martes, 29 de janeiro de 2008


CSJ

Chile: Corte Suprema busca solución para conflictos por fallos contradictorios

El tema surgió luego que un abogado particular que tramitaba una causa en la Sala Civil de la Suprema pidiera -como se lo permite la ley- que fuera el pleno de ministros el que resolviera sobre su recurso de casación, puesto que el mencionado tribunal había emitido con anterioridad fallos contradictorios sobre el problema que lo afectaba.

"Está previsto en las reglas sobre casación en el fondo en materia civil, que cuando hay dos sentencias contradictorias, el tercer juicio va directamente al pleno de la Corte Suprema para que resuelva", explicó el ministro vocero del máximo tribunal, Milton Juica.

Tras analizar el requerimiento, el pleno accedió a revisar el pleito, y la resolución sobre el tema en particular se conocería durante la próxima semana.

Trascendencia

Pero de ello surge un nuevo conflicto. Se debe establecer cuál será la trascendencia que podrían tener a futuro las decisiones del pleno que vienen a zanjar las contradicciones: esto es, si resuelven sólo respecto del pleito puntual o si sus fallos podrían afectar a futuro a otros procesos similares.

"El estudio legislativo da a entender que el último fallo (el que dicta el pleno) es la última doctrina sobre la cuestión, y todos los demás tribunales tienen que ajustarse a ello", explicó el ministro Juica.

Pero agregó que "como el tema es muy sensible, porque la ley no es muy clara al respecto, y el obligar una jurisprudencia puede afectar otras garantías procesales, se designó una comisión, formada por los ministros Sergio Muñoz y Héctor Carreño, para que estudie la implicancia de este fallo".

Materias penales

También podrían ser resueltas bajo esta modalidad diversas materias penales, y dentro de ellas, eventualmente procesos de Derechos Humanos, si es que alguno de los afectados en las causas que aún no se han revisado, decide recurrir al pleno de la Corte Suprema.

De esta forma se podría zanjar sobre fallos contradictorios que recientemente ha adoptado la Sala Penal, que en algunos casos -y dependiendo de los ministros que la integren- absuelve aplicando la prescripción o condena invalidando dicha figura.

"Nos preocupa que en materia jurisdiccional la jurisprudencia sea lo más uniforme. Esperamos que la primera semana de marzo esté concluido el trabajo (de la comisión) y vamos a retomar la discusión como pleno", agregó el ministro Juica.

Norma civil

El artículo 780 del Código de Procedimiento Civil establece que, una vez interpuesto un recurso de casación en el fondo, cualquiera de las partes de la causa recurrida podrá solicitar, dentro del plazo para hacerse parte en el tribunal "ad quem", que el recurso sea conocido y resuelto por el pleno del máximo tribunal.

"La petición sólo podrá fundarse en el hecho de que la Corte Suprema, en fallos diversos, ha sostenido distintas interpretaciones sobre la materia de derecho objeto del recurso", aclara la normativa, que fue utilizada recientemente en un juicio civil que ya fue analizado por el pleno, y cuyo fallo se conocerá en los próximos días.

(Publicado por El Mercurio – Chile, 27 enero 2008)
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