martes, 3 de agosto de 2010


Justicia

Venezuela: TSJ ratifica prohibición de cobro del IPC en etapa de preventa

La sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la medida cautelar solicitada por varias asociaciones civiles del sector de la construcción contra una resolución del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda que prohibió el cobro del IPC en los contratos de adquisición de residencia (preventa) comprendidos en el Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat.

La Cámara Venezolana de la Construcción (CVC), Cámara del Urbanismo y de la Construcción del estado Mérida, y la sociedad mercantil Promotora Parque La Vega C.A. habían hecho la solicitud citando "vicios de inconstitucionalidad" de la decisión publicada en Gaceta Oficial.

La sentencia indica que, en el documento introducido por las organizaciones, la parte demandante se limitó a sostener que la prohibición del cobro de las cuotas vulneró sus derechos y garantías constitucionales, "sin fundamentar adecuadamente su solicitud, estableciendo casos concretos de las supuestas violaciones".

Por tanto, la sala desestimó los alegatos y declaró improcedente la medida cautelar solicitada

(Publicado por El Nacional - Venezuela, 3 agosto 2010)
_______________

últimas calientes

suscribirse |  entre en contacto |  apoyadores |  migalhas en portugués |  migalhas international