La
exclusión de someter a la conciliación y el arbitraje los contratos
administrativos con el Estado y las controversias de inversiones establecidas
como sede el territorio boliviano afectarán la inversión externa, afirmó ayer
el experto Andrés Moreno.
El
profesional en Conciliación y Arbitraje y socio del estudio de abogados Moreno
Baldivieso hizo estas declaraciones en el evento denominado la “Nueva Ley de
Conciliación y Arbitraje en Bolivia: Efectos en el sector empresarial”, que fue
organizado por la Cámara Americana de Comercio de Bolivia (Amcham).
Sobre esta
temática, la Procuraduría General del Estado (PGE) informó que no ve necesario
pronunciarse respecto a las dos observaciones planteadas.
“Tenemos
una nueva Ley de Conciliación y Arbitraje que como toda norma tiene aciertos y
desaciertos y consideramos que la ley debe reglamentar algunas materias que van
a afectar la inversión extranjera en Bolivia, como la restricción de poder
someter a un arbitraje las contrataciones públicas con el Estado, el cual es un
tema muy delicado que se debería revisar”, manifestó Andrés Moreno.
El 25 de
junio de este año, el presidente Evo Morales promulgó la Ley de Conciliación y
Arbitraje 708 con el objeto de regular la conciliación y el arbitraje, como
medios alternativos de resolución de controversias emergentes de una relación
contractual o extracontractual.
El artículo
4 de la ley dispone que “no podrán someterse a la conciliación ni al arbitraje
los contratos administrativos, salvo lo dispuesto en la presente ley”.
Agregó que
las controversias en materia de inversión establecidas como sede el territorio
boliviano afectarán también las inversiones externas. “El hecho de que en el
arbitraje de inversiones se haya fijado como sede Bolivia es un tema delicado
de discutir debido a que esto permitirá que las cortes bolivianas tengan la
última palabra si se interpone un arbitraje y son temas que hay que revisar”, aseguró
el experto.
Decisión.
Moreno explicó que el establecimiento de la sede en un arbitraje es muy
importante debido a que permite otorgar la nacionalidad del laudo arbitral y
delimita la competencia de las cortes locales que podrán resolver un eventual
recurso de anulación o nulidad en el proceso.
El artículo
129 de la ley indica que una de las características del Arbitraje y la
Conciliación en Inversiones es que tendrá como sede el territorio de Bolivia.
Empero, se podrá celebrar audiencias, producir pruebas y realizar otras
diligencias fuera del país.
Moreno dijo
que ya la norma dispone las reglas del juego para los inversores pero se podría
trabajar en los temas mencionados para hacerla más atractiva.
(Publicado
por La Razón – Bolivia, 25 agosto 2015)
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