Biocombustible
Argentina: Fijan las nuevas reglas del mercado del biodiesel
La Secretaría de Energía determinó las especificaciones de calidad que deberá cumplir el Biodiesel (B100) para ser mezclado en un porcentaje de 5% mínimo en volumen con el gasoil, para su utilización en todos los ámbitos.
Se exceptúa el gasoil utilizado en embarcaciones (fluviales y marítimas), minería, combustibles de primer llenado, gasoil antártico y otros usos con fines específicamente determinados, que a entendimiento de la Autoridad de Aplicación, no sean compatibles con el uso de Biocombustibles.
Asi lo dispone la resolución 6/10 publicada hoy en el Boletín Oficial, junto con su Anexo en el que se precisan todas las especificaciones dispuestas al efecto.
Así, las empresas elaboradoras de Biodiesel y encargadas de realizar las mezclas deberán contar en sus instalaciones, como mínimo, con el instrumental necesario para medir los parámetros del Grupo I de las especificaciones de calidad establecidas en el Anexo de la presente resolución.
El informe de los mismos acompañará a la documentación pertinente del transporte utilizado.
Los parámetros de las especificaciones de calidad establecidas en el Anexo de la presente, serán controlados periódicamente a los efectos de información estadística, y podrán ser analizados en las instalaciones propias o en laboratorios de terceros.
Se dispone además que los incumplimientos a las especificaciones de calidad determinadas, serán pasibles de aplicación de las sanciones previstas.
(Publicado por El Clarín - Argentina, 9 febrero 2010)
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