jueves, 8 de novembro de 2007


Proyecto

Uruguay: En Ley de despenalización del aborto, objeción de conciencia no abarca a las instituciones

Los médicos que aleguen "objeción de conciencia" podrán negarse a practicar abortos, pero no así las instituciones privadas para las que no habrá excepciones, según los promotores del proyecto de ley.

Al proyecto de salud sexual y reproductiva que despenaliza el aborto le queda el trámite de Diputados y, en caso de sancionarse, deberá todavía esperar el anunciado veto del presidente Tabaré Vázquez. En la hipótesis de que el veto sea levantado por la Asamblea General, deberá aún esperar la reglamentación, en la que se aclararán varias dudas que surgen de la letra fría del texto del proyecto.

Entre ellas, cómo se instrumentará la "objeción de conciencia", prevista para los médicos y demás personal de la salud que no quieran participar en prácticas abortivas. El proyecto no prevé esta opción para las instituciones de asistencia.

La senadora frenteamplista Mónica Xavier -una de las promotoras del proyecto- explicó a El País que se ha establecido un plazo máximo para que los médicos expresen "objeción de conciencia" a intervenir en el procedimiento de aborto, a fin de evitar que los profesionales objeten cada solicitud de interrupción de embarazo que se le presente. "Esto ha ocurrido en otros países", indicó la legisladora.

El artículo 15° del proyecto aprobado el martes en el Senado establece que aquellos médicos o miembros del equipo quirúrgico que tengan objeciones de conciencia para intervenir en los actos médicos de interrupción del embarazo, "podrán hacerlo saber a las autoridades de las instituciones a las que pertenezcan dentro de los treinta días contados a partir de la promulgación" de la ley.

Agrega que quienes ingresen posteriormente "deberán manifestar su objeción en el momento en que comiencen a prestar servicios" y que los profesionales y técnicos que no hayan expresado objeción "no podrán negarse a efectuar las intervenciones". En casos graves y urgentes en los cuales el aborto es indispensable, no se aplicará la objeción de conciencia.

Xavier explicó que estos aspectos están contenidos "desde el origen del proyecto" y buscan "garantizar nítidamente el derecho de la mujer a interrumpir el embarazo".

La senadora admitió que en una eventual reglamentación podría haber "algún margen" para contemplar a los médicos que puedan cambiar de opinión "en un sentido o en otro", pero siempre y cuando no atenten contra el "derecho de la mujer" a interrumpir su embarazo.

En cuanto a la posibilidad de que instituciones privadas con determinada orientación religiosa puedan negarse a realizar el procedimiento, Xavier dijo que es imposible que la ley pueda contemplar específicamente las diferentes concepciones religiosas.

"A nivel del judaísmo, hay posturas más contemplativas en cuanto al derecho a la interrupción del embarazo. ¿Cómo se puede hacer para contemplar todas las diferentes concepciones?", planteó la senadora. Xavier mencionó que la reglamentación precisará muchos aspectos, pero siempre "garantizando el derecho de la mujer" a interrumpir su embarazo dentro del margen que permitiría la nueva ley.

El aborto, definido en el proyecto como un "acto médico sin valor comercial", deberá ser practicado por todos los servicios de asistencia médica integral, tanto públicos como privados habilitados por el Ministerio de Salud Pública.

De sancionarse la ley, toda mujer por su sola voluntad podrá interrumpir su embarazo durante las primeras 12 semanas de gravidez. Para ello bastará que la mujer alegue ante un médico circunstancias derivadas de las condiciones en que se ha producido la concepción (por ejemplo, una violación), situaciones de penuria económica, sociales, familiares o etáreas, que a su criterio le impida continuar con el embarazo.

Fuera de estas condiciones, el aborto solo podrá realizarse cuando la gravidez implique un grave riesgo para la salud de la mujer, o cuando se verifique un proceso patológico que provoque malformaciones congénitas incompatibleS con la vida del niño.

Obispos analizan proyecto en Florida

Los obispos iniciaron ayer en Florida un encuentro que durará hasta el miércoles próximo. El proyecto de salud sexual y reproductiva, que despenaliza el aborto, será uno de los temas que analizarán en profundidad en los próximos días.

"Qué pasa con estas minorías silenciosas que son los niños no nacidos, con nuestras contradicciones en los foros internacionales en que juntamos firmas para la derogación de la pena de muerte, para derogar la mutilación femenina y no pensamos en las niñas a las que se les cierra la posibilidad de aparecer en el mundo", dijo ayer el obispo de Salto, Pablo Galimberti, a El País. Galimberti agregó que es una "falacia" que algunos legisladores argumenten que votan la ley para que no se use.

Ley camino al veto de Vázquez

Una vez sancionado por Diputados y vetado por el presidente Tabaré Vázquez, se necesitarán tres quintos de legisladores en la Asamblea General (78 votos si están los 31 senadores y los 99 diputados) para levantar el veto. Los partidarios de despenalizar el aborto aseguran que están los votos pero no existe un relevamiento preciso de los objetores de conciencia que hay en todos los partidos ni cómo pueden influir ausencias y suplencias de legisladores.

El martes en el Senado, el proyecto fue aprobado por 18 votos a favor y 13 en contra. Un mes antes la votación había salido empatada 15 a 15. Los tres senadores que inclinaron la balanza a favor de la despenalización del aborto, fueron el frenteamplista Alberto Cid (que en primera instancia había votado en contra), el nacionalista Julio Lara (de viaje en el exterior, su suplente votó en contra) y el colorado Julio Sanguinetti (de viaje en el exterior, su suplente se retiró de sala). En la Cámara de Diputados las bancadaS volverán a votar divididas.

(Publicado por El País – Uruguay, 8 noviembre 2007)
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