jueves, 4 de outubro de 2007


Resolución

México: Suprema establece cárcel por falsificar tarjetas

La Corte avaló las sanciones de prisión y económicas establecidas en contra de quienes se dedican a falsificar tarjetas bancarias.

En la sesión de este día, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon que es constitucionalmente válida la sanción "de tres a nueve años de prisión y de 30 mil a 300 mil días multa de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al que posea, utilice o distribuya tarjetas de crédito, de débito, formatos o esqueletos de cheques, o en general, instrumentos de pago utilizados por el sistema bancario, a sabiendas de que son falsos".

El máximo tribunal del país se pronunció sobre este tema al negarse a amparar a una persona acusada de incurrir en este delito, la cual intentó anular el proceso en su contra argumentando errores en la redacción de la ley que sanciona la conducta en que incurrió. Es decir, a través de una cuestión técnica, buscó evitar la sanción en su contra, pero no tuvo éxito.

Ante la Corte, la persona en cuestión, de quien no se dio a conocer su nombre, argumentó "que la pena que establece el artículo 112 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito se refiere a la existencia de dos o más tarjetas, pero no especifica qué pena correspondería a quien cometiera el ilícito respecto de una tarjeta y, en ese sentido, vulnera el principio de exacta aplicación de la ley penal".

Mediante un comunicado de prensa, la Suprema Corte explicó que "el quejoso expuso que la palabra tarjetas implica la existencia de dos o más de dichos instrumentos, por lo que sostiene que en el juicio que se le siguió no consta la existencia de dos o más de los instrumentos mencionados".

Pero en la sentencia que emitió en su contra, los ministros de la Primera Sala consideraron que se trata de un elemento meramente "cualitativo que denota distintas especies de tarjetas que pueden ser objeto del ilícito, a saber, de crédito o de débito, sin que dicho elemento se refiera a la cantidad del número de objetos en relación con los cuales se despliegue la conducta para estimar que se acredita el delito, esto es, de dos tarjetas en adelante".

(Publicado por El Universal – México, 04 octubre 2007)
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