martes, 21 de setembro de 2010


Justicia

España rechaza la petición de investigar las desapariciones en el franquismo

España aceptó este martes la gran mayoría de las recomendaciones que le hizo el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, pero rechazó algunas como investigar las desapariciones forzosas ocurridas durante el franquismo o eliminar la detención incomunicada en su lucha contra el terrorismo.

En la sesión de este órgano de la ONU que este martes aprobó el informe sobre el Examen Periódico Universal al que se sometió a España en mayo, el embajador español ante la ONU en Ginebra, Javier Garrigues, explicó que su país aceptaba 98 de las 137 recomendaciones que se le habían hecho.

Garrigues explicó el rechazo español a investigar las desapariciones forzosas del franquismo -que le habían hecho varios Estados y ONGs- ,aunque sin referirse expresamente a esa etapa histórica.

"Los jueces y tribunales españoles instruyen y juzgan todas las denuncias sobre desapariciones que ante ellos se formulan según los principios de independencia, responsabilidad y sometimiento exclusivo a la ley y el derecho", afirmó, en alusión a la Ley de Amnistía de 1977 que impide investigar esos hechos.

En este sentido, la organización defensora de los derechos humanos Human Rights Watch (HRW) lamentó en su intervención que el único perseguido en España en relación con los crímenes del franquismo sea precisamente quien ha tratado de investigarlos: el juez Baltasar Garzón.

"España va a juzgar finalmente a alguien en relación con los crímenes de la dictadura de Franco y de la Guerra Civil Española. Desgraciadamente, el acusado en el caso es Baltasar Garzón, el juez que trató de investigar dichos crímenes", dijo una representante de HRW ante el Consejo.

Varios países habían sacado a relucir durante el Examen de España la cuestión de la impunidad en lo relacionado con las desapariciones forzosas durante el régimen de Franco y, en concreto, México había pedido que "se investiguen y castiguen los crímenes de desaparición forzosa, independientemente del tiempo transcurrido desde que ocurrieron".

España también anunció hoy que "no puede aceptar" las recomendaciones de modificar la definición del delito de tortura o eliminar la figura de la detención incomunicada que existe para los acusados de terrorismo, peticiones que hoy reiteró la organización Amnistía Internacional (AI).

"La definición de tortura en el artículo 174 del Código Penal español es taxativa y no presenta ningún problema de interpretación", aseguró el embajador.

"En ella se recogen los elementos básicos de la definición de este delito contenidos en la Convención contra la Tortura", añadió, para explicar que incluso va más allá "y se añaden elementos adicionales que ofrecen una protección reforzada".

También volvió a exponer la postura defendida anteriormente en este foro de la ONU acerca de la necesidad de mantener la detención incomunicada en la lucha antiterrorista, y explicó que ésta "se lleva a efecto en España con todas las garantías procesales".

"Su régimen legal es sumamente restrictivo y se exige en todo caso autorización judicial... y hay un control permanente y directo de la situación personal del detenido por parte del juez", añadió.

Garrigues explicó igualmente el rechazo de España a firmar la Convención para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y los miembros de sus familias, al alegar que "se trata de un texto desequilibrado en dos sentidos".

"Por un lado, prima los intereses del los países de origen sobre los de destino y, por otro, no hace una diferencia clara entre los inmigrantes regulares y los que están de forma irregular", señaló.

Pero subrayó que "la no ratificación no supone un prejuicio para los derechos de los migrantes en España, pues la legislación española y los acuerdos internacionales que ha suscrito garantizan de manera muy generosa los derechos, entre ellos la cobertura sanitaria y la escolarización de los menores".

(Publicado por EFE, 21 septiembre 2010)
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