Justicia
México: Plantean obligatoriedad en sentencias de CIDH
La SCJN - Suprema Corte de Justicia de la Nación inició el lunes el estudio de un proyecto que plantea reconocer la obligatoriedad para el Poder Judicial de la Federación de las sentencias dictadas por la CIDH - Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El proyecto, elaborado por la ministra Margarita Luna Ramos, analiza la sentencia que dictó la Corte Interamericana sobre la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en el estado de Guerrero, y atribuida al Ejército mexicano en el contexto de la llamada guerra sucia.
El fallo, dictado en noviembre de 2009, declaró responsable al Estado mexicano en la desaparición, y recomendó a diferentes instancias, entre ellas el Poder Judicial de la Federación, garantizar que los militares que violen derechos humanos de civiles, sean juzgados en tribunales ordinarios, y nunca en el fuero castrense.
El tema, que se presenta por segunda ocasión al pleno, dividió a los ministros entre quienes se muestran a favor de reconocer la obligatoriedad de la sentencia, y quienes consideran que el organismo se excedió en sus facultades con algunos de sus resolutivos.
La ministra ponente destacó que el Estado mexicano decidió someterse a la jurisdicción contenciosa de la CIDH, y que este reconocimiento ya lo obliga a acatar sus sentencias, pero que también lo obliga la reciente reforma constitucional en derechos humanos.
"Se fija en el orden jurídico interno la obligatoriedad de la sentencia, tomando en consideración de alguna manera también el nuevo texto del artículo 1º, constitucional", explicó Luna Ramos.
Este ordenamiento dispone que los derechos humanos que se encuentren establecidos en los tratados internacionales, puedan analizarse de tal manera que se asegure la protección más amplia a los ciudadanos.
El proyecto plantea que el reconocimiento de la jurisdicción de la CIDH obliga a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a adoptar los criterios interpretativos de ese tribunal internacional "en los litigios de ley en que el Estado mexicano sea parte".
"Yo creo que sí estamos obligados por la sentencia... porque nos sometimos a su jurisdicción -de la CIDH-", dijo la ponente.
Sin embargo, consideró que la Corte no está obligada a comprometer el cumplimiento para los actos subsecuentes, cuando todavía el Poder Legislativo no ha cumplido con la parte que le corresponde, y no hay definiciones sobre cuál va a ser la reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar; que acotaría el fuero de guerra.
En la postura contraria, el ministro Salvador Aguirre; reiteró sus argumentos del debate de septiembre, en el que aseguró que la sentencia excede las facultades de la Corte, porque ignoró las reservas que formuló México al suscribir la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención sobre Desaparición Forzada de Personas.
Luis María Aguilar también manifestó su desacuerdo con el proyecto, al considerar que la sentencia va más allá de proteger los derechos humanos de Rosendo Radilla y su familia, y pretende incidir para modificar políticas públicas del Estado mexicano, lo cual no puede aceptarse.
La ministra Olga Sánchez Cordero aclaró a sus colegas que el máximo tribunal del país no puede revisar si es válida o no la sentencia de la CIDH, "¿Se puede generar una guerra entre cortes? ¿Se puede vaciar de jurisdicción a la CIDH?", cuestionó.
El pleno seguirá este martes con la discusión del tema, que llegó a la Suprema Corte como una consulta a trámite a propuesta del entonces Guillermo Ortiz Mayagoitia.
Lo novedoso del asunto, y que ha generado la diferencia de opiniones, es que no existen antecedentes sobre cuál es el trámite a seguir para dar cumplimiento a las resoluciones de un tribunal internacional, que es lo deben definir los ministros en la parte que corresponde al PJF.
El caso que provocó el debate
En 2009 la CIDH dicto sentencia sobre la desaparición forzada del activista Rosendo Radilla, atribuida al Ejército en el contexto de la llamada guerra sucia de la década de los 70 en México.
El análisis del asunto implica discutir la validez del fuero militar, pues la sentencia dispone que los militares acusados de violar derechos humanos de civiles sean juzgados en el fuero civil y no en la jurisdicción de guerra, y ordena a diversas autoridades, entre ellas al PJF - Poder Judicial de la Federación, tomar medidas para garantizarlo.
El caso fue discutido en la Corte en septiembre de 2010, pero los ministros desecharon el proyecto elaborado entonces por José Ramón Cossío, quien proponía acatar las recomendaciones hechas al Poder Judicial en la sentencia.
El ministro Salvador Aguirre Anguiano argumentó que la CoIDH se había extralimitado en su resolución, sin considerar que al suscribir las convenciones Americana de Derechos Humanos y la Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, México había hecho reservas en materia de fuero militar.
Temas a analizar
Como primer tema, el pleno de la SCJN deberá resolver si la sentencia de la CIDH es o no de cumplimiento obligatorio para el Estado mexicano, pues uno de los argumentos para desechar el proyecto en septiembre pasado fue la presunta existencia de dichas reservas sobre el fuero militar.
Sin embargo, en ese entonces no había sido promulgada la reforma constitucional en derechos humanos, que entró en vigor a principios de junio y que obliga a todas las autoridades —incluido el PJF— a interpretar las normas sobre esos derechos de la manera más amplia posible.
El nuevo proyecto, a cargo de la ministra Margarita Luna, deberá determinar si en la sentencia existen obligaciones para el Poder Judicial de la Federación y cuáles serían.
Hace unas semanas, el gobierno federal realizó diversas diligencias en Atoyac de Álvarez, Guerrero, en cumplimiento de la sentencia de la CIDH, dirigidas a localizar los restos del activista Rosendo Radilla, quien sigue desaparecido.