Extradición
Guatemala: CC deniega amparo a la defensa del expresidente Alfonso Portillo
En forma unánime la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió denegar, por improcedente, la acción de amparo planteada por la defensa del expresidente Alfonso Portillo, y confirma de esa manera la entrega de este a EE. UU., que lo requiere por conspiración por lavado de dinero de US$70 millones.
De manera sorpresiva los magistrados fueron convocados ayer por la mañana para que entraran a conocer la ponencia presentada por el presidente de la CC, Mauro Chacón. Se filtró que la posición de este magistrado era favorable al expresidente, pero el contenido de la ponencia fue modificado ayer por el pleno antes de que se diera a conocer públicamente.
La resolución fue dada a conocer a eso de las 16.30 horas, una hora después de haber citado a a una conferencia de prensa.
En ese momento Chacón dijo sin preámbulos que, para evitar más distractores y especulaciones, se había entrado a conocer el caso después de varios días de análisis minucioso.
"La decisión se tomó por unanimidad, y no hay una sola opinión encontrada. Por el contrario, se guardó la armonía que ha caracterizado a la actual Corte, y se declaró la denegatoria, por improcedente, del amparo solicitado por el expresidente Alfonso Portillo contra el presidente —Álvaro Colom, quien autorizó su entrega a Estados Unidos—".
Colom cumplió
Chacón explicó que el argumento para la denegatoria es que Colom no causó ningún agravio al momento de autorizar la entrega de Portillo por medio del acuerdo gubernativo 422-2011, del 16 de noviembre de ese año, porque cumplió a cabalidad con el procedimiento administrativo.
Al mismo tiempo subrayó que la Procuraduría de los Derechos Humanos sigue siendo "vigilante y garante" de los derechos fundamentales del exgobernante Portillo, tal y como quedó establecido en el fallo del 26 de agosto del 2011, emitido por la misma corte.
La magistrada Gloria Porras explicó que en este caso hay dos etapas, una judicial, que ya fue resuelta tanto por el Tribunal Quinto de Sentencia Penal como por la Sala Primera de Apelaciones, y la administrativa, que fue resuelta por el entonces presidente Colom.
Segundo revés
Porras indicó que en dos ocasiones la CC ha conocido el expediente de Portillo. En la primera planteó su acción en torno a si el gobierno estadounidense tenía reserva en el Tratado de Extradición, y en esa ocasión la Corte resolvió que esta no existe.
En el actual caso Portillo planteó cinco reclamos, entre estos que Colom dictó el acuerdo por medio del que se autorizó la extradición, lo cual, precisó, es facultad del presidente de la República de turno.
"Entonces no encontramos que exista agravio que pueda ser reparado por medio del amparo", aseveró la magistrada.
El segundo argumento del interponente es que no fue notificado el procurador de los Derechos Humanos de ese entonces, Sergio Morales. Al respecto Porras sostuvo que cuando se emitió el fallo, en agosto del año pasado, envió una certificación.
"De tal manera que desde que se emite la sentencia él —Morales— está enterado de la misma, y posteriormente él argumenta que no fue notificado de la resolución, pero no es función del presidente —de la República— notificarle", explicó la magistrada.
Porras aclaró que esa acción —de notificarle a la PDH— le corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores cuando se ejecute la extradición, con el objetivo de que verifique que no se violen los derechos fundamentales del exmandatario.
"Entonces los agravios que él presenta ante la Corte no tienen ningún sustento, y por esa razón el amparo ha sido denegado", sostuvo la magistrada.
Fallo
En la resolución firmada por los magistrados Roberto Molina Barreto, Héctor Hugo Pérez, María de los Ángeles Araujo, así como Chacón y Porras, se lee: "Esta Corte concluye que el presidente —Álvaro Colom—, previo a emitir el Acuerdo Gubernativo que contiene la decisión de entrega del ciudadano Alfonso Portillo Cabrera, cumplió con lo resuelto en la sentencia emitida por este Tribunal el 26 de agosto de 2011 en el expediente 1566-2011; y como consecuencia, el agravio que señala el amparista es inexistente".
Al mismo tiempo deja especificado que el procurador deberá vigilar el cumplimiento de la condición prevista en dicha sentencia y deberá informar al Congreso y a la Presidencia.
Convenio
El documento también señala que por medio de una nota diplomática el Gobierno de Estados Unidos sostiene que si Portillo fuere condenado en aquel país puede solicitar cumplir la condena en Guatemala, tomando en cuenta que ambos países son suscriptores de la Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, que entró en vigor en esa nación el 24 de junio del 2001.
Además, el exmandatario no podrá ser extraditado a un tercer país sin el consentimiento de las autoridades guatemaltecas.
Cabe mencionar que en la misma nota diplomática, cuyas partes del texto fueron incluidas en el fallo, el gobierno norteamericano garantiza que Portillo será entregado a Guatemala al cumplir su condena o al ser absuelto.
Sentencia anterior
En esa ocasión, la Corte advirtió de que antes de la extradición, la persona solicitada —Portillo— ya era objeto de persecución penal en el país, razón por la cual su entrega al Estado solicitante —EE. UU.— deberá quedar aplazada hasta cuando haya concluido en definitiva su juzgamiento y, si fuere el caso, la totalidad de la pena.
También refiere la Corte que el Estado de Guatemala debe condicionar la entrega del ciudadano guatemalteco y le otorgue al extraditado las garantías reconocidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en particular a la vida, integridad física, psíquica y moral; no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
También que se le provea de un defensor eficiente en la causa y que se le separe de personas condenadas mientras esta no sea su condición.
El Gobierno de Guatemala debe pedir a EE. UU. la posibilidad de que, en caso de condena, el procesado pueda cumplir la pena en el país.
En caso de ser absuelto o de que haya cumplido condena, solicitar que retorne a Guatemala sin ser extraditado a terceros países. En tal caso, cualquier otro país que reclame al exmandatario deberá hacerlo por los conductos adecuados.
Recursos pendientes
Gabriel Orellana, defensor del expresidente Alfonso Portillo en el caso de su extradición a EE. UU., afirmó que están pendientes de resolución recursos en el país norteamericano que podrían permitir que el exmandatario permanezca en Guatemala.
"Tenemos acciones en Estados Unidos que están en trámite y están por resolverse... así que todavía hay caminos por recorrer, y en este momento lo más idóneo es estudiar cuidadosamente la situación en Guatemala y en
EE. UU.", expresó el profesional.
El abogado evitó adelantar qué acciones tomarán en Guatemala para evitar que Portillo sea entregado a la justicia estadounidense.
Orellana no descartó que, por existir acciones en el ámbito internacional, lo más adecuado sería no hacerlo en el país.
También consideró incierto el tiempo en que el exgobernante sería entregado a las autoridades estadounidenses, ya en que el proceso por peculado la sentencia aún no está firme y donde fue absuelto por el desfalco de Q120 millones provenientes del Ministerio de la Defensa Nacional.
El abogado agregó que el Departamento de Estado de EE. UU. ha entregado a la Corte documentos que había negado, los cuales son analizados para determinar las acciones que proceden.
Como consecuencia de ello, aseveró, se podría, eventualmente, proceder contra el exembajador de EE. UU. en Guatemala Stephen McFarland.
Otro de los argumentos es que mientras el exmandatario permanezca en prisión en el país se mantiene vigente en EE. UU. un habeas corpus, donde alegan detención ilegal.
Sentencia en corto
Agravios que supuestamente cometió Álvaro Colom, según Alfonso Portillo.
Requisitos de extradición que no fueron cumplidos al autorizar la entrega.
La Corte resolvió que sí se observaron los procedimientos judiciales y administrativos.
Incumplió requisitos de la sentencia emitida por la Corte. La CC indicó que no le correspondía a la Presidencia dar notificación a la PDH.
Negativa e infundada. El exmandatario considera que ambas circunstancias violan sus derechos. La Corte sostiene que con ello no se lesiona al amparista.
Portillo expuso que hubo una publicación en otros medios antes del diario oficial. La CC señala que no es obligatoria la publicación en ese diario.
Principales hechos judiciales
El expresidente Alfonso Portillo no podrá ser extraditado hasta que termine en el país el proceso por el fraude de Q120 millones.
10/5/11 - Fallo absolutorio
El Tribunal Undécimo Penal lo absuelve de peculado en el desfalco de Q120 millones.
31/5/11 - Apelación
El MP y la Cicig apelaron el fallo absolutorio. La Sala Tercera aún no ha resuelto el recurso.
Escenarios
La Sala Tercera Penal puede confirmar la sentencia u ordenar un nuevo juicio.
pendiente
Otros recursos
También se puede recurrir a la casación y, en última instancia, al amparo.
(Publicado por Prensa Libre - Guatemala