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Venezuela flexibiliza régimen cambiario para crear nuevo mecanismo de divisas

Decreto la flexibilización de su estricto control de cambios para permitir que empresas y particulares participen en la compra y venta de divisas a través de un nueva plataforma de cambio de dólares, que se espera alivie una falta de moneda extranjera que ha provocado escasez e inflació

martes, 25 de fevereiro de 2014

Venezuela decretó la flexibilización de su estricto control de cambios para permitir que empresas y particulares participen en la compra y venta de divisas a través de un nueva plataforma de cambio de dólares, que se espera alivie una falta de moneda extranjera que ha provocado escasez e inflación.

La reforma de la Ley de Ilícitos Cambiarios, decretada por el presidente Nicolás Maduro, es el primer paso para que los actores del sector privado puedan transar divisas a través de operadores cambiarios, como la banca y casas de bolsa.

El vicepresidente para el área Económica, Rafael Ramírez, había anunciado el viernes que la reforma daría paso a un nuevo mercado conocido como Sicad 2, que operará a diario y arrojará una cotización que fluctúe por la oferta y la demanda.

Ramírez había dicho que esperaban que el nuevo mercado, basado en la permuta de deuda pública y la venta de efectivo, comenzara a operar el lunes.

No había señales de que esto fuera posible puesto que se requiere de una modificación del convenio que rige el control de cambio para establecer la nueva plaza.

Hasta el 2010 funcionó en Venezuela un mercado de "permuta" que era operado por corredoras privadas y permitía a individuales comprar divisas legalmente dentro del control de cambios.

Pero cuando el dólar se duplicó rápidamente, el fallecido presidente Hugo Chávez ordenó su clausura acusando a las casas de bolsa de especular con las divisas, esenciales en un país que depende de sus importaciones.

Venezuela mantiene un férreo control cambiario desde hace 11 años.

El complejo control cambiario utiliza dos tasas: una fija de 6,3 bolívares por dólar, para bienes preferenciales como los alimentos y las medicinas; y otra a través del Sicad para productos y servicios como remesas y viajes al exterior, que en la última subasta fue de 11,7 bolívares.

El dólar cotiza en el mercado negro en cerca de 87 bolívares, según un sitio web que sigue la cotización paralela.

El país petrolero cerró el 2013 con una inflación de 56,2%, la más alta de América y en enero el nivel de escasez tocó niveles máximos históricos según el Banco Central.

Libre compra-venta

Artículo 9

La Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria N 6126, permite las transacciones de compra y venta de divisas entre personas y empresas sin penalización alguna. Se establece que las personas naturales o jurídicas demandantes de divisas, "podrán adquirirlas a través de transacciones de moneda extranjera ofertadas por las personas naturales y jurídicas el sector privado, Petróleos de Venezuela y el Banco Central de Venezuela".

¿Quiénes participan?

Artículo 10

Podrán participar en el Sicad II los bancos universales regidos por la Ley de Instituciones del Sector Bancario, lo operadores cambiarios autorizados y cualquier "sujeto que realice actividades afines a las transacciones respectivas debidamente autorizados en el Convenio Cambiario correspondiente".

Penas entre 2 y 7 años

Artículos 17 y 18

La nueva ley establece penas de prisión de entre dos y siete años para quienes destinan las divisas obtenidas a través de los mecanismos administrados por las autoridades competentes a otros fines o se pudieran haber obtenido por medios que violan las normas establecidas.

Sanciones mayores

Artículo 20

Específica que cuando se cometan ilícitos a través del uso de medios electrónicos o informáticos o de especiales conocimientos o instrumentos propios de la materia bancaria, financiera o contable, la pena será la del ilícito cometido "aumentada de un tercio a la mitad, sin perjuicio de lo establecido en otras leyes especiales que regulen estas actividades".

Ley vigente

Disposición Transitoria Primera

Se establece que todos los procedimientos administrativos en curso bajo vigencia de las leyes anteriores se regirán en fondo y forma por el nuevo decreto ley "salvo en casos en que existan disposiciones que resulten más favorables a los sujetos como lo establece la Constitución".

Eliminación de Cadivi

Disposición Transitoria Segunda

Se decreta la eliminación de la Comisión de Administración de Divisas y se fija un plazo de 180 días para establecer los procesos de adecuación en la estructura, sistemas y de selección de recursos humanos del Centro Nacional de Comercio Exterior para el correcto desempeño de sus funciones.

(Publicado por El Nacional - Venezuela y Reuters, 25 febrero 2014)
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