Protocolo

Viceministra defiende protocolo para entrevistar a internos en las cárceles : Paraguay

El protocolo de acceso de medios de comunicación a establecimientos penitenciarios para realizar informes y entrevistas a internos no es una restricción a la libre comunicación

martes, 16 de junho de 2015

La viceministra de Política Criminal del Ministerio de Justicia, Carla Bacigalupo, manifestó que el protocolo de acceso de medios de comunicación a establecimientos penitenciarios para realizar informes y entrevistas a internos no es una restricción a la libre comunicación, pues el interno está en libre comunicación con su abogado y con sus familiares bajo un régimen de visitas los días martes, jueves y domingo.

La resolución número 413, en su anexo 1, señala una serie de requisitos que se deben seguir para acceder a entrevistar a cualquier persona privada de su libertad en centros penitenciarios del país. Más detalles se puede apreciar en el cuadro que ilustra esta página. La reglamentación también contempla casos de ingreso de periodistas para realizar informes de carácter general sobre programas y talleres de reinserción social desarrollados en los establecimientos penitenciarios del país. Para ello se requiere de autorización del Viceministerio de Política Criminal o de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios. Aclara que no contempla entrevistas a internos.

Bacigalupo expresó que el Ministerio de Justicia viene estableciendo manuales de protocolo en distintos casos, como crisis, huelga, amotinamiento e ingreso de la prensa a centros penitenciarios. Dijo que anteriormente había como una anarquía, no había una política comunicacional interna y muchas veces el director no estaba en conocimiento de que se había autorizado entrevistas a reclusos. “Nos pareció importante que en caso de entrevistas a personas privadas de libertad se precise de autorización judicial”, dijo.

Recordó que existe una jurisprudencia en el caso de un periodista que solicitó entrevistar a una reclusa. Se le dijo que debe cumplir una serie de requisitos, recurrió a la Corte Suprema bajo la figura del amparo y la Corte rechazó, argumentando que se trata de algo meramente administrativo y que la autoridad penitenciaria es la encargada de velar por la seguridad del interno.

Abogados

El abogado Alfredo Montanaro afirmó que el “Protocolo para acceso de la prensa” implementado recientemente por el Ministerio de Justicia representa un retroceso, pues es prácticamente querer volver al “pyraguereato”. Destacó que lo único que la autoridad administrativa puede disponer es el horario de la entrevista y nada más

Nadie puede coartar a una persona restringida de su libertad de expresarse y entrevistarse con quien quiera. Es una censura al derecho que cualquiera tiene de manifestarse. Independientemente de que asista la facultad de reglar, lo único que puede establecer es el horario, pero ningún otro condicionamiento”, indicó.

Consultado sobre los condicionamientos establecidos, tales como obligación del periodista de informar el objeto de la entrevista, temas a ser abordados, entre otros, así como obtener autorización judicial previa y contar con un funcionario presente durante la entrevista, el profesional sostuvo que ninguna de ellas está permitida a la autoridad administrativa.

“El único que puede condicionar la entrevista es el entrevistado, que puede pedir que la envíes por escrito, por ejemplo. Y él es el único que tiene que decidir si quiere o no hablar con la prensa. ¿Y para qué quieren a un funcionario presente durante la entrevista? Es un retroceso y es prácticamente querer volver al pyraguereato”

(Publicado por El Diario ABC – Paraguay, 16 junio 2015)
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