Penas
Colombia: La Corte Suprema de Justicia frena la feria de rebajas de penas
Un fallo de la Corte Suprema pone fin a escándalos como el del ingeniero mecánico Javier Giovanni Ceballos, quien a pesar de haber sido capturado en flagrancia por el asesinato de su esposa, Viviam Urrego, estuvo a punto de lograr una rebaja de pena de la mitad gracias a un polémico preacuerdo con la Fiscalía.
Urrego fue asesinada a puñaladas el 31 de marzo en el centro comercial Gran Estación, de Bogotá, frente a decenas de testigos y cámaras de seguridad.
No obstante la solidez del caso, la Fiscalía negoció con el homicida, quien fue detenido de inmediato y no aceptó cargos, una rebaja de penas del 47%, que finalmente se cayó por la condena de la opinión pública y los medios.
La Corte, al revisar la situación de un hombre capturado en Medellín con casi un kilo de marihuana listo para su venta, dejó en claro que en ningún caso los capturados en flagrancia recibirán por confesión una rebaja mayor a la octava parte de la condena (12,5 por ciento), y que a medida que avance el caso el beneficio será menor.
De esa forma, la reducción que en adelante deberán aplicar los jueces por confesión en el momento de la imputación de cargos será del 12,5 por ciento de la pena. Pero si la aceptación de cargos se da en la audiencia preparatoria, la rebaja será del 8,3 por ciento.
Y si se produce en el juicio, el beneficio solo será del 4,16 por ciento.
"No es lo mismo haber sido capturado en flagrancia que ser ajeno a tal situación (...) de ahí que no resultaría equilibrado otorgar el mismo beneficio punitivo si el allanamiento a cargos o el acuerdo lo realiza un imputado descubierto en flagrante delito que cuando la aceptación de culpabilidad tiene lugar sin que exista una situación de tanto compromiso probatorio", dice la Corte.
El alto tribunal también le advirtió a la Fiscalía que, si bien debe utilizar los acuerdos judiciales para evitar el desgaste innecesario del aparato judicial, estos no "pueden desconocer los principios de justicia, ni los derechos de las víctimas y los terceros afectados".
En el fallo, la Sala Penal de la Corte advirtió al Congreso que debe cuidarse de aprobar reformas que terminen en "absurdos" jurídicos.
El "absurdo" del que hablan los magistrados se presentó, en este caso, porque aunque la ley rebajó el beneficio que obtenían los capturados en flagrancia de la mitad de la pena a un cuarto de esta en casos de confesión, dejó abierta la puerta para que recibieran un beneficio mayor (la tercera parte de la condena) si negocian con la justicia en la etapa del juicio.
Ese fue el caso del jíbaro analizado por la Corte Suprema. El juez de Medellín le fijó una pena de tres años y medio, excarcelable, que la Corte tumbó y dejó en 58 meses.
Los magistrados advierten además que para obtener los beneficios, no se requiere solo reconocer la responsabilidad del delito, sino colaborar eficazmente con la justicia
(Publicado por El Tiempo - Colombia, 24 julio 2012)
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