Usucapión
Paraguay: Corte analiza pedido para anular fallo que favoreció a Campos Morombí
Los ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema analizarán un pedido de la Procuraduría General para anular el fallo judicial mediante el cual se hizo lugar a la usucapión de 2.000 hectáreas en Curuguaty a favor de Campos Morombí y en contra del Estado paraguayo.
El expediente está caratulado “Estado paraguayo contra Campos Morombí y La Industrial Paraguaya, sobre acción autónoma de nulidad, año 2009” y será analizado por los ministros Raúl Torres Kirmser, Óscar Bajac y César Garay.
Los antecedentes revelan que el entonces procurador general de la República, abogado Enrique García, presentó una acción autónoma de nulidad, el 1 de diciembre de 2009, ante el juzgado en lo civil de Asunción, del noveno turno.
García solicitó la nulidad del fallo del juez de Curuguaty, que hizo lugar a la usucapión solicitada por Campos Morombí, y también de la resolución del Tribunal de Apelaciones.
El abogado Manuel Riera Escudero, en representación de La Industrial Paraguaya, el 3 de junio de 2010, se allanó a la pretensión del Estado y señaló que el área descrita en la demanda por Campos Morombí, cuya usucapión pretendía, de acuerdo a los linderos, coordenadas, rumbos y distancias señalados, correspondía a una fracción de 2.000 hectáreas donadas por La Industrial al Estado en 1967, para asiento del cuartel militar en la zona de la Armada Nacional. La misma está ubicada en el distrito de Curuguaty y debía ser desprendida de la finca número 30 de Hernandarias, propiedad de La Industrial.
El abogado Víctor Peña Gamba se presentó en representación de Campos Morombí y opuso excepción de falta de acción. El letrado señaló que la Procuraduría no puede alegar indefensión, atendiendo que apeló la sentencia del juez de Curuguaty.
Por Auto Interlocutorio N° 532 del 6 de mayo de 2011, el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comerical del Noveno Turno rechazó con costas la excepción de falta de acción opuesta por Campos Morombí y tampoco hizo lugar a la excepción de cosa juzgada.
El abogado Peña Gamba apeló la resolución y fundamentó su postura el 9 de diciembre de 2011.
Por Auto Interlocutorio N° 173 del 30 de marzo de 2012, el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda Sala, resolvió tener por desistido el recurso de apelación y nulidad y revocó con costas la decisión del juez. En consecuencia hizo lugar a la excepción de falta de acción que opuso la firma Campos Morombí.
La Procuraduría, el 18 de mayo de 2012, interpuso recurso de apelación y ahora el expediente está en la Corte.
Donación al Estado
- "El Estado paraguayo, a quien represento, ha sido beneficiado con una donación de 2.000 Ha. de propiedad de La Industrial Paraguaya SA, ubicada en el departamento de Canindeyú, distrito de Curuguaty, en el lugar denominado Ybyrá Pytá, que fue aceptada por Decreto Nº 29366/67 e incluso declarada de interés social; el Poder Ejecutivo dispuso, por Decreto Nº 3532 del 4 de octubre de 2004, destinar para los fines del Estatuto Agrario", señala la acción que había presentado el entonces procurador García.
- Ahora, la Corte resolverá si hace lugar a la postura de la Procuraduría o ratifica el fallo por el cual se había hecho lugar a la usucapión promovida por la firma Campos Morombí.
Informe del Colegio de Abogados
La firma Campos Morombí SA presentó el resultado del examen de legalidad, solicitado al Colegio de Abogados, sobre el juicio de usucapión promovido por la empresa privada sobre las 1.748 hectáreas de Curuguaty, donde se produjo la masacre de policías y campesinos. El colegiado concluye que dichas tierras son de Campos Morombí SA.
A través de su representante legal, el abogado Víctor Peña Gamba, la firma Campos Morombí SA (de la familia Riquelme) presentó las conclusiones del examen de legalidad solicitado al Colegio de Abogados del Paraguay sobre el juicio de usucapión sobre 1.748 hectáreas en Curuguaty, en el lugar conocido como "Marino Cue". Recordemos que en este lugar, el pasado 15 de junio se produjo una verdadera tragedia con el enfrentamiento entre campesinos y policías con un saldo de 17 muertos.
Para Peña Gamba, este caso representa la primera usucapión ambiental en el Paraguay, ya que el único objetivo del juicio es convertir el área en litigio en una reserva natural a perpetuidad.
Añadió que el proceso judicial promovido por Campos Morombí SA en contra de La Industrial Paraguaya SA (propietaria original de dichas tierras) ya concluyó hace siete años y para evitar comentarios erróneos al respecto, se solicitó el análisis del Colegio de Abogados.
Conclusiones
Una vez revisada toda la documentación obrante en este caso, el Colegio de Abogados concluyó que como consecuencia lógica y jurídica del juicio de usucapión ambiental con fines de conservación, en el que el Estado paraguayo ha tomado intervención, "la sentencia recaída en el mismo hace cosa juzgada respecto a la propiedad del inmueble. La propietaria actual del inmueble es la firma Campos Morombí SA".
El colegiado sostiene, además, que en un Estado de Derecho la sentencia recaída es ley entre las partes intervinientes en la contienda, en los límites de la controversia decidida, y es vinculante en todo proceso futuro, a menos que haya recursos o la ley expresamente lo permita.
El Estado utilizó el recurso, pero desistió de él y la vía de la acción autónoma solo es admisible para terceros que no tuvieron intervención en el primer juicio. En el primer juicio el Estado participó y, consecuentemente, ni es tercero ni estuvo en indefensión, sostiene el Colegio de Abogados.
No existe ningún dispositivo de rango legal que expresamente disponga la revisión de la cosa juzgada, que es inmutable y supone la preclusión de los recursos y de reabrir un proceso futuro sobre el mismo objeto, el Poder Judicial no podría arrogarse facultades legislativas, realizando una actividad extralegal, porque toda autoridad usurpada es ineficaz y nula, sostiene la conclusión del colegiado.
"Las pretensiones esbozadas por la Procuraduría General de la República y el Indert soslayan a los efectos de la cosa juzgada y ello afecta seriamente la vigencia del Estado de Derecho en la República", señala el documento del Colegio de Abogados, firmado por su presidente, el doctor Óscar Paciello.
(Publicado por El Diario ABC – Paraguay, 14 agosto 2012)
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