Ley
Colombia: Proyecto de Ley de Asociaciones Público Privadas (APP) pasa a sanción presidencial
Plenaria de Senado y de Cámara aprobaron el proyecto de Ley que pone en cintura las figuras de anticipos y adiciones contratos de concesiones público-privadas y pasa a sanción presidencial.
Los anticipos se podrán dar hasta del 20% siempre y cuando se demuestre la ejecución del 60% de la obra. En cuanto a las adiciones, el tope máximo será de 20% sobre el valor del contrato. Las obras que necesiten mayor adición deberán ser avaladas por el Conpes.
Así mismo, las concesiones de obras de infraestructura podrán ser hasta por 30 años. Para evitar asociaciones público-privadas fantasmas, las compañías deben contar con capital inicial de 6.000 salarios mínimos legales vigentes.
Según la exposición de motivos incluida en la ponencia, la intención del proyecto es que los riesgos los asuman los inversionistas que participen o propongan los proyectos y no sea el Estado quien asuma los costos de eventuales incumplimientos.
El proyecto busca promover la inversión privada de largo plazo que a través de sus diferentes estructuras internas o comerciales estén en capacidad de convertirse en el centro de gestión, organización y financiación de proyectos de infraestructura, de manera directa y/o a través de la contratación de diferentes actores con el fin de llevar a cabo, según sea el caso, el diseño, construcción, operación y mantenimiento de dicha infraestructura pública.
(Publicado por La República – Colombia, 16 diciembre 2011)
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