Medición

Chile:TC acoge requerimiento de diputados y valida el uso del people meter online

En fallo de seis votos contra cuatro dice que artículo es inconstitucional.

jueves, 10 de janeiro de 2013


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Chile: TC acoge requerimiento de diputados y valida el uso del people meter online

El TC - Tribunal Constitucional acogió el requerimiento presentado por treinta diputados de la Alianza, y declaró inconstitucional el artículo N° 9 del proyecto de ley de televisión digital, que prohíbe a los canales de televisión contratar sistemas de medición de audiencias en línea, conocido como people meter online.

Esto significa que la norma -que sancionaba a quienes utilizaran este sistema de medición con amonestación hasta la suspensión de transmisiones por un plazo de siete días, además de multas que van desde 20 a 200 Unidades Tributarias Mensuales- deberá eliminarse del texto que se promulgue en el Congreso.

La decisión fue adoptada en un fallo dividido -de seis votos contra cuatro- por los ministros Raúl Bertelsen, Marcelo Venegas, Hernán Vodanovic, Marisol Peña e Iván Aróstica. El voto en contra fue de los ministros Francisco Fernández, Carlos Carmona, José Antonio Viera-Gallo y Gonzalo García.

Si bien el TC descartó que la prohibición del people meter fuera "un acto de censura" (a excepción de la ministra Peña) sino un ejercicio de detección de preferencias de televidentes, acogió planteamientos en cuanto a que se vulnera la autonomía de las sociedades de los grupos intermedios, el derecho a la igualdad ante la ley (porque se aplica sólo a los medios de comunicación televisiva), o el derecho de establecer, mantener y operar estaciones de televisión.

Así lo explicó el abogado Arturo Fermandois -que representó a los parlamentarios ante el TC- quien agregó que también se argumentó que el artículo infringe "el derecho a desarrollar actividades económicas que no se opongan a la moral, al orden público o la seguridad nacional".

"El Congreso va a tener que cuidarse de los instrumentos que selecciona. La preocupación por la calidad de la televisión es compartida, pero ello no se resuelve prohibiendo un sistema de medición. Hay otras medidas más proporcionadas y compatibles con la Constitución para mejorar la calidad de la TV como la actuación del Consejo Nacional de la Televisión por vía represiva, o como los fondos para promover programas de calidad", dijo Fermandois.

Los diputados sostenían que el instrumento de medición es "neutro, no intrínsecamente inmoral o contrario al orden público".

En contra

La minoría estimó que no se vulnera la autonomía de los grupos intermedios, no se afecta la igualdad y que la norma no establece una censura indirecta.

(Publicado por El Mercurio - Chile, 10 enero 2013)
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