Justicia
La SCJN de México libera a 20 indígenas de Acteal, el Ministerio Público esta en la mira
La Suprema Corte de Justicia ordenó la liberación de 20 de los indígenas presos por la matanza de Acteal, ya que sus sentencias se basaron en pruebas y testigos fabricados por la Procuraduría General de la República.
Por cuatro votos a uno los ministros de la Primera Sala del máximo tribunal ampararon a los acusados, que llevan más de 11 años en la cárcel.
Un segundo grupo de 28 presos, quienes purgan condena por la misma masacre, perpetrada el 22 de diciembre de 1997 en la comunidad chiapaneca, también será amparado; sin embargo, debido a que su caso estaba a cargo del ministro Sergio Valls, quien pidió no protegerlos, sus expedientes se le turnaron a otro de sus compañeros de mayoría para que redacte los nuevos proyectos de sentencia.
La Corte votará esos juicios pendientes con base en los lineamientos que determinó ayer en el tema.
En su intervención, la ministra Olga Sánchez Cordero dijo que amparó a los acusados porque se detectó que en algunos casos un juez agregó, de manera irregular, delitos que ni siquiera había consignado el Ministerio Público.
Para el ministro Juan Silva, se envía un claro mensaje a las autoridades encargadas de perseguir y castigar los delitos en el sentido de que deben respetar la ley y los derechos humanos.
Lo que dijo la Corte
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a 26 quejosos relacionados con los hechos ocurridos el 22 de diciembre de 1997, en la comunidad de Acteal, del municipio de Chenalhó, Chiapas. De ellos, 20 quedarán inmediamente en libertad, y en 6 casos se deberá reponer el procedimiento, a fin de que se dicte nueva sentencia con las pruebas que no se consideraron ilícitas.
Ello, porque se violentaron sus garantías individuales cometidas durante la averiguación previa, toda vez que en la mayoría de los casos, tanto la integración del cuerpo del delito y la de la responsabilidad penal probada, se basan en la valoración de pruebas obtenidas en forma ilícita.
Los ministros precisaron que una de las exigencias más importantes para que un medio probatorio sea admitido en el orden jurídico nacional, y por ende constitucional, es que su obtención no sea ilícita, pues si ése es su origen, entonces sus efectos también lo serán, haciendo que el medio probatorio sea ineficaz o nulo.
En ese sentido, subrayaron, aquellos medios de prueba que deriven en la vulneración de derechos fundamentales no deben tener eficacia probatoria.
De concedérsela, advirtieron, se trastocaría la garantía de presunción de inocencia, la cual implica que nadie puede ser condenado si no se comprueba plenamente el delito que se le imputa y la responsabilidad penal en su comisión, circunstancia que necesariamente implica que las pruebas con las cuales se acrediten tales extremos deben haber sido obtenidos de manera lícita.
Los quejosos impugnaron la sentencia definitiva mediante la cual se les consideró penalmente responsables de distintos delitos, entre ellos homicidio calificado, lesiones calificadas y portación de arma de fuego exclusivo del Ejército.
Además, plantearon la existencia de diversas irregularidades durante las actuaciones practicadas en la averiguación previa, lo cual, argumentan, fue determinante en el sentido de los fallos, tanto de primera como de segunda instancias.
Un doble tragedia
A la barbarie de quienes perpetraron la matanza del grupo que tranquilamente rezaba aquella tarde de hace casi doce años, siguió la de los cuerpos de "procuración de justicia". Los gobiernos priistas de entonces, tanto el de Chiapas como el federal presidido por Ernesto Zedillo, se vieron sacudidos: cayeron el gobernador chiapaneco y el Secretario de Gobernación (Ministro del Interior). Pero lejos de comprometerse a resolver el caso apegados a derecho, la autoridad montó una farsa que ayer recibió el tiro de gracia por parte de la Suprema Corte, luego de que abogados, académicos y periodistas denunciaron por años que los procesos hacían agua por todos lados, que se habían inventado culpables, testimonios, móviles.
"No hay peor injusticia que tratar de enmendarla cometiendo otra", expresó durante el debate de ayer en la Primera Sala de la Corte el Ministro Juan Silva Meza. La votación final fue de cuatro votos a uno, a favor de la liberación inmediata de 20 indígenas. Otros 31 podrían salir apenas se resuelva un trámite legal y a seis más se les repondrá el proceso. El fallo de los ministros establece que muchas de las pruebas de los procesos se obtuvieron de forma ilegal y que incluso la Procuraduría General de la República había inventado pruebas.
La lista de aberraciones jurídicas sería irrisoria, otra vez, si uno perdiera de vista por unos segundos que decenas de familias vieron destruida su tranquilidad los últimos once años debido a, por ejemplo, un testigo que la primera vez que fue interrogado declaró formalmente no hablar ni escribir en castellano para poco después ser el autor de una "lista de culpables" que era prolija en detalles sobre su respectivo paradero. O la forma en que la policía elaboró un álbum de fotografías para que sus testigos reconocieran a los que señalarían como culpables cuando dentro de las diligencias así les fuera instruida. O el juez que agregó delitos al expediente que el fiscal no había incluido. O cuando otro juez basó su resolución en Wikipedia.
En entrevista, el abogado Javier Cruz Angulo, quien desde 2007 lleva la defensa de los encarcelados, detalla una de las aberraciones: "El juez Segundo de Distrito, Martín Rangel Cervantes, basa la sentencia sobre el peritaje en balística en Wikipedia. Para llevarlo al absurdo, yo podría decir que si hubiera sabido que el juez iba a hacer eso, y como wikipedia es una página que cualquiera puede modificar, habría puesto en la misma que los procesados eran inocentes para que basado en eso el juez los absolviera".
Con machetes y balas, mientras oraban, en Acteal fueron abatidas 14 niñas, 4 niños, 4 mujeres embarazadas, otras 15 mujeres y 8 hombres. Se acusaba a la comunidad de ser simpatizante del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Se cree que algunos de los verdaderos autores de la matanza, atribuida a grupos paramilitares financiados por el gobierno, fallecieron en libertad.
El caso llegó a la Corte en agosto del año pasado, cuando aceptaron revisar la solicitud de amparo demandado por 57 presos. Durante su discusión de, los ministros establecieron claramente que no se puede saber si entre los que obtendrán su libertad hay alguno o algunos que sí tengan culpa, porque lo único que determinaron es que además de violación a las garantías de los procesados hubo invención de pruebas.
"Se dieron irregularidades en las actuaciones procesales, pruebas indebidamente recabadas, con lo que se afectó el debido proceso, y la obligación de salvaguardar las garantías individuales", argumentó el Ministro José Ramón Cossío al pronunciarse a favor de la liberación.
Afuera de la Corte el fallo fue recibido con júbilo por los familiares y sus abogados, pero también con recelo por los líderes de la comunidad de Las Abejas, a la que pertenecían los tzoltziles asesinados: ellos, naturalmente, siguen esperando justicia.
Cruz Angulo escribió en El Universal: "Acteal es un laberinto de papel, mitos, realidades y posiciones polarizadas. Jueces y ministerios públicos fueron los arquitectos de un laberinto de más de 100 mil hojas. (...) Es una doble tragedia: por un lado tienes una abominable masacre y por el otro tienes más de 50 seres humanos encarcelados sin pruebas. Frente a la brutalidad de esa doble tragedia cobra total sentido la necesidad de que existan leyes, de que se respeten y de que se garantice la existencia del debido proceso".
"Es bueno que la Corte se esté involucrando en estos casos", dijo ayer Cruz Angulo a este periodista. Imposible no pensar si los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá capacidad para resolver todo lo que cientos de jueces y magistrados no harán en todo el país para desbaratar casos mal armados por otros cientos de fiscales que cada día procesan a los mexicanos.
Cronología del caso
Hace 11 años, seis meses y 15 días que en el poblado de Acteal, municipio de Chenalhó, Chiapas, se perpetró una masacre que dejó 45 indígenas muertos, la cual convulsionó la política de aquella época y abrió una herida que todavía no cierra en ese poblado.
También desató un polémico debate sobre qué fue lo que pasó en aquel rincón de México, donde pensadores se han enfrascado en acusaciones sobre la veracidad de sus dichos. Mientras que una parte señala que el asesinato de aquellas persona fue por una fallida estrategia paramilitar, otros tratan de minimizar el alcance del conflicto, para dejarlo en un mero pleito comunitario.
22 de diciembre de 1997. Un grupo armado -presuntamente conformado por más de 100 personas- mató a 45 indígenas tzotziles: 18 niños, 22 mujeres y 6 hombres. Según la versión oficial, difundida por el gobierno del entonces presidente Ernesto Zedillo, se atribuyó el ataque a disputas entre grupos locales tras formarse Concejo Municipal Autónomo de Polhó.
La otra versión, de los habitantes, es que su simpatía por la causa del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) derivó en que el gobierno, en sus tres niveles, organizara grupos paramilitares para hostigar a la población y rebelde, y posteriormente causar enfrentamientos para poder justificar el ataque en contra de los zapatistas.
3 de enero de 1998. Emilio Chuayffet Chemor renunció a la Secretaría de Gobernación. Fue remplazado por Francisco Labastida Ochoa, quien a la postre sería candidato presidencial priista en la elección de 2000, cuando ganó Vicente Fox.
5 de enero de 1998. Carlos Marín, en ese entonces reportero de la revista Proceso, reveló la existencia de un plan de contrainsurgencia militar para crear conflictos sociales, como también para provocar la inducción de desplazamiento de poblados.
7 de enero de 1998. Julio César Ruiz Fierro, gobernador interino chiapaneco, renunció a su cargo, el cual fue asumido por Roberto Albores Guillén. A Ruiz Fierro se le atribuye la siguiente declaración: “Mi presidente (municipal de Chenalhó, Mariano Arias) no te preocupes, deja que se maten, yo voy a mandar la seguridad pública para que levanten a los muertos”
20 de diciembre de 1999. Legisladores chiapanecos pidieron ayuda a la Organización de las Naciones Unidos (ONU) para que los implicados políticos sean sancionados.
20 de diciembre de 2000. El subcomandante Marcos, líder visible del EZLN, señaló en un comunicado, a propósito del ataque contra indígenas que "al contrario de lo que dice la profusa campaña publicitaria gubernamental, nada ha cambiado. Nada hay en Chiapas que permita asegurar que Acteal no se repetirá".
27 de diciembre de 2006. La Fiscalía General de Justicia de Chiapas anunció la creación de una instancia para reactivar las investigaciones del caso Acteal.
24 de agosto de 2007. Dos de los encarcelados por la matanza revelaron la ubicación de las armas que fueron usadas durante el ataque. “Nos duelen los inocentes, por eso decidimos confesar”, señalaron.
4 de octubre de 2007. Condenaron a 34 indígenas a 26 años de prisión, de los cuales sólo dos aceptaron haber sido autores materiales del asesinato colectivo.
20 de noviembre de 2007. Murió Antonio Vázquez Secum, quien según el libro blanco elaborado por la Procuraduría General de la República (PGR), solicitó apoyo a hombres armados de la comunidad Los Chorros para ultimar a 45 indígenas de Acteal, en venganza por el asesinato de su hijo Agustín Vázquez, el 17 de diciembre de 1997.
27 de diciembre de 2007. Antonio Santiz López, presunto autor del ataque, fue exonerado de los delitos de homicidio, lesiones calificadas y portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército.
30 de enero de 2008. La Comisión Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH), señaló que existe una responsabilidad del Estado por la masacre. “Sabemos, como dicen los propios documentos oficiales, que los militares organizaron a civiles para que sirvieran como apoyo para enfrentar a grupos disidentes. A partir de esas evidencias sostenemos que hay impunidad”, indicó.
2 de agosto de 2009. La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió atraer el caso Acteal porque se trata de un asunto que "reviste un interés superlativo, reflejado en la posible afectación o alteración de valores sociales, políticos o, en general, de convivencia o bienestar".
6 de agosto de 2008. Noé Maza Albores, fiscal del caso, fue removido de su cargo, cuando los expedientes de los inculpados por las muertes eran revisados por la Suprema Corte. Familiares y sobrevivientes de la masacre aseguraron que habían recibido amenazas de parte de Maza.
12 de junio de 2009. Integrantes del Comité de Familias y Amigos de los Inocentes Presos por el Caso Acteal demandaron libertad para los inculpados que se encuentran detenidos en el penal de El Amate, en Chiapas, acusados de ser los autores de la masacre ocurrida.
5 de agosto de 2009. La Corte dictamina que hubo manipulación del sistema de justicia a favor del Estado.
(Publicado por la CSJN - México, 12 agosto 2009)
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