jueves, 26 de fevereiro de 2009


Decreto

Colombia: Regulan el pago de parafiscales para las mipyme

Mediante el Decreto 525 del 23 de febrero de 2009, las micro, pequeñas y medianas empresas colombianas tendrán el beneficio de la gradualidad en el pago de los aportes parafiscales, durante los primeros tres años de vida.

En el momento en que cumplan el cuarto período de operaciones, pagarán el ciento por ciento de estas obligaciones.

La medida, que comienza a regir el 23 de abril, establece que estos pagos destinados al Sena, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y las Cajas de Compensación Familiar, serán objeto de reducciones de 75 por ciento para el primer año de operación, 50 por ciento para el segundo y 25 por ciento para el tercero.

Para el presidente de Acopi, Norman Correa, este Decreto se considera como un alivio para las pequeñas empresas, pues los primeros tres años son los más difíciles en materia económica.

“Desde hace mucho tiempo hemos insistido en esta reglamentación, inclusive en noviembre del año pasado enviamos la última carta al Presidente con la solicitud”, dijo.

En su concepto, la reglamentación también repercute en un estímulo para la generación de pyme y para que los informales se sometan a los procesos de legalización.

Según el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, la norma mejora la operatividad del artículo 43 de la Ley 590 de 2000, que no permitía la deducción automática de los porcentajes de exención señalados por la Ley.

“Con la expedición de este Decreto, los micros, pequeños y medianos empresarios estarían facultados para hacer la deducción en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), manifestó el funcionario.

“De esta manera, los empresarios no tendrán que solicitar la devolución de sus dineros, como sucede en este momento, sino que podrán descontar el respectivo porcentaje al efectuar el pago de la nómina de los trabajadores”, explicó.

Los efectos

Al respecto, el presidente ejecutivo de Asocajas, Álvaro José Cobo, afirmó que se presentarán mayores afiliaciones de empleados. Sin embargo, los montos de dinero no crecerán de manera proporcional.

Es por esto que los recursos deberán distribuirse de manera diferente, pues serán menores ingresos que deben ser utilizados para todos los servicios que prestan estas empresas.

Para Cobo, es importante advertir que se deben controlar las empresas que se acogen a la medida, pues se puede presentar que las que existen se liquiden y se vuelvan a crear con el fin de acogerse a estos beneficios.

En este mismo sentido se pronunció el director del Sena, Dario Montoya Mejía, sin embargo, consideró que es necesario esperar por lo menos seis meses, para conocer los resultados del Decreto.

“La acción del Estado es fundamental, para que los mecanismos de control a la evasión sean eficaces y no se haga mal uso de la Ley”, dijo Cobo.

Para el directivo, el impacto de esta norma involucra esfuerzos grandes, pero se debe tener en cuenta que la redistribución de los recursos en los programas de las Cajas, puede conllevar cambios en la prestación de servicios para 90,5 por ciento de los trabajadores que ganan menos de cuatro salarios mínimos y se benefician de estas firmas.

Por su parte, el Consejo Gremial Nacional afirmó que la medida contribuirá en el corto plazo a aumentar la competitividad nacional y a disminuir la informalidad laboral. Indicó que la norma permitirá la preservación del empleo formal y en tiempos de crisis, adaptar la estructura de costos que garanticen la sostenibilidad de las empresas.

De otro lado, el ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancour, aseguró que no es viable hacer una reducción en los aportes parafiscales en las grandes empresas, porque se debe tener precaución por la difícil situación laboral que enfrenta el país, a demás de los costos que para el gobierno acarrearía la decisión.

Sanciones por falsa información

La norma implica que quienes suministren información falsa con el propósito de obtener los beneficios previstos en el Decreto, deberán pagar el valor de las reducciones de las obligaciones parafiscales obtenidas y, además, se hacen acreedores a una sanción correspondiente a 200 por ciento del valor de tales beneficios, sin dejar de lado las penales a que haya lugar. Por su parte, la gerente de la Corporación para el Desarrollo de la Microempresa, María Lucía Castrillón, dijo que el sector ve con satisfacción el hecho de poder reducir sus gastos en parafiscales, pues este rubro genera grandes gastos en este tipo de firmas.

(Publicado por La República - Colombia, 26 febrero 2009)
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