Justicia

Ecuador: La Judicatura de transición destituyó a 459 judiciales en procesos polémicos

Sus fallos no coincidieron con la tesis del Gobierno, de que la insubordinación policial del 30 de septiembre del 2010 fue un intento de golpe de Estado.

jueves, 24 de janeiro de 2013


Justicia

Ecuador: La Judicatura de transición destituyó a 459 judiciales en procesos polémicos

Sus fallos no coincidieron con la tesis del Gobierno, de que la insubordinación policial del 30 de septiembre del 2010 fue un intento de golpe de Estado.

Este caso, que derivó en seis juicios penales en Pichincha, fue conocido por 45 jueces, en tres instancias. 13 de estos judiciales fueron separados de sus cargos y el resto sigue en funciones.

¿Cuáles fueron las causas de las salidas? El Consejo de la Judicatura de Transición (CJT), que terminó ayer sus funciones, estableció que ese grupo cometió un “error inexcusable (EI)”, es decir, que actuó con ‘negligencia’.

Según el artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial, “intervenir en las causas que debe actuar como juez, fiscal o defensor público, con dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable” se considera una falta gravísima que se sanciona con la destitución.

Invocando precisamente ese error, el Consejo de la Judicatura de Transición destituyó a 459 funcionarios judiciales en el país. De ese número, 324 eran jueces. También suspendió a otros 335 servidores (232 jueces).

La mayoría era de carrera. La cifra corresponde al período de transición judicial: del 25 de julio del 2011 al 11 de enero del 2013.

En total, en ese tiempo, la Judicatura transitoria tramitó 1 390 sumarios disciplinarios.

Otras secuelas del 30-S.

El 14 de marzo del 2012, el juez XXI de Garantías Penales de Pichincha, Santiago Coba, decidió que el policía Francisco G., investigado por la muerte del estudiante Juan Pablo Bolaños, el día de la insubordinación, no debía ir preso y ordenó que se presentara diariamente en su judicatura.

Dos meses después, la Judicatura le abrió a Coba un sumario administrativo. El error inexcusable fue uno de los motivos.

Presuntamente actuó con negligencia al aplicar la prisión preventiva en los casos de flagrancia que tenía a su cargo.

Dos días antes, en su informe sabatino, el presidente Rafael Correa fustigó a Coba, Tania Molina, Santiago Poma, Galecio Luna, Juan Hernández, José Chiriboga, Jorge Almeida y Edmundo Naranjo, jueces de flagrancia.

Mencionó a Raúl Martínez, titular del juzgado V de lo Penal, que llamó a juicio a 13 personas por los actos de violencia en los exteriores de Ecuador TV, el 30-S. "Corruptos y negligentes", fueron algunos de los epítetos que usó Correa.

"El Consejo de la Judicatura tiene que cambiar a estos malos jueces", aseguró. El siguiente lunes ellos fueron notificados con un sumario administrativo. También fueron suspendidos.

El diario El Comercio entrevistó a ocho jueces destituidos en la transición. Por ejemplo, la ex jueza Jaqueline Pachacama, del Tribunal V de Garantías Penales, dice que su destitución se produjo por no haber fallado por la tesis del Ejecutivo, es decir, que ese 30 de septiembre intentaron matar al Presidente.

La jurista asegura que el día antes de la consulta popular (el 6 de mayo del 2011) llegó (el ministro del Interior, José Serrano) personalmente y advirtió al presidente del Tribunal (Hugo Sierra).

Otros seis ex jueces entrevistados por separado por este Diario coincidieron en que fueron presionados por personal de esa Secretaría y pidieron que se proteja su identidad por temor a sufrir represalias.

"Al ser una entidad del Ejecutivo, no tiene la potestad de influir, menos aún de presionar a ningún miembro de la Función Judicial", sostuvo el viceministro Javier Córdova, ante un pedido hecho por este Diario para analizar el tema.

"En el caso de que un juez se considere presionado por un funcionario del Ministerio del Interior, o por cualquier otra entidad, lo que corresponde es que realice una denuncia al Consejo Nacional de la Judicatura", agregó Córdova.

El 3 de abril pasado, Pachacama y sus colegas Hugo Sierra, Jaqueline Pacheco y Luis Fernández, del Tribunal V de Garantías Penales, fueron destituidos bajo el argumento del error inexcusable.

La Judicatura decidió que los jueces cometieron “una falta gravísima”. Esto, por haber confirmado la inocencia del coronel César Carrión y de los policías Luis Martínez, Jaime Bahamonde y Luis Paucar, acusados de intento de asesinato contra el Presidente.

Supuestamente no valoraron nueve pruebas que se presentaron en el juicio. Al no haberse demostrado la tentativa de magnicidio, debían ordenar el inicio de otro proceso por lesiones al Jefe de Estado, según el expediente disciplinario 90001-2012-0137P.

En su informe, la Veeduría Internacional puso reparos al abuso del error inexcusable, por lo querecomendó que se cree unaentidad "autónoma e independiente, que garantice imparcialidad en el control disciplinario".

Las destituciones son criticadas por Jorge Ayala, presidente de los judiciales de Pichincha. "La Constitución garantiza la autonomía de los jueces y prohíbe a la Judicatura amonestarlos por actos jurisdiccionales como un fallo".

El artículo 115 de la Ley Orgánica de la Función Judicial subraya que en las denuncias contra operadores de justicia "no se pueden impugnar criterios de interpretación de normas jurídicas"

Las advertencias

El 9 de julio del 2012 llegó a los jueces de todo el país un oficio firmada por Diego Zambrano, coordinador de la Unidad de Control Disciplinario de CJT. En el documento se decía: “De forma reiterativa se ha debido aplicar sanciones en contra de aquellos jueces que han resuelto favorablemente acciones de protección de actos administrativos, cuyo objeto de reclamación tiene que ver con aspectos de mera legalidad”.

El antecedente fue el fallo a favor de 16 ex trabajadores de la Universidad Central, dictado por la I Sala Penal de la Corte de Pichincha. Ellos plantearon una acción de protección para que se les cancelara el pago por sus jubilaciones pendientes desde el 2011.

Con base en el error inexcusable, el CJT destituyó a los jueces de esa sala, Patricio Arízaga, Jorge Villarroel y Jorge Cadena, por aceptar de forma errada un trámite de "mera legalidad". Los jubilados -ba- jo este razonamiento- debían recurrir a otras instancias judiciales porque no existía una vulneración de sus derechos constitucionales.

En este caso también fue separada la jueza Elena Ortega, por haber ejecutado el fallo judicial a favor de los ex trabajadores.

"Los servidores sienten que cualquier momento pueden perder sus puestos", sostuvo.

Las resoluciones

Las destituciones de los judiciales se resuelven en el Pleno de la Judicatura. Ocurre, por ejemplo, cuando un juez desconoce el Código de Procedimiento Penal y ordena la prisión de una persona por una infracción. Es decir un delito menor que no necesita la detención, explicó Jorge Ayala, presidente de la Asociación de Judiciales de Pichincha.

El ex juez Jaime Santos fue destituido el año pasado por aceptar una acción de protección que determinó la homologación salarial de los judiciales.

Dos judiciales separados

En Esmeraldas también hubo problemas. Según la Judicatura, el ex juez primero de Garantías Penales, Pedro Pablo Heredia, debió disponer la prisión preventiva en contra de un ciudadano procesado por presunto peculado.

En el expediente MOT-413-UCD-012-PRS, con el que se destituyó también al fiscal Ulises Rivadeneira, el Consejo transitorio aseguró que sí aplicaba la prisión.

El judicial destituido por el error inexcusable manifestó que la prisión preventiva es una medida excepcional que se ordena solo para garantizar la comparecencia del investigado.

Heredia dijo que en otros casos en que los jueces no emitieron prisión preventiva no han sido sancionados.

Tania Arias, vocal de la Judicatura de Transición, señaló que analizar la figura del error le compete al Legislativo, “porque está previsto en el Código Orgánico de la Función Judicial” y una reforma legal compete a los asambleístas.

Según Arias, la Judicatura ha sido estrictamente respetuosa del marco legal. "Nosotros hemos garantizado el derecho a la defensa de los servidores judiciales y, en todo caso, existen las garantías constitucionales y legales de reclamación".

La sanción tras un fallo

Resolvieron la homologación salarial y fueron destituidos. La II Sala Penal de la Corte Provincial ordenó al Consejo de la Judicatura de Transición equiparar los sueldos de todos los funcionarios judiciales del país.

El 29 de septiembre del 2012, la Federación Nacional de Judiciales (Fenaje) dio a conocer que la Sala, integrada por Alfredo Albuja, Jaime Santos y Mara Valdivieso, resolvió a favor de la acción de protección planteada por el gremio.

La sanción llegó el 17 de octubre, cuando el Pleno de la Judicatura de Transición destituyó a los magistrados.

Según la Judicatura, la demanda de la Fenaje se pudo resolver a través de “mecanismos judiciales ordinarios” y no mediante las garantías jurisdiccionales.

El error inexcusable también se aplicó en otros casos polémicos contra el Régimen. Mónica Flor Pazmiño, ex jueza XXIV de lo Civil de Pichincha, aceptó el juicio que presentó el Banco Cofiec, propiedad del Estado, en contra del argentino Gastón Duzac, para recuperar el préstamo de USD 800 000 otorgado sin las garantías necesarias.

La jueza fue destituida por el pleno del organismo transitorio, el 28 de septiembre del año pasado.

Las críticas en la sabatina

Dos días después del enlace sabatino del 12 de mayo del 2012, el Consejo de la Judicatura de Transición abrió un sumario administrativo en contra de nueve jueces de flagrancia.

Uno de ellos fue Santiago Coba. El 2 de octubre del 2010, él ordenó que tres altos oficiales investigados por la insubordinación policial se presentasen cada 15 días en su juzgado, por el supuesto intento de asesinato al presidente Correa.

El argumento que dio el Jefe de Estado era que los funcionarios liberaron a 2 479 personas de 4 643 detenidos en delito flagrante entre enero del 2011 y abril del 2012.

La jueza Tania Molina, nombrada en la sabatina, fue quien ordenó la prisión contra Rolando Tapia, ex jefe de la Escolta Legislativa, el 7 de octubre del 2010.

Además, sustituyó la prisión de 27 policías acusados de rebelión por actos del 30-S y ordenó la prisión de 13 personas por la rebelión en el cuartel policial.

Según el Mandatario, el 95% o el 97% de detenidos en flagrancia deben estar presos. Pero la OEA, en su informe del crimen, recomienda a los Estados que los índices de prisiones preventivas sean menores al 50% del total de casos.

(Publicado por El Comercio - Ecuador, 24 enero 2013)
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