Sentencia

Panamá: Condenan a los periodistas Chéry y Aparicio a pagar $20 mil

El dictamen, con la ponencia del magistrado Carlos Raúl Trujillo, confirmó una sentencia dictada por el Juzgado Decimosegundo civil en mayo de 2009.

jueves, 13 de setembro de 2012


Sentencia

Panamá: Condenan a los periodistas Chéry y Aparicio a pagar $20 mil

Los periodistas Jean Marcel Chéry, Gustavo Aparicio y la editora Panamá América, S. A. fueron condenados, en fallo de segunda instancia en la esfera civil, al pago de $20 mil a raíz de una demanda interpuesta en 2005 por el entonces magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Winston Spadafora.

El dictamen, con la ponencia del magistrado Carlos Raúl Trujillo, confirmó una sentencia dictada por el Juzgado Decimosegundo civil en mayo de 2009.

Santiago Fascetto, director general del Grupo Epasa, catalogó el fallo como una agresión contra la libertad de prensa.

Mientras, Chéry –actual director del diario El Siglo– consideró la sentencia como absurda.

Fallo en Primera Instancia

El Primer Tribunal Superior de Justicia responsabilizó civilmente a la Editora Panamá América S.A. (Epasa) por los perjuicios y daños morales causados al entonces ministro de Gobierno y Justicia Winston Spadafora, a raíz de la publicación de una noticia en 2001 sobre la construcción de una carretera, con supuestos fondos del Estado, que daba acceso a una finca propiedad del exfuncionario en La Chorrera.

Así consta en el fallo del 5 de septiembre pasado, que tuvo como ponente al magistrado Carlos Trujillo en el que se modificó en parte una sentencia de primera instancia que calculaba en $20 mil la indemnización en favor de Spadafora.

En fallo de primera instancia, el Juzgado Decimosegundo Civil había condenado solamente a los periodistas Marcel Chéry y Gustavo Aparicio, quienes firmaron la noticia, al pago de los $20 mil y adicionalmente acreditada parcialmente la prescripción de la acción con relación a la responsabilidad civil de Epasa.

Trujillo declaró no probada la prescripción, debido a que tal como señala el artículo 1645 del Código Civil "la persona jurídica (empresa) es solidariamente responsable de los perjuicios causados por sus dependientes en el ejercicio de sus funciones".

En la noticia difundida en el Panamá América se aportaron fotos y los contratos de construcción de la carretera, hecha supuestamente con dinero del Fondo de Inversión Social (FIS) durante el gobierno de Mireya Moscoso. Indicaba el escrito que la obra beneficiaba a dos propiedades, una de Spadafora y la otra del entonces contralor de la República Alvin Weeden.

'Fallo penal es prueba'

Los abogados defensores alegaron que el fallo condenatorio por el delito de injuria, dictado en 2003 por el Juzgado Decimocuarto Pena, contra Aparicio y Chéry no podía ser tomado en cuenta para una sentencia civil, sino que Spadafora debía demostrar los daños causados y la magnitud de los mismos.

Sin embargo, Trujillo consideró que dicha sentencia penal reforzaba la demanda civil interpuesta por Spadafora en 2005, que exigía $2 millones.

El fallo civil establece además el pago de $5 mil por costos legales a los abogados de Spadafora. Adicional ordena la publicación de un extracto de esta sentencia y de la condena penal en los diarios de Epasa.

En sus conclusiones, Trujillo consideró adecuada la indemnización de $20 mil tras evaluar la situación económica de los periodistas y la de Spadafora, que en ese momento era ministro de Gobierno y Justicia "y a pesar de la publicación, luego fue designado magistrado de la Corte Suprema".

Reacciones

Chéry, actualmente director del diario El Siglo, catalogó la condena como "un absurda e injusta", "porque lo único que hicimos fue publicar los hechos, que se pueden probar".

"Lo que pasa es que hay casos en que la verdad ofende, y este es uno de ellos", añadió.

Indicó que la firma de abogados Arias & Fábrega, que aún representa a Epasa en algunos casos, se encargará de responder en la parte legal de este proceso.

Aparicio, que actualmente es periodista de este diario, manifestó que "son las contradicciones de nuestro sistema de justicia".

Añadió que "por un lado me condenan en un proceso penal, me absuelven en otra denuncia penal en la que los propios acusadores pidieron mi sobreseimiento y ahora se ratifica la demanda civil en nuestra contra, a pesar de que los denunciantes saben que mi participación se limitó a informar sobre la versión de Spadafora".

Según Aparicio, "es a este tipo de situaciones a las que nos vemos sometidos los periodistas, que estamos en desventaja siempre frente a los que ostentan el poder".

Jaime Abad, abogado de Spadafora, dijo que aún no ha sido notificado del fallo, por lo que debe analizar el contenido de la sentencia para decidir las próximas acciones legales.

Santiago Fascetto, director general del Grupo Epasa, consideró que este fallo constituye una agresión contra la libertad de prensa en el país y que es un "castigo a la divulgación de la verdad".

El directivo sostuvo además que este dictamen envía un mensaje intimidatorio a otros medios de comunicación social, lo que a su juicio hace más preocupante este tipo de fallos.

Añadió que la empresa periodística que representa se solidariza con Chéry y Aparicio, si bien ambos comunicadores ya no laboran en esa corporación editorial.

Alvin Weeden, contralor de la República al momento que se publicó la información, dijo haber preferido no demandar aunque se vio afectado por la publicación, porque considera que esa no era la vía para esclarecer los hechos.

"Nunca he sido partidario de demandar o querellar a periodistas; por eso no actué legalmente en este caso", destacó.

(Publicado por La Prensa - Nicaragua, 13 septiembre 2012)
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