Ley

Bolivia: Evo promulga leyes de seguridad que endurecen y crean sanciones

La Ley Integral de Trata y Tráfico de Personas y del Sistema de Seguridad Ciudadana crean nuevos tipos penales y endurecen las sanciones a los delitos contra personas.

miércoles, 1º de agosto de 2012

Ley

Bolivia: Evo promulga leyes de seguridad que endurecen y crean sanciones

El presidente Evo Morales promulgó anoche dos leyes que buscan fortalecer la seguridad ciudadana en el país. La Ley Integral de Trata y Tráfico de Personas y del Sistema de Seguridad Ciudadana crean nuevos tipos penales y endurecen las sanciones a los delitos contra personas.

El acto de promulgación se realizó en el pasillo del Palacio de Gobierno en presencia del vicepresidente Álvaro García; el ministro de Gobierno, Carlos Romero; el ministro de Defensa, Rubén Saavedra, además de la fiscal de Distrito de La Paz, Betty Yañíquez.

"Estamos incorporando (en la Ley de Trata) nuevos delitos, nuevos tipos penales como es el de la revelación de la identidad de las víctimas, de los testigos, de los denunciantes y estamos incorporando un nuevo tipo penal, que es la violación sexual comercial", explicó la presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado.

Además se establece la incorporación de los agentes encubiertos y también la posibilidad de interceptar llamadas y grabar llamadas telefónicas, cuando existan indicios y previa autorización judicial. “Se aumentan las penas en caso de que se ocasione la muerte de la víctima, la pena máxima es de 30 años de cárcel”.

El ministro de Gobierno, Carlos Romero, explicó que la nueva Ley de Seguridad Ciudadana tiene un enfoque de protección a los derechos humanos. "Esta ley también contempla medidas tales como profundizar el proceso de desconcentración de la Policía, bajo un nuevo concepto del fortalecimiento de la Policía Comunitaria".

En esa línea, Romero explicó que habrá una mayor penalización contra delitos que atenten contra la integridad física contra las personas, entre ellos ejemplificó las violaciones, agresiones y el homicidio.

La norma modifica el Código Penal y sanciona con reclusión de 3 a 5 años la evasión o fuga de quien se encuentre legalmente detenido o condenado, según sus disposiciones finales. “Si la fuga se realiza con violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas, la sanción será de reclusión de 5 a 8 años”. También endurece las medidas sustitutivas en caso de que el detenido prepare su fuga, entre otras actividades ilegales.

Con esta ley se reforma el artículo 261 del Código Penal y se sanciona con cárcel “de 5 a 8 años y la inhabilitación para conducir de forma definitiva” si es que el conductor que provoca un accidente de tránsito está ebrio. También se crea el patrullaje aéreo.

Ley de Seguridad

Centro carcelarios

La normativa dice que busca restringir las llamadas telefónicas dentro de cárceles y se utilice sólo cabinas para los internos.

Espacio publicitario

El Ministerio de Comunicación regulará los horarios de emisión de programas, cuyo contenido tenga violencia explícita (Art. 69).

Dotación de armas

El Gobierno, a través del Ministerio de Gobierno, dotará de armamento, munición y equipo de protección individual a los recursos humanos de la Policía (Art. 46).

Moderno monitoreo

El Ministerio de Gobierno y las entidades territoriales autónomas dotarán a la Policía de sistemas de monitoreo y vigilancia electrónica para el control y prevención.

Ley de Trata

Sanciones

Será sancionado con privación de libertad de diez (10) a quince (15) años quien por cualquier medio de engaño, intimidación entre otros o por tercera persona, realizare, favoreciere la captación, traslado o recepción de personas dentro o fuera del territorio (Art. 281).

Código Penal

Se modifican los artículos 178, 281 bis, 321, 321 bis y 323 bis del Código Penal (Art. 34).

Omisión de denuncia

El servidor o servidora pública que en razón de su cargo, teniendo la obligación de promover la denuncia de delitos y delincuentes, dejare de hacerlo, recibirá una pena privativa de libertad de uno (1) a tres (3) años (Art. 178).

Bs 2.800 millones para seguridad

El ministro de Gobierno, Carlos Romero, informó que con la Ley de Sistema de Seguridad Ciudadana se duplican y hasta triplican los recursos económicos destinados al tema. Dijo que a los 2.200 millones de bolivianos que destina el Gobierno Nacional a la seguridad ciudadana, ahora se suman otros 600 millones de bolivianos que aportarán los gobiernos departamentales y municipales.

"Los recursos económicos están previstos en esta ley, por tanto se prevé una asignación del 10% del IDH (Impuesto Directo a los Hidrocarburos) que se transfiere a gobernaciones y municipios para cubrir estas tareas de seguridad ciudadana. Esto ya se ha consensuado en la cumbre de Cochabamba", señaló el ministro Romero.

Explicó que ese dinero será destinado al fortalecimiento tecnológico y de estructura para luchar contra la inseguridad. Los municipios con población menor a los 50 mil habitantes aportarán 5% de sus recursos del IDH y los que superen los 50 mil habitantes destinarán 10% del IDH.

El viceministro de Seguridad Ciudadana, Henry Baldelomar, anunció que “luego de la promulgación de la ley se comenzará a trabajar y concretar la creación del Servicio Aéreo Policial, inicialmente en la ciudad de Santa Cruz”. Será la primera vez que se ejerza en Bolivia el control policial por aire y para ello se comprarán helicópteros, inicialmente en las ciudades de Santa Cruz, La Paz, Cochabamba y El Alto.

Se grabarán llamadas telefónicas

La titular de la Cámara Baja, Rebeca Delgado, aseguró que la Ley Integral de Trata y Tráfico de Personas establece la incorporación de los agentes encubiertos y también la posibilidad de interceptar y grabar llamadas telefónicas. Delgado aclaró que estas grabaciones se podrán dar “obviamente cuando existe en este caso indicios y previa autorización judicial”.

"La o el fiscal de materia podrá solicitar a la autoridad jurisdiccional competente la intercepción y grabación de llamadas telefónicas, de manera fundada, cuando existan serios indicios de la participación de una persona en asociaciones u organizaciones delictivas, en los hechos delictivos relacionados con los delitos de trata y tráfico de personas", dice el artículo 41 de la Ley Integral de Trata.

El ministro de Gobierno, Carlos Romero, dijo por su lado que uno de los objetivos de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana es contrarrestar las llamadas telefónicas de aquellos reos relacionados con la delincuencia organizada, secuestro, extorsión o amenazas.

"Se dispone a través de esta ley la instalación de cabinas telefónicas, la prohibición del uso de celulares y los mecanismos técnicos para el bloqueo de las comunicaciones por celular, de tal manera que las cabinas telefónicas cumplan la labor de comunicación social que requiere el interno y no el celular, que muchas veces sirve para dirigir el delito desde el propio recinto penitenciario", explicó.


(Publicado por La Razón - Bolivia, 1 agosto 2012)
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