Asilo
Ecuador: El país con más refugiados, 56.000 extranjeros
La Cancillería de Ecuador, el país latinoamericano con mayor número de refugiados, anunció la adopción de "filtros de seguridad" para detectar peticiones fraudulentas de asilo.
En un comunicado, el Ministerio reconoció la existencia "de solicitudes infundadas, abusivas e ilegítimas", y citó el caso de un ciudadano cubano, identificado con las siglas "J.C.d.L.H.", quien pretendía renovar una visa "adulterada", por lo que fue condenado a un año de prisión.
En Ecuador hay casi 56 mil personas con estatus de refugiado, de las cuales más del 98 % son colombianos que han huido de la violencia en su país.
Cada mes cruzan la frontera entre 1,300 y 1,500, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
Buscan evitar 'abusos'
La Cancillería ecuatoriana constató el aumento del flujo en los dos últimos años, compuesto por "solicitantes legítimos con un fundado temor de persecución" y por extranjeros "que utilizan argumentos falsos para ser calificados", según explicó. [
El ministerio dijo que cuando los filtros de seguridad apunten a irregularidades comprobadas dará parte a la Policía para procesar a los culpables.
El embajador ecuatoriano en Bogotá, Raúl Vallejo, había anunciado el 20 de junio, con motivo del Día Mundial del Refugiado, que su país estudiaría de forma más exhaustiva las solicitudes de asilo de los colombianos para "evitar el abuso".
"No todas las personas que piden refugio están con su vida en peligro o desplazándose por amenazas o por persecución, muchas veces se trata de migración económica simplemente. Eso es otro tratamiento", apuntó el diplomático entonces.
Leyes en vigencia que amparan el refugio
- Decreto Nº 1.182 de 2012 - Reglamento para la aplicación del derecho de refugio. (Presione aquí)
- Decreto Nº 1.635 de 2009 . (Presione aquí)
- Decreto N° 3.301 de 06/05/1992 -Reglamento para la aplicación en el Ecuador de las normas contenidas en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo de 1967. (Presione aqui)
- Decreto N° 3.293 de 1987 - Reglamento para la aplicación en el Ecuador de las normas contenidas en la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967
- Resolución No.005 del Consejo Consultivo de Política Migratoria
- Acuerdo Ministerial N° 455 del Ministerio de Educación (2006)
- Plan Operativo del Ecuador de Derechos Humanos de 1999 a 2003. Capítulo de Derechos Humanos de los Extranjeros, Migrantes y Refugiados. (Presione aqui)
- Política del Ecuador en materia de refugio.