Sentencia
México: Invalida SCJN regla para elegir diputados plurinominales en DF
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el procedimiento para la elección de candidatos a una diputación local por el principio de representación proporcional, que tomaba en cuenta los resultados obtenidos por el contendiente en comicios pasados.
Al continuar con el análisis sobre la inconstitucionalidad de diversos artículos del Código Electoral del Distrito Federal, el pleno de la SCJN sólo invalidó las porciones normativas que establecían reglas para conformar la lista de aspirantes a una diputación local por el principio de representación proporcional.
En ese primer tema, en el que se alcanzó mayoría de 10 votos, los ministros resolvieron que el procedimiento violaba la garantía de certeza, debido a que para conformar el listado no sólo se tomaba en cuenta en primer lugar a quienes hubiesen obtenido los porcentajes más altos de votación.
En adición, la fracción declarada inconstitucional señalaba que para conformar el orden de la lista de aspirantes a un cargo de esa índole, en la que se incluye a candidatos perdedores en distritos uninominales, se debía deducir el porcentaje distrital de votos obtenidos por el candidato en la elección inmediata anterior.
Luego de que la SCJN determinó analizar la inconstitucionalidad de cada uno de los artículos impugnados del Código Electoral local, se alcanzó la votación calificada superior a ocho votos sólo en ese sentido, pues los integrantes del pleno consideraron que no debían tomarse en cuenta resultados de elecciones pasadas.
Asimismo, determinaron que las disposiciones contenidas en la fracción 9 inciso A del Artículo 14 del código se contraponen al Estatuto de Gobierno Federal.
La normativa referida establece que la lista de perdedores se determinará conforme a los más altos porcentajes de votación distrital del propio partido obtenidos en el mismo proceso electoral.
Los partidos del Trabajo y Revolucionario Institucional, así como la Procuraduría General de la República (PGR) , impugnaron el sistema completo de elección.
Sin embargo, a pesar de que seis de los 11 ministros consideraron que se debía declarar la invalidez total de dicho sistema, las demandas se desestimaron al no alcanzar la votación de ocho para sacar del orden jurídico esas disposiciones publicadas a principios de año.
En ese sentido, ministros como Jesús Gudiño Pelayo manifestaron que el sistema viola el principio de seguridad jurídica, pues no hay certeza de quiénes podrán acceder a las diputaciones, ya que "permite a los derrotados irrumpir de nuevo en la lista" y ser designados por el principio de representación proporcional.
Agregó que se impide conocer el orden legislativo debido a que la integración de las diputaciones bajo ese principio "dependerá de quiénes hayan sido perdedores" , y la ciudadanía emitirá su voto "con total desconocimiento" de una parte de los posibles integrantes del órgano legislativo.
(Publicado por El Univesal-México, 27 mayo 2008)
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