Justicia
Costa Rica: Diputados se niegan a crear tribunales de amparo
Pese a que la Sala IV tiene que resolver un promedio de 19.000 casos por año, los diputados se niegan a crear, vía reforma de ley, tribunales de amparo para desahogar la labor de ese órgano constitucional.
La presidenta de la Sala IV, Ana Virginia Calzada, avala dividir ese tribunal en dos secciones.
La reforma a la Ley de la Jurisdicción Constitucional fue aprobada en la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, el 30 de abril pasado, con el voto de cuatro diputados a favor y tres en contra.
En la propuesta, se acoge el criterio de la presidenta de la Sala Constitucional, Ana Virginia Calzada, para dividir en dos secciones a ese alto tribunal.
La magistrada aceptó que cambió el criterio, pues en un principio prefería la creación de tribunales provinciales de garantía, que recibieran recursos de amparo y de hábeas corpus.
El presidente de Asuntos Jurídicos, el liberacionista Luis Gerardo Villanueva, explicó que, para crear esos juzgados, se requiere una reforma constitucional.
“Una reforma a la Constitución implicaría dos legislaturas”, dijo el diputado cartaginés.
A favor de la reforma –que ha tenido tres años de discusión y fue presentada por Luis Fishman–, votaron tres diputados de Liberación Nacional y el socialcristiano Rodolfo Sotomayor.
En contra, se pronunciaron las diputadas del Partido Acción Ciudadana, Carmen Muñoz y Carmen Granados, además del frenteamplista José María Villalta.
Muñoz anunció que los tres presentarán un informe afirmativo de minoría, pues no están de acuerdo con limitar el acceso de la ciudadanía a plantear recursos de amparo ante la Sala Constitucional.
“Nos preocupan algunas normas que buscan limitar el derecho de los ciudadanos para pelear derechos fundamentales”, dijo el diputado José María Villalta, del Frente Amplio.
Por ejemplo, la reforma establece que, si los magistrados ordenan a la Caja dar un medicamento o realizar una cirugía, se haga un planteamiento para todos los casos similares al del recurrente.
La modificación también establece la suspensión de actos que están en estudio por un amparo o una acción de inconstitucionalidad solo como excepción, no como la regla. Además, si se suspende un acto, los magistrados quedarían obligados a dictar resolución del caso en un plazo de 30 días calendario.
La propuesta del PLN incluye eliminar las consultas facultativas ante la Sala Constitucional.
Rodolfo Sotomayor, de la Unidad Social Cristiana, no avala ese criterio, pero sí el de aumentar las firmas requeridas, de 10 a 15.Villanueva, quien preside el foro, comentó que el procedimiento incluido en la propuesta establece el empoderamiento de la comisión de constitucionalidad con potestades de control.“Esa comisión establecería cuándo es necesario o no llevar un proyecto de ley a la Sala Constitucional”, dijo el cartaginés.Si el criterio de ese foro es avalado por el plenario de la Asamblea, la ley sea aprueba tal cual.De lo contrario, se permite que un mínimo de 15 diputados lleven la consulta a la Sala IV.La reforma pasará, ahora, a estudio del plenario, para su discusión y votación.