Sanciones
El CM de Bolivia procesa y suspende a vocal de Chuquisaca Lilian Paredes
El Tribunal Sumariante de la Gerencia de Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura determinó aplicar la media precautoria de suspensión de funciones por 30 días, con retención de haberes, a la vocal de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, Dr. Lilian Paredes Gonzáles, quien es acusada de la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones.
El Tribunal Sumariante de la Gerencia de Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura determinó aplicar la media precautoria de suspensión de funciones por 30 días, con retención de haberes, a la vocal de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, Dr. Lilian Paredes Gonzáles, quien es acusada de la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones.
Mediante resolución de 17 de abril de 2009, el Tribunal Sumariante, conformado por el Gerente de Régimen Disciplinario y los directores de Investigaciones e Inspecciones de la misma oficina, determinó abrir proceso disciplinario contra la citada autoridad, en su calidad de presidenta de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia chuquisaqueño.
Según el Auto de Apertura de Proceso Disciplinario, cuyo expediente lleva la numeración 30/2008/SER, la Dr. Paredes es acusada de la “presunta comisión de la falta disciplinaria grave, tipificada en el art. 40, numeral 3 de la Ley 1817, en relación al art. 10, numeral 10 del Acuerdo N. 239/2003, que aprueba el Reglamento de Sistema de Carrera Judicial”.
Luego del proceso de investigación desarrollado por la abogada investigadora nacional, Carmen Auza, se arribó a la conclusión de que la ahora procesada se excusó de conocer el recurso de amparo constitucional interpuesto por el ex presidente del Tribunal Departamental de Chuquisaca, Dr. Fernando Iriarte, según sus propias explicaciones, por haber emitido opinión anticipada respecto a la presunta injusticia de su suspensión como autoridad judicial.
Esta excusa fue declarada ilegal por sus colegas, los vocales Alejandro Nava y Marcela Ortiz el 7 de noviembre de 2008, imponiéndole una multa de Bs. 200, adecuando de esa forma su actuación a lo que previene el art. 40, numeral 3 de la Ley del Consejo de la Judicatura, que establece que son faltas graves el incumplimiento de las resoluciones o acuerdos del Consejo de la Judicatura.
Por su parte, el art. 10, numeral 10 del Acuerdo N. 239/2003, que aprueba el Reglamento de Sistema de Carrera Judicial, señala que los funcionarios del Poder Judicial están prohibidos de emitir opiniones anticipadas sobre la justicia o injusticia respecto a hechos o acontecimientos que pudieran derivar en causas judiciales, con el propósito de justiciar la posterior excusa.
El Tribunal Sumariante fijó el jueves, 30 de abril de 2009, a horas 16:00, en la Gerencia de Régimen Disciplinario, como fecha, hora y lugar para la recepción de las declaraciones informativas de la funcionaria judicial procesada.
(Publicado por la CJ – Bolivia, 27 abril 2009)
_______________