jueves, 16 de fevereiro de 2012


Justicia

Reforma propone permitir a MP usar armas como protección

La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó ayer una reforma que permitirá a los Ministerios Públicos usar armas de fuego para defenderse de eventuales agresiones de la delincuencia organizada.

Josué Valdés Huezo, del PRI, dijo que esta reforma busca proteger a los Ministerios Públicos Federales y locales “de una serie de agresiones que han sufrido en los últimos años, donde muchos de ellos han sido asesinados incluso junto con sus familias”.

Sostuvo que la reforma a la Ley General de Armas de Fuego y Explosivos y la Ley Orgánica de la PGR, establece que los Ministerios Públicos Federal, de los Estados y del DF, podrán solicitar vía la Secretaría de Gobernación, la expedición de licencias colectivas para las instituciones de procuración de justicia.

TRATA DE PERSONAS. Por otra parte, la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó por el dictamen de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas, que establece competencias y formas de coordinación para la prevención, investigación, persecución y sanción.

En conferencia de prensa, el presidente de esa comisión, Humberto Benítez Treviño, del PRI, destacó que esta Ley establece los tipos penales de los delitos en materia de trata de personas y sus sanciones; así como mecanismos efectivos para tutelar la vida, dignidad, libertad, integridad, seguridad jurídica, el libre desarrollo de la personalidad, y el derecho a la libre decisión del proyecto de vida de las personas,

Comentó que este dictamen pasará al Pleno para sus efectos constitucionales, “por lo que en las próximas sesiones se podrá constatar la voluntad de los grupos parlamentarios para brindar mayor protección a la sociedad y en particular a las posibles víctimas de trata”.

El documento especifica que quien transporte, o transfiera a una persona de manera dolosa con fines de explotación, se le impondrán de cinco a quince años de prisión, y de mil a 20 mil días de multa.

A quien someta a una persona en situación de siervo podrá ser castigada de cinco a 10 años de prisión, así como también se establecen penas de hasta quince años de prisión a quien se beneficie con la explotación de una persona en contra de su voluntad.

(Publicado por La Crónica – México, 16 febrero 2012)
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