martes, 27 de janeiro de 2009


Ley

Argentina: Empresarios, sindicalistas y el Gobierno debatirán la reforma a la ley de riesgos

Los juicios por accidentes de trabajo crecieron un 58% respecto al 2007. Cuáles son los principales puntos de conflicto de la futura norma

Empresarios y sindicalistas esperan que en los próximos días se reanude desde el Ministerio de Trabajo el debate por la demorada reforma del sistema de riesgos del trabajo, cuya ley, la 24.557, está en jaque desde 2004, cuando la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de algunos de sus artículos.

Los cuestionamientos judiciales hicieron que el régimen entrara en un terreno de fragilidad, que se ve reflejada en el fuerte crecimiento de la cantidad de juicios.

Las cifras son elocuentes, sólo en 2008 se iniciaron 27.170 demandas, un 58% más que en 2007, según datos aportados por la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART).

Este número de litigios contra las empresas empleadoras y las ART originados en accidentes y enfermedades laborales es para dar un ejemplo, siete veces superior al de los iniciados en 2004.

En otras palabras, mientras que en aquel año se iniciaron 7,2 juicios por cada 10.000 trabajadores cubiertos, el año pasado la cifra trepó a 35,6.

Si bien existen intentos por elaborar una nueva normativa, el Poder Ejecutivo aún no impulsó ningún proyecto en el Congreso, pese a que se expresó una y otra vez la necesidad de ajustar la ley a la palabra de los jueces, y de mejorar los valores de las indemnizaciones previstas.

En tanto, tras varias reuniones mantenidas el año pasado, los dirigentes de la Confederación General del Trabajo (CGT) y de entidades empresariales como la Unión Industrial Argentina (UIA) no lograron llegar a un acuerdo.

La demora, mientras tanto, no sólo perjudica a las empresas que dicen moverse en un escenario de costos no previsibles, sino también a los trabajadores, que recurren a la Justicia en busca de indemnizaciones más altas.

La mejora de los montos del seguro es uno de los puntos en los que sí hay acuerdo entre las partes.

A fines del año último, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, envió a los asesores de la UIA, la CGT y la UART el texto de un nuevo proyecto. Cada entidad le remitió ya al funcionario sus comentarios y opiniones.

Puntos de conflicto

“Nuestra responsabilidad es decirle al Gobierno, a los actores sociales y a la sociedad cuáles son nuestras preocupaciones y hasta dónde podemos llegar; a partir de ahí ellos deciden. Los seguros no son perfectos, pero son lo mejor posible para todos”, dijo Daniel aFunes de Rioja en una entrevista a iProfesional.com.

Uno de los puntos más conflictivos es cómo resolver la tacha de inconstitucionalidad que tiene el artículo 39 de la ley, que pretendió anular la posibilidad de hacer un juicio contra la empresa empleadora cuando el trabajador esté cubierto por el seguro.

El debate es entre dos figuras opuestas: el cúmulo (promovido por los sindicalistas), que permitiría cobrar lo previsto por la ley de la ART y además presentar una demanda, o la opción (pretendida por los empresarios), que le exigiría al trabajador elegir un camino o el otro.

Funes de Rioja señaló que está totalmente en contra del cúmulo: cobrar el seguro y después reclamar por la vía judicial. “O voy por un régimen de seguro integral o por la vía civil, con todas las responsabilidades de la prueba que tiene la Justicia civil”.

Para Héctor Recalde, diputado por el Frente para la Victoria y asesor legal de la CGT, la doble vía que se promueve implicaría que el empleado cobre de la ART y que después ese monto se descuente de lo que un juez determine como indemnización.

Sobre el accidente in itinere, otro tema que el empresariado requiere se revea, el abogado se preguntó: “¿Qué puede hacer la empresa por el trayecto de la casa al trabajo y del trabajo a la casa de los empleados? Sobre todo cuando la cultura vial argentina es horrorosa, la gente no usa casco en las motos, los conductores no respetan las reglas de tránsito, por ejemplo. El empleador termina pagando todo. De esa parte tendría que ocuparse un seguro social, no patronal”.

Respecto a la forma en cómo se abren los listados de enfermedades, Funes de Rioja explicó que se requiere determinada prudencia frente a la incorporación de nuevas afecciones. Hay algunas que tienen causa laboral y otras que no, éstas tendrían que estar protegidas por otro subsistema y no quedar incluidas dentro del riesgo empresario.

“Desde el sector industrial quisimos siempre un sistema de prevención riesgos de trabajo bueno. Necesitamos un sistema legal auto-suficiente y no que signifique un reguero de juicios, porque esto demuestra la patología. Es evidente que este sistema no resuelve los problemas”, concluyó el abogado.

Para Jorge Aimaretti, presidente de la UART, consideró que no puede funcionar un sistema "con base en el cúmulo y sin costos para litigar" porque la existencia de la instancia judicial sin costo para el demandante provoca una "promoción de la litigiosidad".

"Hay que evitar que la figura del cúmulo se vuelva destructiva", sentenció a La Nación Aimaretti.

El empresario consideró que, para que las prestaciones sean acordes con los montos que fija la Justicia, su alza actuaría como un disuasivo de los reclamos.

Recalde dijo al matutino que la mejora de las indemnizaciones a cargo de las ART desalentará de por sí la litigiosidad. Para los casos de algún grado de incapacidad generada por un accidente o enfermedad laboral, el nuevo proyecto prevé un piso de $250.000 por el porcentaje de discapacidad.

(Publicado por El Portal iprofesional – Argentina, 27 enero 2009)
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