Tribunales Municipales

Venezuela: El pueblo establecerá penas para delitos menos graves, dijo Luisa Estella Morales

A partir de la creación de los tribunales penales municipales el pueblo organizado establecerá las penas para los delitos menos graves. Así lo dice textualmente una nota de prensa emitida por el TSJ el fin de semana, que parafrasea declaraciones de la presidenta del Poder Judicial, Luisa Estella Morales, emitidas el sábado desde Yaracuy.

martes, 30 de outubro de 2012


Tribunales municipales

Venezuela: El pueblo establecerá penas para delitos menos graves, dijo Luisa Estella Morales

A partir de la creación de los tribunales penales municipales el pueblo organizado establecerá las penas para los delitos menos graves. Así lo dice textualmente una nota de prensa emitida por el TSJ el fin de semana, que parafrasea declaraciones de la presidenta del Poder Judicial, Luisa Estella Morales, emitidas el sábado desde Yaracuy.

La versión del máximo tribunal señala que en la nueva jurisdicción de la justicia penal municipal, creada en el decreto ley de reforma del Código Orgánico Procesal Penal (junio 2012), "el juez sentencia y el Consejo Comunal indicará cuál es el trabajo comunitario que debe hacer la persona para cumplir la pena impuesta por el juez".

El vicepresidente de la comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, José Javier Morales (PSUV), llamó a no malinterpretar las características de la justicia municipal. "No serán los consejos comunales los que van a juzgar a las personas, sino que una vez que el juez determine la comisión de una falta o de un delito menor este evaluará, junto con la comunidad, qué tipo servicio puede prestar para resarcirse. Por ejemplo, pintar una cancha, reparar unas luces de la casa comunal, etc.".

La abogada Magaly Vásquez, profesora de Derecho Penal en la UCAB, precisó que la reforma recién aprobada establece que las personas que cometan delitos cuyas penas son menores a ocho años de prisión cumplan por lo menos dos condiciones: reparación a la víctima y prestación de un servicio a través de alguno de los programas sociales del Gobierno o trabajo comunitario.

El diputado Morales explica que el mecanismo sería el siguiente: el juez municipal confirma la comisión del delito y fija un período para que el imputado repare el daño; el consejo comunal le sugiere en cuáles tareas podría ayudar a la comunidad. Luego, el juez se asegura de que en la medida exista proporcionalidad y se garanticen los derechos humanos del imputado, y nombra a un representante del consejo comunal o la organización análoga para que verifique el cumplimiento de la sanción. El representante escogido le reporta periódicamente al juez sobre el cumplimiento del imputado. "Si el imputado cumple con las condiciones que ordenó el juez, no será condenado y se ordena la extinción del proceso", precisó Vásquez.

José Javier Morales descartó que exista un solapamiento entre la justicia penal municipal y la justicia de paz comunal. "Cada uno tiene sus funciones delimitadas. Los jueces de paz tienen sus competencias en su ley. Los jueces municipales tendrán sus competencias plenamente delimitadas una vez que el TSJ emita la correspondiente resolución, que acogerá las faltas y delitos menores tipificados en el COPP y otras leyes", dijo.

Delitos ¿menores?

Los artículos del COPP reformados por el presidente Hugo Chávez por vía Habilitante y que entrarán en vigencia en enero de 2013 considerarán delitos menores aquellos cuya pena no supere los ocho años de prisión.

La fiscal Luisa Ortega Díaz dijo en junio pasado que el juez municipal conocería de 683 tipos de delitos, de los cuales 246 están incluidos en el COPP y el resto dispersos en otras leyes.

Entre los delitos cuyas penas son menores a ocho años de prisión están el homicidio culposo, hurto, estafa, lesiones graves, apropiación indebida, actos lascivos, lesiones gravísimas y graves, simulación de hecho punible y privación ilegítima de libertad.

Magaly Vásquez, especialista en Derecho Penal y Procesal, afirma que la reforma amplió demasiado el concepto de delito menor. "El código vigente considera delitos menores los que no superan cuatro años de cárcel".

El diputado José Javier Morales (PSUV) explicó que la reforma busca descongestionar los tribunales y atacar disputas menores que, por no ser resueltas a tiempo, desembocan en hechos violentos.

(Publicado por El Nacional - Venezuela, 30 octubre 2012)
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