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Uruguay: Proyecto busca limitar algunos medios de compra por Internet

El Poder Ejecutivo busca apoyo del Parlamento para limitar el régimen de encomiendas que ingresan al país sin pagar tributos, con el fin de evitar "alteraciones sustantivas en las condiciones normales de competencia" para empresas locales.

martes, 9 de julho de 2013


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Uruguay: Proyecto busca limitar algunos medios de compra por Internet

El Poder Ejecutivo busca apoyo del Parlamento para limitar el régimen de encomiendas que ingresan al país sin pagar tributos, con el fin de evitar "alteraciones sustantivas en las condiciones normales de competencia" para empresas locales.

El artículo 315 del proyecto de ley de Rendición de Cuentas 2012 remitido por el Poder Ejecutivo a fin del mes pasado, realiza cambios al régimen que había sido flexibilizado un año atrás. En el artículo 227 de la Rendición de 2010 (aprobada con la ley 18.834) se había ampliado a US$ 200 el tope máximo de las cinco encomiendas postales internacionales que están exentas del pago de tributos y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Antes el tope era de US$ 50 por compra.

El régimen fue reglamentado en junio pasado, pero se generaron perjuicios y restricciones en la práctica que ahora pretenden ser corregidos y clarificados por ley.

El proyecto establece que la exoneración "se aplicará bajo circunstancias normales de competencia", luego de que meses atrás los shopping y la Cámara de Comercio y Servicios se quejaran por el impacto negativo que tuvo en sus ventas la flexibilización del régimen.

"El Poder Ejecutivo podrá adoptar las medidas que entienda necesarias para evitar que las importaciones efectuadas bajo dicho régimen den lugar a alteraciones sustantivas en las condiciones para los sectores de producción y comercio nacionales", propone ahora el Ejecutivo.

El texto enumera incluso las medidas que podrán ser utilizadas: el requisito que cada encomienda sea recibida por una persona física mayor de edad para su uso personal y sin fines comerciales, el establecimiento de una cantidad máxima de encomiendas que pueden ser recibidas por una misma persona en un determinado período, la exigencia que el titular del medio de pago coincida con el titular de la compra y el destinatario y, finalmente, la limitación de los tipos de medios de pago que pueden ser utilizados.

El gobierno había procurado incluir varios de estos aspectos en el decreto reglamentario, "Algunos plantearon que querían recurrirlo y entonces preferimos dejar claro por ley cuáles son las facultades del Poder Ejecutivo", dijo a El País el director general de Secretaría del Ministerio de Economía, Pedro Apezteguía.

El jerarca expresó que la mayoría de los aspectos incluidos en el proyecto de ley "ya estaban en el decreto". Consultado sobre cuáles serán los indicadores que se utilizarán para medir que las condiciones de competencia sean "normales" dijo desconocerlas, pero que se buscó "tener potestades para impedir" que ingresen productos "en un volumen y a precios que compiten deslealmente con la producción nacional".

Restricciones

Sobre las medidas que el Ejecutivo pide tener a disposición, Apezteguía dijo que responden a situaciones que se generaron con la puesta en práctica del régimen, ya que algunos consumidores intentaron burlar el máximo de cinco compras por persona. "Hay un caso de un bebé que compró. Sacó la cédula y compró", ejemplificó. Eso va en línea con la facultad de limitar que el titular del medio de pago coincida con el titular de la compra y el destinatario.

Lo mismo ocurre con la medida que se reserva el Ejecutivo de limitar los medios de pago que pueden ser utilizados. Actualmente, algunos operadores postales facilitan la posibilidad de abonar en una red de pagos a los consumidores que no tienen tarjeta internacional.

Otras fuentes del gobierno consultadas por El País creen que el proyecto de ley va a tener alguna revisión durante su tratamiento en el Parlamento.

En tanto, la asesora económica de la Cámara de Comercio y Servicios, Ana Laura Fernández, dijo a El País que los ajustes "están en línea" con las exigencias que formuló la gremial, pero "hay que ver cómo se implementa o se llevan el cumplimiento de las medidas".

Si bien ya se mencionaba en la reglamentación, el proyecto de ley estableció que el Ejecutivo "podrá requerir a los operadores postales de entrega expresa que proporcionen la información necesaria para el ejercicio de las funciones de fiscalización y control respectivas, a efectos de otorgar las exoneraciones tributarias". También aclara que las encomiendas "no requerirán intervención de despachante de Aduana".

Por otra parte, se clarifica cómo proceder en caso de incumplimiento del régimen (si no hay infracción aduanera). "Deberán abonarse los tributos correspondientes a la operación que se trate, dentro del plazo de 30 días desde el ingreso de la mercadería al país. Vencido dicho plazo sin que se haya efectuado la operación aduanera, la mercadería se considerará en abandono no infraccional", propone el texto.

Cómo se compra por la web

Las encomiendas amparadas en este régimen exonerado de impuestos deben tener un peso máximo de 20 kilos y un valor en aduana de US$ 200 (que incluye el costo de envío). Estas compras incluyen desde las que son enviadas al destinatario por personas del exterior o las compras que el propio consumidor hace a través de empresas prestadoras de servicios de correo privado o courrier (como Miami Box, Netbox, Exur Envíos, entre otras). Esas empresas facilitan las compras de los uruguayos que no cuentan con una dirección en el extranjero para recibir los envíos de artículos adquiridos a través de páginas web. Algunas de las tiendas de vestimenta más comunes en Estados Unidos que permiten esta modalidad de compra son Old Navy, Macy`s, JC Penney, Carter`s y Target.

Consumidores podrán rescindir contratos que fueron renovados automáticamente

El proyecto de Rendición de Cuentas introdujo varios cambios a la ley de relaciones de consumo que responden a reclamos recurrentes que se han presentado ante el Área de Defensa del Consumidor.

Las modificaciones más importantes están contenidas en los artículos 134, 135 y 136 del texto que remitido por el Poder Ejecutivo al Parlamento, que hacen agregados a la ley 17.250 de defensa del consumidor.

El artículo 136 añade a las "cláusulas abusivas" aquellas "que establezcan la renovación automática de contratos sin que habilite al consumidor a desvincularse del mismo sin responsabilidad". En esos casos "el consumidor podrá, dentro de los 60 días corridos contados desde la fecha en que se produjo la renovación automática, rescindir o resolver el contrato, debiendo comunicarlo al proveedor con un preaviso de 15 días corridos".

Otro de los cambios es que los proveedores deban mantener un stock de repuestos mientras los productos vendidos se mantengan en garantía. El artículo 134 de la Rendición agrega que, cesada la producción o importación de un producto, "la oferta de componentes y repuestos deberá ser mantenida por un período razonable o por el que disponga expresamente la reglamentación" y que "el proveedor obligado por la garantía deberá disponer, durante su vigencia, de componentes y repuestos".

En tanto, en el artículo 135 el Ejecutivo propone que sea considerada también una práctica abusiva "condicionar el suministro de productos o servicios al suministro de otro producto o servicio, así como a límites cuantitativos, sin justa causa". El ejemplo más claro es cuando se contrata un servicio de Internet y se exige que el consumidor tenga contratado un servicio de telefonía fija.

El abogado Alfredo Taullard, del estudio Hughes & Hughes, dijo a El País que los cambios son "grandes lineamientos" y que resta esperar "cómo se van a bajar a tierra", sobre todo en el caso de los repuestos, donde el "período razonable" (cuántos años mantener el stock) quedaría librado a la jurisprudencia, es decir, a cómo los jueces resuelven cada caso. También la posibilidad de rescindir contratos se vuelve un factor de incertidumbre para las empresas, que deberán incorporar ese elemento en su planificación financiera. "Hay que buscar un balance entre protección al consumidor y que las empresas puedan cumplir, para que no se termine convirtiendo en una suerte de carga imposible", remarcó Taullard.

(Publicado por El País - Uruguay, 9 julio 2013)
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