Ley

Chile: Congreso despacha proyecto que sanciona y establece penas en contra del acoso laboral

Norma establece que el afectado debe denunciar el acoso ante la Dirección del Trabajo, entidad que una vez constatado el hecho debe convocar a una mediación.

martes, 10 de julho de 2012


Ley

Chile: Congreso despacha proyecto que sanciona y establece penas en contra del acoso laboral

Después de casi una década de trámite legislativo, el proyecto que tipifica y sanciona el acoso laboral se convertirá en ley tras un amplio respaldo de la Cámara de Diputados a los cambios realizados por el Senado.

En lo medular, el texto tipifica el acoso en el lugar de trabajo -similar al bullyng en el colegio- y fija sanciones que van desde el pago de la indemnización por años de servicio a multas de entre 10 y 50 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) -unos $ 2 millones.

"Esta ley es un instrumento importante para ir construyendo una cultura en la que actitudes de maltrato, tanto de los jefes, del dueño de la empresa o de los compañeros de trabajo, no pueden ser toleradas", indicó la diputada Adriana Muñoz (PPD) que junto a Ximena Vidal (PPD), Fidel Espinoza (PS) y Enrique Jaramillo (PPD) presentaron este proyecto el 4 de marzo de 2003.

La parlamentaria valoró la disposición de la actual ministra del Trabajo, Evelyn Matthei, para calificar con urgencia esta iniciativa y permitir su despacho. "La verdad es que uno se topa muchas veces con que alguien cae en depresión o ve su dignidad terriblemente herida por un tratamiento bárbaro dentro de la empresa. Ello tiene que ver, por ejemplo, con cuando lo mandan a un rincón, sin silla, sin escritorio, sin pega. Eso es un menoscabo", manifestó la ministra.

Muñoz advierte que hay denuncias de suicidios por esta causa, lo que en otros países se ha denominado mobbing . La conducta debe ser reiterada en contra de una persona, no un malentendido de un minuto, aclara en todo caso la ministra.

El proyecto establece que el afectado debe denunciar el acoso a la Dirección del Trabajo. Si ésta constata el hecho debe convocar a una mediación. Si no hay acuerdo se interpondrá la denuncia en los Tribunales Laborales. Si la empresa no llevó a cabo las medidas para poner fin a la situación denunciada debe pagar una multa de hasta 50 UTM.

El trabajador puede decidir renunciar a la empresa si considera que la situación lo amerita y ésta debe pagarle la indemnización correspondiente a los años de servicio. Asimismo, se instaló como causal de despido, sin derecho a indemnización, el acoso a un compañero de trabajo.

"Esto es de toda justicia, si alguien trata mal a un compañero. Pero también se sancionará la denuncia sin fundamentos en aquellos casos que se desee causar daño a una persona acusándolo de acoso", indicó Matthei.

De acuerdo a los impulsores de esta iniciativa, esta norma se hará cargo de "un problema que es invisible", como cuando -por ejemplo- se mofan de un compañero de trabajo, se lo ridiculiza sea por el tipo de religión, color de piel, concepciones políticas, apariencia, nivel de educación, y una serie de situaciones que terminan convirtiéndose en violencia psicológica.

La segunda Encuesta Nacional de Calidad de Vida y Salud del Ministerio de Salud reveló que 9,4% de los hombres y 7,6% de las mujeres habían sido afectados por situaciones de maltrato laboral.

Autoria

Adriana Muñoz (PPD), Ximena Vidal (PPD), Fidel Espinoza (PS) y Enrique Jaramillo (PPD) presentaron esta iniciativa.

(Publicado por El Mercurio – Chile, 9 julio 2012)
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