martes, 10 de junho de 2008


Justicia

Colombia: Impacto del Sistema Penal Acusatorio

Con la implementación del Sistema Penal Acusatorio (SPA) en nuestro país, que comenzó desde enero de 2005, muchas instituciones que hacen parte del sistema se han visto impactadas, sobre todo el incremento en el desarrollo de sus actividades debido a la agilidad de este procedimiento.

Por ejemplo el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) ha tenido que enfrentar no sólo la demanda que exige el Sistema Penal Acusatorio, sino también la entrada en vigencia de las leyes 1142 de 2007, por medio de la cual se adoptan medidas para la prevención y represión de la actividad delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana y la ley 1153 de 2007 con la cual se implementa el tratamiento a las pequeñas causas en materia penal.

El Inpec es la institución encargada de administrar el sistema penitenciario y carcelario, siendo su misión garantizar el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, la detención precautelativa, la seguridad, la atención social y el tratamiento de la población reclusa, en el marco de los derechos humanos. Por ser de suma importancia la labor que desempeña dicha institución en el sistema penal, se analizará el impacto del SPA en esta entidad.

Para una mejor comprensión de las cifras plasmadas en la gráfica, es necesario tener en cuenta que cuando se habla de imputados se refiere a aquellos procesados a los cuales se les ha dictado medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario, pero que aun no han sido sentenciados. Los condenados son aquellos sujetos que ya han sido declarados responsables por un delito y están cumpliendo la pena en establecimiento carcelario.

Como se puede observar, con la implementación de la ley 906 la población carcelaria interna de imputados disminuyó y se incrementó la población interna de condenados. El hecho de que el porcentaje de los imputados internos se redujera obedece a que en el nuevo sistema la libertad es la prioridad y la restricción de la misma es la excepción. Lo que se busca es que sólo en los casos estrictamente necesarios sea impuesta la medida de aseguramiento.

Al contrario, la población de internos condenados aumentó de un 57,6 por ciento registrado en el 2004 a un 66.5% a 2008 y esto se debe a la entrada en vigencia de las ya mencionadas leyes 1142, la cual establece, por ejemplo que no serán concedidos los beneficios y subrogados de la pena a los procesados que hayan sido condenados por delitos dolosos o preterintencionales dentro de los 5 años anteriores, así que si han incurrido en esto, la única pena aplicable para el sujeto es la privativa de la libertad en establecimiento carcelario.

Y por otro lado la ley 1153, establece en uno de sus artículos que las personas que cometan una contravención y tengan antecedentes contravencionales o penales registrados dentro de los 5 años anteriores al nuevo hecho, se les impondrá pena de arresto de 1 a 4 años.

Presupuesto


 

Debido al aumento de los internos condenados, el Inpec ha tenido que replantear su presupuesto para poder responder con la obligación que le ha sido asignada de acoger a todas estas personas que están cumpliendo una condena. Además el crecimiento de la población carcelaria, implica dotar a la institución de más funcionarios para mantener el orden en las cárceles del país.

(Publicado por La República – Colombia, 9 junio 2008)
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