martes, 27 de janeiro de 2009


CSJN

México: Jueces de BC no pueden gozar de fuero constitucional

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los jueces de Baja California no pueden gozar de fuero constitucional como sucede respecto de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, porque la Constitución Federal no reconoce esa inmunidad procesal

Es decir, los magistrados cuentan con una calidad de órgano terminal en materia jurisdiccional local y porque son los depositarios del Poder Judicial Estatal, lo cual no acontece con los jueces a quienes constitucionalmente se ha considerado que no requieren de esa protección para desarrollar su función.

Así lo resolvió el Alto Tribunal al modificar la sentencia de un juez y negar el amparo a diversos quejosos, que impugnaron las reformas realizadas por el Congreso de Baja California a los artículos 7, 8, 27, 34, 55, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 90, 93, 94 y 109 de la Constitución local.

Por otro lado, el Tribunal Pleno determinó que los requisitos de evaluación de los jueces no necesariamente deben establecerse en la Constitución local para cumplir con la garantía de seguridad jurídica, ya que afirmaron que basta la reserva de ley que la misma hace.

Finalmente, ratificó la resolución emitida en la controversia constitucional promovida por el Poder Judicial de Baja California, en el sentido de que los jueces del Tribunal Superior de Justicia no son, en sí mismos, considerados trabajadores de ese Poder, ya que no tienen una subordinación o dependencia con el Consejo de la Judicatura local, a pesar de que este último tenga asignada la facultad de imponer sanciones por responsabilidad a los jueces, así como la administración del propio poder.

(Publicado por la CSJN – México, 22 enero 2009)
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