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México: Pemex, con facultad para contratar obras
Este miércoles entraron en vigor los cambios a la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, en el que se da flexibilidad a Pemex para contratar obras y servicios requeridos para la mejor realización de las actividades petroleras.
El ordenamiento jurídico reitera que serán exclusivamente Pemex y sus organismos subsidiarios los únicos encargados de realizar las actividades de exploración y explotación en un área determinada por una duración específica, pero abre la oportunidad a permisionarios privados para la realización de las actividades de transporte, almacenamiento o distribución de hidrocarburos.
En este caso, la Secretaría de Energía dispondrá de un plazo de seis meses que vence el 22 de marzo de 2010, con el fin de emitir las disposiciones administrativas de carácter general en materia de transporte, almacenamiento, distribución y ventas de primera mano de los hidrocarburos.
El reglamento abre la posibilidad de crear más organismos subsidiarios de Pemex o reorganizar los existentes conforme al Consejo de Administración de la firma.
De esta forma, se abroga el reglamento que permaneció vigente desde hace 50 años.
El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) señala que en materia de contrataciones Pemex y sus organismos subsidiarios podrán celebrar con personas físicas o morales los contratos de obra y de prestaciones de servicios requeridos por la industria petrolera.
Explica que los convenios, contratos y demás actos jurídicos que los organismos descentralizados celebren o suscriban se regularán conforme a lo establecido en los ordenamientos legales y disposiciones de carácter administrativo aplicables y, en su caso, en la legislación común que corresponda.
De hecho, los contratos celebrados y las autorizaciones o permisos que se hayan formalizado con el anterior reglamento se mantendrán vigentes en todo aquello que no presente una contradicción con lo establecido en las disposiciones del nuevo reglamento.
Las solicitudes de asignaciones, permisos y autorizaciones que se encuentren en trámite se resolverán conforme a las disposiciones jurídicas vigentes.
Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios tendrán de plazo un año para revisar los contratos, autorizaciones o permisos, con el objeto de modificarlos o sustituirlos si así procede.
Como parte del nuevo marco regulatorio y en el ámbito de su competencia, Sener, la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos podrán realizar visitas de verificación a los organismos descentralizados y a los permisionarios para corroborar que sus actividades se apegan a los permisos concedidos.
Además, será la Secretaría de Energía (Sener) la encargada de integrar, en un plazo máximo de un año, el sistema nacional de información de hidrocarburos, el cual tendrá por objeto sistematizar y mantener actualizado el registro y el catastro petrolero, el registro de reservas de hidrocarburos, de información geológica (en donde habrán de actualizarse los recursos prospectivos).
La dependencia también podrá proponer al Ejecutivo federal que se establezcan o supriman zonas de reserva petrolera, en donde sólo podrán realizarse actividades de reconocimiento y exploración superficial.
El nuevo reglamento señala que Pemex y sus organismos subsidiarios certificarán, una vez al año, las reservas de hidrocarburos con terceros independientes, cuyos reportes finales deberán contar con el visto bueno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.
Sobre las asignaciones petroleras, la Secretaría de Energía tendrá facultades para otorgar o modificar una existente y en donde se realizan actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.
(Publicado por El Universal – México, 24 septiembre 2009)
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