Designaciones
Bolivia: Consejo denuncia usurpación de funciones del Legislativo en nombramiento de ministro de la Suprema
El Plenario del Consejo de la Judicatura de Bolivia envió una carta al presidente del Congreso Nacional, Lic. Álvaro García Linera, para hacerle conocer su preocupación y sorpresa ante la actuación inconstitucional e ilegal de la Comisión de Mixta de Constitución y Policía Judicial del Poder Legislativo, al emitir una convocatoria pública, mediante la cual convoca a los postulantes a ministro de la Corte Suprema a presentar documentación que avalen sus hojas de vida.
En la nota, los miembros del Plenario del órgano administrativo y disciplinario solicitan a García Linera subsanar este error que constituye una usurpación de las funciones específicas del Consejo de la Judicatura y, de esa forma, evitar futuras observaciones y nulidades que empañen el proceso de designación de autoridades judiciales.
La Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley Nº 1817, disponen que es el órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial el facultado para elevar nóminas de postulantes a ministros de la Corte Suprema ante el Congreso, luego de un concurso público de méritos, tarea que se cumplió a cabalidad, explica la carta enviada ayer.
El artículo 13-III-1 de la Ley Nº 1817 establece de manera textual: “… corresponde al Consejo de la Judicatura proponer a los órganos competentes nóminas de postulantes a cargos vacantes de Ministros, Magistrados, Vocales, Jueces y Secretarios, de acuerdo al sistema de Carrera Judicial”.
Asimismo, la misiva firmada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Dr. Eddy Fernández, y por los consejeros, Dres. José Luis Dabdoub y Rodolfo Mérida, le recuerda al Vicepresidente de la República que el Consejo, mediante Acuerdo Nº 364/07, de 13 de noviembre de 2007, y nota CITE. OF.SP-CJ-Nº 03120/07, de 14 de noviembre del mismo año, elevó en forma oportuna la nómina de postulantes para el cargo de acéfalo de ministro de la Corte Suprema, con los respectivos antecedentes, calificaciones y evaluación de méritos.
Asimismo, añade que el proceso de calificación de cada uno de los postulantes a dicho cargo, se desarrolló luego de una convocatoria pública, una rigurosa selección, en base a parámetro estrictamente técnicos de la materia, por lo que le expresan además que no se entiende cuál el propósito u objetivo de una nueva evaluación meritocrática a los aspirantes.fg.
(Dir. De comunicación del CJ - Bolivia, 28 de mayo 2008)
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