Ley
Argentina: La Corte Suprema falló sobre un artículo clave de la Ley de Medios
La Corte Suprema de Justicia resolvió hoy por voto unánime destrabar un artículo clave de la Ley de Medios, aprobada en 2009 y que se encontraba en disputa entre el gobierno nacional y el Grupo Clarín. Se trata del artículo 161, que establece la obligatoriedad de desinvertir en un plazo máximo de un año, para aquellos grupos que superen los topes de la regulación.
Fuentes judiciales anticiparon a La Nación que la decisión fue adoptada con el voto concurrente de todos los jueces del máximo tribunal.
El artículo de la Ley de Medios dice textualmente: "Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición".
La decisión dispuso mantener la medida cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161, con un plazo de treinta y seis meses que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, en 2009. Es decir, la cautelar dejará de estar vigente el 7 de diciembre de 2012.
Pese al fallo que puso plazos para la aplicación del artículo 161, la Corte no se pronunció sobre el pedido de inconstitucionalidad de la ley de medios planteado por el Grupo Clarín.
El artículo
La Corte Suprema aceleró el proceso para que el Grupo Clarín venda algunos de sus canales, radios y señales de cable. Sin embargo, la aplicación de ese mecanismo de desinversión está subordinada al resultado de una demanda de fondo en la cual la empresa planteó la inconstitucionalidad de la ley de medios.
El alto tribunal resolvió que la medida cautelar que protege a aquel grupo contra la aplicación del artículo 161 de la ley 26.522, referido a la desinversión, vencerá en diciembre de 2012, y no en 2013, como había fijado un tribunal inferior.
El subsecretario general de la Presidencia, Gustavo López, calificó el fallo de "importantísimo", y el vicegobernador bonaerense, Gabriel Mariotto, se expresó en el mismo sentido: "Se vivirá una democracia comunicacional como jamás vimos".
El Grupo Clarín sostuvo que "la empresa espera que al vencimiento de la medida cautelar dicho juicio de fondo pueda estar concluido", pues "el Estado viene demorando de manera sistemática el avance" de ese trámite. Según el fallo de la Corte, la medida cautelar de tres años que protege al multimedios no vence en diciembre de 2013, como lo había dispuesto la Cámara Civil y Comercial Federal, sino el 7 de diciembre próximo.
"No puede dejarse en manos de la parte beneficiada por la cautelar el momento en que debe comenzar el cómputo de razonabilidad de su vigencia, porque se daría a especulaciones procesales (...) que afectan seriamente la seguridad jurídica", sostiene el fallo del máximo tribunal.
Además, niega que se vulnere la libertad de expresión. "En la causa no hay más que una mención al tema, ya que la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué modo resultaría afectada esa libertad", añade.
En la empresa descontaban que la Corte se pronunciaría en este sentido, pero sorprendió la oportunidad del fallo. En la Corte, una fuente confió a La Nacion que la decisión se aceleró la última semana, a instancias de Ricardo Lorenzetti y de Elena Highton, presidente y vicepresidenta del cuerpo, respectivamente.
Cuando se arribe a esa fecha surgirá una nueva discusión: si el Gobierno reclamara iniciar el proceso de venta de empresas a partir de ese día, el Grupo Clarín podría decir que sólo entonces comienza a correr el plazo de un año que fijó la ley. Si no fuera así, la empresa, que recurrió a la Justicia, estaría en peores condiciones que el resto de los grupos de medios, que no presentaron demandas y a los que el Gobierno no les aplica la ley.
En octubre de 2009, el Congreso dictó la ley 26.522, que dispuso que los grupos de medios no pueden acumular más que determinado número de licencias.
Dos meses después, el Grupo Clarín consiguió que el juez civil y comercial Edmundo Carbone dictara una cautelar y presentó una demanda contra la validez de la ley de medios. Comenzó, así, una batalla legal que aún está lejos de finalizar.
De la sentencia dictada por el alto tribunal surge que:
La decisión fue firmada por seis de los siete ministros (Carmen Argibay, internada, no firmó).
Como el Grupo Clarín sostuvo que obligarlo a vender sus licencias implica desconocer derechos adquiridos de la empresa a explotar esas radios y esos canales hasta el vencimiento de la licencia, la Corte concluyó que esta controversia jurídica es eminentemente patrimonial y no está en juego la libertad de expresión. Se trata de un argumento llamativo tratándose de empresas de medios.
La Cámara Civil y Comercial Federal había dictado una cautelar que duraría 36 meses, que ahora resultó, en la práctica, acortada.
El Gobierno pidió su revocatoria. La Corte confirmó la cautelar, pero resolvió que hay que computarla desde un año antes. Por esta vía elíptica, le dio la razón al Poder Ejecutivo y, en la práctica, abrevió la cautelar.
La justificación que dio la Corte fue que el Grupo Clarín se aprovechó de la vigencia de la cautelar que dictó el juez Carbone en 2009 y omitió darle traslado de la demanda de fondo al Estado durante un año.
En la empresa, en cambio, sostienen que fue el Estado el que trabó ese trámite con sucesivos recursos y apelaciones que presentó en febrero de 2010 y en mayo de 2010 y, además, se tomó el plazo máximo de 60 días para contestar la demanda.
Ante la posibilidad de que el Gobierno intente obstaculizar el trámite de la demanda de fondo, la Corte dijo que el juez de primera instancia "podrá revisar el plazo de vigencia de la cautelar" y extenderlo "en caso de que se verifiquen conductas procesales orientadas a obstaculizar el normal avance".
La Corte señala que la autoridad de aplicación "no se mostró demasiado apresurada en el proceso de implementación de la ley y prorrogó los plazos y suspendió las licitaciones, lo cual contradice en gran medida la afectación que dice sufrir".
Después del fallo, el Grupo Clarín señaló en un comunicado que la medida cautelar, cuyo plazo fijó ayer la Corte, "acompaña un juicio de fondo", en el cual se "plantea la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley de medios". Por eso, el Grupo Clarín afirmó que ese juicio "espera que pueda estar concluido" al vencimiento de la cautelar. De no ser así, señala, se podría pedir una extensión de la cautelar.
Las preguntas clave sobre la regulación del sistema audiovisual
¿Cuándo deberá desprenderse el Grupo Clarín de los medios para adecuarse a la nueva ley?
- De la acordada de la Corte Suprema conocida ayer se desprende que el 7 de diciembre de este año el Gobierno podrá obligarlo a vender para adecuarse a la norma. Sin embargo, algunos expertos sostienen que aún hay instancias de apelación que podrían postergar ese plazo.
¿Cómo afectará esta decisión al Grupo Clarín?
- De aplicarse lo dispuesto en la ley de medios, el Grupo Clarín deberá optar entre la distribución de TV (Cablevisión) y la producción de TV (Canal 13, TN, Volver). Pero aun si eligiera seguir en el cable, deberá reducir su cobertura a no más de 24 localidades. En principio, podría conservar su participación en radio.
¿Alguna empresa de medios audiovisuales transfirió alguna de sus licencias para adecuarse a la ley?
- No. Aunque hay muchos grupos de medios en situación irregular, con todos los plazos vencidos y sin otras medidas cautelares pendientes, ninguna empresa de medios audiovisuales transfirió sus licencias para adecuarse a lo dispuesto en la norma.
Cómo se encuadra en este contexto la venta de los medios del Grupo Hadad al empresario Cristóbal López?
- De acuerdo con la ley de servicios de comunicación audiovisual, las transferencias de licencias entre privados están prohibidas sin previo consentimiento de la autoridad federal. Por eso, esa venta violaría lo dispuesto en la nueva ley.
¿Qué otros cambios produjo la ley de medios audiovisuales?
- Hasta ahora, el Gobierno no avanzó en la aplicación de las innovaciones que introdujo la nueva norma. Por ejemplo, no se sabe cómo se irá despejando el espectro radioeléctrico para asegurar que un tercio sea destinado a emisoras sin fines de lucro. Tampoco se sabe cómo se financiarán esos medios.
¿Hay más temas pendientes?
- El Gobierno no difundió aún los resultados del censo de medios ni presentó el plan técnico que asegure la viabilidad de los nuevos canales y radios que vayan a crearse. Aún está pendiente de resolución el concurso para la entrega de cientos de licencias de TV abierta y no hubo novedades respecto de las FM de los pueblos originarios.
Otras al margen de la ley
Hay, por lo menos, una decena de grandes empresas de medios que incumplen varios artículos de la ley de medios audiovisuales y, aunque no tienen vigente protección judicial alguna, el gobierno de Cristina Kirchner no inició ningún expediente para obligarlas a ajustarse a la norma.
La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), encargada de aplicar la ley, ni siquiera intervino en las aparentes violaciones que se produjeron después de la sanción, como la venta a Raúl Moneta y Matías Garfunkel de un paquete de más de diez radios encabezado por la Rock&Pop, en 2010, y la más reciente transferencia de Radio 10, C5N y varias FM al empresario kirchnerista Cristóbal López.
En su momento, un funcionario de Afsca reconoció que el organismo no iba a exigir la adecuación hasta que no estuviera superada la judicialización de la norma. Si eso hubiera sido cierto y terminara cumpliéndose, comprar un canal de TV o una radio -transferencia que sólo está permitida si quien vende lo hace para adecuarse a la norma- nunca habrá sido tan barato, dadas la abundante oferta y las urgencias de los vendedores.
Mientras tanto, Telefónica (Telefe), la familia Pierri (Telecentro), la sociedad del ex ministro del Interior justicialista José Luis Manzano y Daniel Vila (Uno Medios), el tándem Moneta-Garfunkel (este último también controla emisoras en sociedad con Sergio Szpolski y alquila otra junto con Mario Pergolini), el grupo Ick de Santiago del Estero y el grupo español Prisa, entre otros, siguen sin ajustarse a los artículos 25 (incompatibilidad para prestadores de servicios públicos), 41 (intransferibilidad de licencias), 45 (topes a la concentración) y, por supuesto, el 161 (plazo de desinversión).
El grupo Telefe, cuyo accionista controlante es Telefónica de España, no supera la cantidad permitida de licencias: la ley fijó un tope de 10 para la TV abierta y, en el momento de sanción de la norma, esa empresa tenía exactamente ese número. Sin embargo, en su caso hay dos cuestiones de peso: la ley de medios prevé que las empresas titulares de licencias no pueden ser controladas por extranjeros y, además, prohíbe que operadores de "servicios, concesiones o permisos" públicos puedan tener medios audiovisuales. Telefónica de España es la dueña de Telefónica de Argentina y la telefonía fija es un servicio público.
El artículo que impide el ingreso de extranjeros es irrelevante porque cualquier empresa del exterior puede comprar un medio argentino siempre que lo haga desde una filial estadounidense, dada la vigencia de un acuerdo de reciprocidad de inversiones que la Argentina firmó en los años 90 con Estados Unidos. Telefónica, la también española Prisa (dueña de Radio Continental) y el mexicano Remigio González González (dueño de Canal 9), son tratados en el país como si fueran inversores estadounidenses.
El grupo Manzano-Vila supera ampliamente los topes de licencias de TV abierta y radio y también como cableoperador (especialmente en las provincias de Mendoza, San Juan, Santa Fe y Entre Ríos), y también es proveedor de servicios públicos porque en Mendoza controla la empresa de energía, entre otros negocios no vinculados con los medios (especialmente la concesión de áreas petroleras, condición que comparte con Cristóbal López).
Mientras a otros cableoperadores se les exige una licencia por cada localidad en la que prestan servicio, a Telecentro (del ex diputado justicialista Alberto Pierri) se le permitió expandirse en 19 partidos bonaerenses con una única licencia (cuando necesitaría una por cada municipio), además de conservar Canal 26, que legalmente es un canal de TV abierta (la ley impide a los dueños de cable tener a la vez TV abierta).
La sanción de la ley de medios dejó en una situación legal precaria a la mayor parte del sistema mediático. Por eso, esta enumeración podría continuar extensamente y abarcar también muchos otros artículos de la norma, cuya aplicación ha sido hasta ahora objetivamente discrecional
(Publicado por La Tercera – Chile, 23 mayo 2012)
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