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Colombia: SIC ordenó suspender dos comerciales de Ariel por presunta competencia desleal

La Superintendencia de Industria y Comercio decretó una medida cautelar solicitada por Unilever Andina Colombia Ltda., contra Procter & Gamble Colombia Ltda, en la que le ordena suspender inmediatamente la presentación de dos comerciales televisivos del detergente Ariel, producido por la segunda firma.

jueves, 11 de julho de 2013


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Colombia: SIC ordenó suspender dos comerciales de Ariel por presunta competencia desleal

La Superintendencia de Industria y Comercio decretó una medida cautelar solicitada por Unilever Andina Colombia Ltda., contra Procter & Gamble Colombia Ltda, en la que le ordena suspender inmediatamente la presentación de dos comerciales televisivos del detergente Ariel, producido por la segunda firma.

La medida adoptada por la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionalesde la SIC pretende hacer que cese de manera inmediata una posible práctica de competencia desleal por parte de Procter & Gamble.

Como fundamento de la decisión judicial la SIC encontró, preliminarmente, que la información suministrada por el anunciante Procter & Gamble en los comerciales de Ariel, en donde se compara con otros detergentes, no era lo suficientemente clara y podría generar confusión en el consumidor dándole la idea de que el producto al cual hace referencia la comparación en los comerciales es el detergente Fab, producido por Unilever.

De acuerdo con información de la SIC, "en ambos comerciales se compara a Ariel con otro detergente ‘de los más económicos’, ofreciendo como conclusión que Ariel remueve las manchas en una sola lavada, mientras que el otro detergente lo hace en tres lavadas. Además, en los comerciales se presenta una ‘prueba’ para demostrar que tal afirmación es verídica, lo que podría generar la idea en el consumidor de que Ariel es científicamente mejor que otros detergentes (entre ellos, posiblemente Fab) en cuanto al quitado de las manchas, y que de acuerdo con las pruebas presentadas no tendría fundamento y configuraría los actos desleales de engaño y descredito".

Según el superintendente, Pablo Felipe Robledo, esta medida cautelar se adoptó como consecuencia de la solicitud elevada por Unilever, quien debe instaurar la respectiva demanda judicial de competencia desleal dentro de un plazo de diez días, "so pena de que sea levantada la orden cautelar impartida y podría ser condenada al pago de perjuicios, si a ello hubiere lugar".

Además, Robledo dijo que la comparación con ‘otros productos’ realizada en los comerciales televisivos hace que la empresa Unilever se sienta aludida, pues su producto Ariel entraría a formar parte de la indeterminación que introducen, "lo que confunde a la gente, señalando que con Ariel se obtienen excelentes resultados, mientras que con Fab no sucede lo mismo".

La medida cautelar judicial anticipada es de inmediato cumplimiento y contra ella pueden interponerse los recursos de reposición ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio y el de apelación ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá. En todo caso, la presentación de recursos contra la decisión no evita el cumplimiento de la medida.Robledo agregó que esta decisión se tomó en cumplimiento de la función que tiene la Superintendencia de Industria y Comercio de impartir justicia como Juez de la República.

Antecedentes

La Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mediante Auto No. 17921 del 24 de junio de 2013, decretó que se suspendiera de forma inmediata ambos comerciales del detergente Ariel, ya que confundía a los consumidores, debido a la comparación que realiza con otros productos, dentro de los que podría encontrarse Fab. Esta decisión se toma previa a la presentación de una demanda por publicidad engañosa, para lo cual la compañía Unilever tiene un plazo de diez días.

(Publicado por La República - Colombia, 11 julio 2013)
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