Banca

España: El Gobierno cambia la ley para intervenir bancos de forma urgente

Un real decreto otorga más poderes al fondo de rescate.

jueves, 23 de agosto de 2012


Banca

España: Gobierno cambia la ley para intervenir bancos de forma urgente

Otra reforma financiera. El Ejecutivo está a punto de alumbrar una nueva normativa con la que intentar resolver el desastre bancario que ha llevado a España a pedir auxilio financiero a los socios de la Eurozona para inyectar recursos al sector y, como derivada, la necesidad de una suerte de rescate blando para el Estado en sí. Para evitar más fiascos como el de Bankia, de la CAM y otras, el Gobierno prevé que el Banco de España pueda intervenir de urgencia en entidades que cumplan las normas si perciben debilidades, incluso cuando se crea que pueden salir adelante sin ayudas públicas.

El decreto ley que ha diseñado el Gobierno prevé la "intervención temprana" de entidades que, aunque cumplan con los requisitos de solvencia o liquidez, presenten "elementos objetivos" conforme a los cuales "resulte razonablemente previsible" que no pueda seguir cumpliéndolos. Así consta en el borrador del decreto ley de reestructuración y resolución ordenada de entidades de crédito, sujeto a cambios, al que ha tenido acceso este diario y que el Consejo de Ministros prevé aprobar este viernes. La "intervención temprana" de entidades permite al Banco de España un amplio abanico de medidas: desde exigir a la entidad planes de actuación en el plazo de 10 días para garantizar su viabilidad, hasta acuerdos de reestructuración de sus deudas con los acreedores e incluso el cese de los gestores.

Después de cuatro reformas financieras en tres años, de la caída de ocho entidades (intervenidas o nacionalizadas) y de más de 100.000 millones de euros públicos movilizados, el Ejecutivo prepara una normativa con la que intenta evitar cuanto antes fiascos financieros como los ocurridos y asegurar que el contribuyente engulla el mínimo coste posible. Sigue, en definitiva, el dictado de Europa, que estableció duras condiciones en el Memorando de Entendimiento (MoU) firmado en julio para el rescate de parte de la banca española.

Esta última reforma busca una anticipación a los problemas, después de las duras críticas que ha despertado el papel del Banco de España a lo largo de esta crisis financiera, cuyas labores de supervisión fracasaron a la hora de evitar la crisis.

Desde el banco central, siempre se defendió que las competencias de las que disponía no le permitían ir más allá. "Se actuó con poca decisión o de modo insuficiente o inadecuado", admitió, no obstante, el pasado julio el nuevo gobernador del Banco de España, Luis Linde, ante el Congreso de los Diputados. Así que el borrador del decreto crea ahora los instrumentos para que el organismo público actúe con más firmeza. Podrá también requerir "con carácter excepcional" las medidas de recapitalización previstas para las entidades intervenidas, pero en este caso el banco tendrá que devolver las ayudas en un plazo de dos años, mientras que las entidades rescatadas tienen de cinco a siete años.

La idea de intervención temprana avanza varios años las normas que se aplicarán en toda Europa. El Banco de España tendrá que informar de cada paso al fondo de rescate bancario español (el FROB), que dará el visto bueno definitivo al plan de actuación de la entidad y recibirá informes trimestrales del grado de cumplimiento del mismo.

El papel del FROB en el nuevo esquema

Si el Banco de España se encarga de esta primera fase, cuando las entidades pueden no necesitar aún siquiera las ayudas públicas, el FROB se hace cargo de las dos más problemáticas: de la reestructuración y de la "resolución ordenada" de entidades.

Dentro del FROB, el Gobierno también gana grandes dosis de poder, ya que la comisión rectora del mismo cambia de configuración: ahora estará formada por cinco miembros en representación del Ejecutivo y cuatro designados por el Banco de España, mientras que hasta ahora estaba formado por dos miembros por parte del Ministerio de Economía, cuatro a propuesta del Banco de España y tres en representación del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) de las entidades de crédito. El decreto cumple también con los requisitos europeos al separar al FROB del FGD, que se nutre de las aportaciones del sector financiero. El MoU exige un cambio de normativa para "evitar potenciales conflictos de intereses" y asegurarse de que a partir de 2013 "ya no habrá banqueros en activo en los órganos de gobierno del FROB".

Ayuda garantizada a la gran banca

Los poderes concedidos al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria para determinar cuándo debe proceder a liquidar una entidad en apuros tiene una sonora excepción: los bancos que, por su dimensión, pueden arrastrar al resto de sector financiero en su caída, los conocidos como bancos sistémicos.

El borrador del real decreto ley, aún sujeto a cambios, es muy concluyente al especificar cuándo se puede rescatar a un banco y cuándo hay que dejarlo caer: se dará apoyo público a una entidad que no pueda cumplir con las exigencias de liquidez y solvencia "por sus propios medios", cuando existan "elementos objetivos que hacen razonablemente previsible que dicho apoyo será reembolsado o recuperado en los plazos previstos". A continuación, la excepción: "se podrá prever la reestructuración [la concesión de ayuda pública] de una entidad de crédito sin la presencia de los elementos objetivos anteriores cuando se trate de una entidad cuya resolución ordenada produciría efectos gravemente perjudiciales para la estabilidad del sistema financiero en su conjunto".

El Consejo de Estabilidad Financiera, que depende del G-20, determinó que el Santander era un banco sistémico global, una lista en la que el BBVA puede entrar en futuras revisiones. En otoño, el Consejo fijará criterios para definir bancos sistémicos a escala nacional, una categoría en las que los expertos incluyen, al menos, a La Caixa y Bankia.

(Publicado por El País - España, 23 agosto 2012)
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