Sentencia
Costa Rica: Fallo obliga a Estado a devolver ¢8.000 millones de salario escolar
Una resolución del Tribunal Contencioso Administrativo, del pasado martes 22 de setiembre, ordenó a la Dirección de Tributación devolver ¢8.000 millones a empleados públicos.
Los recursos fueron rebajados por concepto de impuesto sobre la renta al salario escolar que se giró en la segunda quincena del mes de enero del 2009.
Ante la orden del Tribunal, el Ministerio de Hacienda apelará a través de la Procuraduría General de la República –que funciona como abogado del Estado – mediante un recurso de casación.
El salario escolar es un ahorro del 8,19% que hacen los empleados públicos y que se entrega en forma acumulativa los meses de enero de cada año, para hacer frente al inicio del ciclo lectivo.
Antecedentes. Desde hace 15 años los empleados públicos han recibido el salario escolar gravado con el impuesto sobre la renta.
El ahorro quedó exento del pago del tributo desde octubre del año 2008, cuando entró en vigencia la reforma a la Ley del Salario Escolar, que también amplió el beneficio al sector privado.
Tras el cambio en la legislación Hacienda giró el pago del salario escolar, correspondiente al año anterior, cobrando el impuesto de la renta a los ahorros acumulados de enero a setiembre del 2008.
En enero del 2009 la Asociación Costarricense de Profesionales en Derecho del Poder Judicial, la de Profesionales en Enfermería, la de Ingenieros Civiles del Ministerio de Obras Públicas y los funcionarios del Instituto Costarricense de Turismo interpusieron la demanda sobre la que el Tribunal falla con el argumento de que la exoneración debió aplicarse retroactivamente para cubrir todo el año.
Rocío Jiménez, presidenta de la Asociación Costarricense de Profesionales en Derecho, explicó que la reforma introducida a la Ley correspondiente era clara en señalar que el salario escolar “total” quedaba excluido de la retención del impuesto.
Por su parte, Hacienda sostiene que el impuesto se “devenga” en forma mensual y que la Ley solo exoneró las obligaciones surgidas después de su entrada en vigencia.
La ministra de Hacienda, Jenny Phillips, dijo: “ Si bien este Ministerio no está en contra de que los funcionarios públicos cuenten con más dinero para el gasto en educación de sus hijos, era muy importante que junto con la legislación para exonerar el salario escolar se compensara la pérdida de ingresos con alguna modificación tributaria”.
Se estima que el fallo beneficiaría a un aproximado de 75.000 funcionarios del Gobierno Central, instituciones autónomas y de empresas públicas que recibirían el reintegro.
Adicionalmente, los intereses generados por los recursos retenidos serían otorgados a los agremiados de las partes demandantes. De confirmarse el fallo, los recursos a devolver se obtendrían mediante la emisión de títulos de deuda pública.
Las cifras aplicables irían desde los ¢10 hasta los ¢425.000.
(Publicado por La Nación – Costa Rica, 24 septiembre 2009)
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