Norma
Venezuela: Los grupos financieros tendrán que disolverse
El diputado Ricardo Sanguino, presidente de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, aseguró que los consorcios mercantiles integrados por bancos, casas de bolsa y empresas de seguros tendrán que "deshacerse" apenas entre en vigencia la Ley Orgánica del Sistema Financiero.
Estas instituciones tampoco podrán agruparse, según el artículo 6 de la norma, con empresas de servicios auxiliares o conexos: emisoras o administradoras de tarjetas de crédito, casas de cambio, transportes de especies monetarias y valores, servicios de cobranza y cajeros automáticos.
La intención es evitar que se repitan situaciones como la ocurrida con el Banco Canarias y la casa de bolsa U21. Uno de los problemas detectados en estas compañías, que se encuentran en liquidación luego de ser intervenidas por el Gobierno a finales de 2009, es que compartían la tesorería.
Para el diputado Simón Escalona, vicepresidente de la Comisión de Finanzas, la prohibición es necesaria. "Se quiere es sanear el sistema. No debe ser que haya empresas de un mismo dueño". Admitió que pudiera darse un plazo para que los grupos que existen actualmente se adapten a la ley.
Contradicción. El director de Softline Consultores, José Grasso Vecchio, considera que el artículo 6, como está redactado, no prohíbe que bancos, casas de bolsa y compañías de seguro integran grupos financieros, sino que en éstos consorcios se incluyan empresas de servicios auxiliares o conexos.
La norma también es interpretada así por Alejandro Cáribas, ex titular de la Superintendencia de Bancos. "No se permite que una entidad bancaria haga actividades de seguros o de casas de bolsa. Pero eso no implica que no puedan existir como grupo financiero".
(Publicado por El Nacional – Venezuela, 18 marzo 2010)
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