Justicia
Paraguay: Corte deja a cargo de un solo juez las "causas viejas"
El juez Digno Fleitas fue designado por la Corte para "liquidar" los procesos tramitados a base del Código de Procedimientos Penales de 1890. Existen varios “peces gordos” que buscan su impunidad mediante la prescripción de sus causas. Llamativamente, solo 5 ministros firmaron la referida designación.
El 22 de julio pasado, por resolución número 1633, los ministros colorados Víctor Núñez, Raúl Torres Kirmser, Alicia Pucheta y Antonio Fretes y el liberal Sindulfo Blanco designaron a Fleitas como único juez para atender las “causas viejas”.
Los ministros hicieron referencia a notas (sin especificar) enviadas por los magistrados solicitando uno o más juzgados exclusivos, para entender los expedientes tramitados bajo las disposiciones del Código de Procedimientos de 1890.
Según fuentes judiciales, los jueces habían sugerido el nombre de la magistrada Sandra Farías. Sin embargo, los cinco ministros resolvieron designar a Fleitas, quien tendría “muy buenas relaciones” con los citados integrantes del alto tribunal.
Se desconoce cual fue el parámetro utilizado por la Corte para elegir a Fleitas, cuya resolución de nombramiento no lleva la firma de César Garay, José Altamirano y Miguel Oscar Bajac.
Las designaciones hechas por los ministros, cualquiera sea la dependencia, siempre tiene una motivación. En este caso, por lo menos hasta ahora, se desconoce, pero el juez comisionado, evidentemente cuenta con el respaldo de los ministros colorados.
Es importante resaltar que existen varios expedientes en los que están procesados peces gordos, entre los cuales se encuentran numerosos vaciadores de bancos, que siguen prófugos.
Los jueces Andrés Casati, Gustavo Santander, Sandra Farías, Dionisio Frutos, Carlos Ortiz y Manuel Aguirre ya fueron notificados para que, “bajo recibo”, remitan todos los expedientes a Fleitas.
Nuestras fuentes indicaron que con este tipo de determinaciones, la Corte se estaría extralimitando en sus funciones, porque los magistrados tienen su jurisdicción y competencia establecidas por la ley. No pueden tener atribuciones de acuerdo a los intereses de los integrantes del alto tribunal, quienes en la mayoría de los casos adoptan resoluciones de acuerdo a los poderes políticos y económicos. Hay que aguardar qué es lo que ocurre con esta medida
(Publicado por El Diario ABC – Paraguay, 29 julio 2008)
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