Matrimonio igualitario

Corte Constitucional de Colombia avala el matrimonio igualitario

Las diez victorias de la población gay en la legislación colombiana

viernes, 8 de abril de 2016

La Corte Constitucional de Colombia ha avalado este jueves el matrimonio entre parejas del mismo sexo. La norma ha salido adelante con seis votos a favor y tres en contra. Colombia es el cuarto país de América latina en tomar esta decisión después de Argentina, Brasil y Uruguay.
El de hoy es uno de los avances sociales más destacados del país después de que en noviembre se aprobase la adopción entre parejas del mismo sexo. La decisión es un golpe al ala más conservadora de la Corte. El magistrado Jorge Ignacio Pretelt sostenía que las parejas gay no podían contraer el tantas veces citado matrimonio. Para él, esa figura solo estaba autorizada en parejas heterosexuales.

El colectivo homosexual obtiene así, en una decisión que se prolongó varias semanas, un nuevo logro en su lucha por la igualdad. El alto tribunal les reconoció el matrimonio civil, un vínculo que, hasta ahora se podía hacer ante un juez bajo el rótulo de unión solemne, una figura que generó un vacío legal y por lo que varias organizaciones LGTBI se unieron para solicitar que se regulara.
Aunque debía ser el Congreso de la República el que, a través de una ley, legislara sobre el tema, el plazo que le dio la Corte Constitucional para hacerlo venció. Desde el año 2011, cuando el alto tribunal reconoció que las parejas de homosexuales son familia y que el Congreso debía regular el matrimonio igualitario, apenas se ha avanzado. Los parlamentarios habían archivado los proyectos que habían intentado estudiar el tema.

 
Por eso, ante la inexistencia de leyes claras, algunos jueces permitieron a al menos 50 parejas unirse en matrimonios civiles en los dos últimos años, mientras que otros optaron por realizar "contratos" que dejaban en un limbo legal a quienes buscaban formalizar su unión. Con la decisión de este jueves, la Corte extiende la figura de matrimonio a todos los géneros y ningún notario o juez de Colombia podrá negarse a celebrar ese tipo de uniones.

Esta determinación se suma a una serie de derechos que la comunidad Lgtbi ha obtenido gracias a los fallos judiciales, durante años de lucha. Estos son los principales:

1. Igualdad, libre opción sexual
De acuerdo con varios pronunciamientos de la Corte, la homosexualidad es una opción de vida “tan respetable y válida como cualquiera”, por lo que no puede ser objeto de restricción ni de discriminación social.

2. No ser retirados, libre acceso
En 2003 la Corte dispuso que prohibir (o reservar) el derecho de admisión a una empresa, club, entidad pública o colegio, de una persona por ser integrante de la comunidad Lgbti, es discriminatorio y un abuso de la posición dominante que va en contra del desarrollo de la personalidad.

3. Visita conyugal en cárceles
En el fallo de tutela T-499 de 2003, la Corte trató el tema y señaló que si las personas pueden elegir libremente su sexualidad, esto no puede coartarse al negar, como se venía haciendo, la visita íntima de reclusos homosexuales. La visita íntima es un ejercicio del libre desarrollo de la personalidad.

4. Unión marital de hecho
En febrero de 2007, la Corte dio un paso significativo al señalar que la Unión Marital de Hecho que dictaba la Ley 54 de 1990 para hombres con mujeres, también se aplica para parejas homosexuales. Así avaló los derechos patrimoniales esto es que todo el patrimonio que se adquiera conjuntamente pertenece a ambas partes hasta la separación o la muerte.

5. Pensión y salud
En 2008 la Corte estableció que si una de las personas que conforman la unión fallece, la otra puede pedir la pensión de sobrevivencia. Primó el derecho a la igualdad. En 2007 ya se había permitido que una pareja del mismo sexo podía afiliar a su compañero(a) desde el primer día en el cual comiencen a convivir. Esto es, se eliminó el requisito de convivencia de dos años para poder integrar el grupo familiar del POS.

6. Son familia
La Corte Constitucional en el fallo de tutela T-716 de 2011, determinó por primera vez, de forma clara y taxativa, que las parejas del mismo sexo sí son familia. Esto por cuanto, la condición sexual no es un aspecto que defina esa institución.

7. Cambio de identificación
No mediante un fallo judicial, sino mediante un decreto del Gobierno Nacional, se permitió desde julio de 2015 que los colombianos transgénero puedan completar rápidamente el cambio de género en sus documentos, sin tener que acudir a otros trámites. Los ciudadanos que quieran iniciar ese proceso deben acercarse a la Registraduría para iniciarlo; para ello deberán tener en cuenta que una vez presenten una escritura pública de corrección de componente de sexo, el funcionario verificará su estado en el registro civil de nacimiento y procederá a hacer el cambio.

8. Libreta militar A  y transgénero
En fallo de agosto de 2015, la Corte señaló por primera vez que las autoridades no le pueden pedir libreta militar a personas transgénero, ya que exigirle a una persona que nació hombre, pero construyó su identidad como mujer, desconoce el derecho a desarrollar su identidad de género.

9. Adopción plena
La Corte Constitucional primero avaló la posibilidad de que las parejas del mismo sexo adopten al hijo biológico de uno de sus integrantes y en noviembre de 2015 aprobó la adopción plena, sin traba alguna, siempre que  cumplan con todos los requisitos de Ley.

10. Matrimonio igualitario
Ayer, la Corte Constitucional dio un paso más, acercarse a una decisión sobre cómo los jueces y  notarios deben actuar ante los matrimonios del mismo sexo. Con ponencia del magistrado Alberto Rojas se debatirá este tema.

La opinión

Marcela Sánchez, Directora de Colombia Diversa, "¿Por qué se atreven a hacernos la pregunta de por qué queremos casarnos? ¿Les parece muy ilegítimo que aspiremos a la igualdad? Nosotros como población Lgbti merecemos respeto".

(Publicado por La República - Colombia, 8 abril 2016)
______________

últimas calientes

suscribirse |  entre en contacto |  apoyadores |  migalhas en portugués |  migalhas international