Abogados

Pondrán un alto a falsos abogados en Coahuila, México

Pseudo profesionales del derecho se presentan como profesionales de la abogacía abusando de los ciudadanos, señalan

jueves, 10 de abril de 2014

Proponen reformar la Ley reglamentaria para el ejercicio de la abogacía en Coahuila, que no ha sido modificada desde 1924, debido a que existen quienes han desvirtuado el verdadero espíritu de la profesión, pues se conducen de forma deshonesta, arbitraria e ilegal, abusando de las y los ciudadanos, sin que medie regulación al respecto.

"Existe una ley reglamentaria para el ejercicio de la abogacía, también lo es, que la misma fue promulgada en 1924, a la fecha han transcurrido 90 años, las necesidades y las costumbres de la población son diferentes, hoy por hoy necesitamos de profesionalización en el servicio", dijo el diputado Samuel Acevedo ante tribuna.

Argumentó que debido a ello, existen pseudo profesionales del derecho, que sin escrúpulos, se presentan como profesionistas de la abogacía y utilizan su ejercicio con fines torcidos, sin respetar los cánones del ejercicio de esta profesión.

La reforma obliga a quienes ejerzan la profesión, a tener título y cédula profesional, y a registrarse ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado, y a quienes no cumplan, les está prohibido entrar en audiencias, vistas, juntas, embargos y actos o diligencias en materia civil, familiar, penal.

Lo anterior, dijo la reforma, "aún cuando alegaren estar investidos de mandato en forma o acompañaren a los interesados, y los Magistrados, Jueces, Secretarios o Actuarios de los Tribunales, deberán expulsarlas y no permitirles ninguna intervención verbal o escrita".

Enfatizó en la necesidad de esta regulación, luego de que por ejemplo, falsos abogados actualmente se presentan ilegalmente como gestores de cobranza, y realizan embargos de forma ilegal y desproporcionada.

Para establecer sanciones a la falta de ética de abogados y pseudo abogados, se debe crear un Consejo Estatal de Ética en Coahuila, integrado por cuatro miembros del Poder Judicial, dos del Poder Legislativo y dos del Poder Ejecutivo.

Señala como faltas de ética grabes retener o no hacer entrega de bienes o documentos recibidos en virtud de la gestión encomendada, no resguardar los bienes entregados, asesorar intereses opuestos dentro de la misma causa, aceptar beneficios económicos de la parte contraria, y cobrar honorarios más allá de lo pactado con el cliente.

"Las faltas a la ética graves serán sancionadas con el equivalente a 1500 veces multiplicadas por el salario mínimo vigente en el Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar. Aunado a la inhabilitación del ejercicio de la profesión por un término que va de los seis meses a los dos años, según determine el Consejo de Ética", establece la reforma.

(Publicado por Vanguardia - México, 10 abril 2014)
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