martes, 26 de agosto de 2008


Justicia

Perú: TC no reconocerá fallos de justicia militar


El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Carlos Mesía Ramírez, anticipó que todas las sentencias del Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM) serán declaradas nulas en caso estas sean elevadas para su revisión ante el máximo organismo jurídico del país.

Mesía dijo que así obrará el TC en cumplimiento del fallo que emitió en junio último, que declaró inaplicable en parte la ley 29182 de la justicia militar policial que aprobó el Congreso.

El TC declaró inconstitucionales los puntos que facultaban a los militares en actividad a impartir justicia y al presidente del CSJM nombrar a vocales y fiscales supremos militares.

Eso es lo que resolvió el TC al pronunciarse sobre una demanda del ciudadano Richard Condori contra el comandante FAP Mariano Centeno, quien ejercía funciones de juez militar sin haber sido nombrado conforme lo estipula la Constitución.

No obstante, Mesía explicó que la ley 29182 sigue vigente porque no ha sido declarada inconstitucional en su conjunto y puntualizó que el TC no puede interponer de oficio una acción de este tipo.

Por lo tanto, la Justicia Militar Policial podrá seguir dictaminando, pero sus resoluciones serán contradichas por el tribunal cuando una apelación llegue a la citada instancia, dijo.

"Una sentencia que es llevada a cabo por un juez de la justicia militar, pero que es un militar en actividad, es nula, porque no es juez competente", aseveró el titular de dicho colegiado.

En fallos anteriores, el TC dispuso que el Consejo Nacional de la Magistratura nombre a los encargados de impartir justicia en el fuero castrense, con la especificidad que se encuentren en retiro.

En ese contexto, Mesía cuestionó al Congreso por promulgar en enero de este año la ley 29182 con los vicios constitucionales criticados por el TC, declarando a dicho poder "en rebeldía legislativa".

"Todo militar puede venir acá al TC y nosotros le daremos la razón porque la ley que ha dado el Congreso es inconstitucional, en la medida que viola la sentencia del tribunal", expresó el magistrado.

En este aspecto, recalcó que el Parlamento debe acatar los fallos del TC, "le guste o no le guste".

No acata

Con el mismo tono confrontacional, la congresista aprista y ex presidenta de la Comisión de Defensa del Poder Legislativo –que redactó la norma en cuestión– Mercedes Cabanillas opinó que la Ley de Justicia Militar Policial "tiene que respetarse".

"El fuero castrense está reconocido por la Constitución, eso es irrebatible, absolutamente constitucional, lo quiera o no lo quiera el TC, y si por eso nos van a declarar en rebeldía, pues muy bien, seremos rebeldes constitucionalistas", dijo.

"Lo que pasa es que detrás de todo esto hay personas que quieren que no exista la justicia militar, ese es el tema de fondo", agregó Cabanillas a Andina.

Al respecto, Ana María Tama-yo, experta en temas militares del Instituto de Defensa Legal, lamentó el enfrentamiento entre los dos poderes del Estado al señalar que en el Congreso "hay un déficit democrático" por no adecuarse a las resoluciones del ente arbitral.

"Es lamentable constatar cómo hemos perdido tan rápido la memoria de lo que fue la justicia militar en la década del 90", anotó Tamayo, en referencia a la dictadura de Fujimori cuando se encubrían los actos criminales y de corrupción de las fuerzas del orden.

Datos

Argentina. A principios de agosto, el Congreso argentino derogó el Código de Justicia Militar de su país para dar paso a un nuevo sistema bajo el cual los delitos cometidos por militares serán juzgados por la justicia ordinaria.

Avance. La nueva ley, que debe entrar en vigencia seis meses después de su promulgación, elimina el fuero militar y erradica la pena de muerte. Fue una iniciativa del Ejecutivo

(Publicado por La República – Perú, 25 agosto 2008)
____________________

últimas calientes

suscribirse |  entre en contacto |  apoyadores |  migalhas en portugués |  migalhas international