980-2000 fue promulgada este miércoles por el ejecutivo.

El dispositivo legal, que prioriza el "enfoque humanitário" durante la búsqueda, creará el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro.

Este Registro funcionará como "una base de información autónoma que centralice, sistematice y depure la información suministrada por las entidades relacionadas con el proceso de búsqueda de personas desaparecidas".

El Registro será administrado y actualizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Este ente será competente para aprobar, implementar y hacer seguimiento del Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

"Priorizar el enfoque humanitario significa orientar la búsqueda a la recuperación, identificación, restitución y entierro digno de los restos humanos de las personas desaparecidas de manera que tenga un efecto reparador en las famílias", señala la norma.

Esto no significa “alentar o dificultar” la determinación de responsabilidades penales.

"El proceso de búsqueda comprende la investigación forense, el acompañamiento psicosocial, la identificación y restitución de los cadáveres o restos humanos, así como el apoyo material y logístico a los familiares", señala la norma.

El 26 de mayo, el Congreso de la República aprobó la iniciativa que proviene de la Defensoría del Pueblo.

(Publicado por Gestión - Perú, 22 junio 2016)
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