lunes, 14 de novembro de 2011


Medidas

Colombia: Medidas antidumping para el aluminio II

Si bien para esta etapa preliminar se encontró evidencia del dumping, daño y nexo causal de las importaciones originarias de la empresa productora exportadora venezolana EXTRUDAL, que permiten determinar la aplicación de derechos antidumping

(...) provisionales respecto de la citada empresa, en virtud de lo establecido en el párrafo 4 del Artículo 9 del Acuerdo Antidumping de la OMC, la autoridad investigadora durante la etapa final profundizará en los análisis de las demás importaciones originarias de la República Bolivariana de Venezuela, ten`1endo en cuenta el comportamiento de los volúmenes y precios de las importaciones originarias del resto de la República Bolivariana de Venezuela no abarcadas en la determinación del margen de dumping en la etapa preliminar.

Para leer el decreto en la integra presione aquí

(Publicado por La República – Colombia, 14 noviembre 2011)
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